RESOLUCIÓN 20 2024 MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Síntesis:
SUSTITUYE ANEXO II - ANEXO III - RESOLUCIÓN CONJUNTA 13-MJGGC/23 - SUPLEMENTO POR FUNCIÓN EJECUTIVA - NIVEL CORRESPONDIENTE - MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Publicación:
21/11/2024
Sanción:
15/11/2024
Organismo:
MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
VISTO: La Ley 6.684, los Decretos 387/23 y modificatorios y 392/23, la Resolución de
Firma Conjunta 13-MJGGC/23 y modificatorias, y el Expediente Electrónico 43047860-
GCABA-DGDSCIV/24, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley 6.684, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto 387/23 y modificatorios, se aprobó la estructura orgánico funcional
del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciéndose las
responsabilidades primarias de cada una de las unidades de organización y se fijaron
las remuneraciones de las autoridades superiores del Poder Ejecutivo de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que el Decreto 392/23 estableció los parámetros para la asignación de los niveles de
criticidad de las áreas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, creando
el "Suplemento por Responsabilidad en el Cargo" y el "Suplemento por Función
Ejecutiva";
Que, además el mencionado Decreto, establece en su Anexo I los niveles de criticidad
para Subsecretarios/as y Directores/as Generales;
Que mediante el artículo 6° del citado Decreto, se delegó en el Ministro de Hacienda y
Finanzas y en el Jefe de Gabinete de Ministros, la facultad de determinar
conjuntamente aquellos cargos que percibirán el "Suplemento por Función Ejecutiva" y
su correspondiente nivel;
Que mediante la Resolución de firma Conjunta 13-MJGGC/23 y sus modificatorias,
suscriptas entre el Ministerio de Hacienda y Finanzas y la Jefatura de Gabinete de
Ministros, se determinaron las Subsecretarías que percibirán el "Suplemento por
Función Ejecutiva" y el nivel correspondiente, las Direcciones Generales que
percibirían el "Suplemento por Función Ejecutiva" y el nivel correspondiente, como así
también las Direcciones Generales correspondientes al nivel III;
Que teniendo en cuenta las nuevas modificaciones de estructura y que la actual
administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene por
objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la eficacia
de su gestión, corresponde modificar la nómina de Direcciones Generales
correspondientes al nivel I y III;
Que conforme lo expuesto es menester sustituir los Anexo II (IF-2024-08930293-
GCABA-DGDSCIV) y Anexo III (IF-2024-38127634-GCABA-DGDSCIV) detallados en
los artículos 3° y 4° de la Resolución Conjunta N° 13-MJGGC/23, por los Anexos II IF-
2024-43049604-GCABA-DGDSCIV y Anexo III IF-2024-43049889-GCABA-DGDSCIV,
a fin de readecuarla a la nueva estructura orgánico funcional del Gobierno de la
Ciudad de Buenos Aires;
Que en virtud de lo expuesto, corresponde el dictado del acto administrativo
pertinente.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 6° del Decreto 392/23,
Artículo 1°.- Sustituir, a partir del 1° de noviembre de 2024, el Anexo II identificado
como IF-2024-08930293-GCABA-DGDSCIV del artículo 3° de la Resolución Conjunta
13-MJGGC/23 y modificatorias por el Anexo II identificado como IF-2024-43049604-
GCABA-DGDSCIV, que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Sustituir, a partir del 1° de noviembre de 2024, el Anexo III identificado
como IF-2024-38127634-GCABA-DGDSCIV del artículo 4° de la Resolución Conjunta
13-MJGGC/23 y modificatorias por el Anexo III identificado como IF-2024-43049889-
GCABA-DGDSCIV, que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente.
Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a
la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones Generales
Desarrollo del Servicio Civil, Administración y Liquidación de Haberes y Oficina de
Gestión Pública y Presupuesto, todas dependientes del Ministerio de Hacienda y
Finanzas. Pase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio
de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archivar. Arengo Piragine - Grindetti