RESOLUCIÓN 8895 2024 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
INSTRUMENTA - ACTA DE NEGOCIACIÓN PARITARIA SECTORIAL - MÉDICOS MUNICIPALES N° 12/2024 - SUSCRIPTA ENTRE LOS REPRESENTANTES DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - LA ASOCIACIÓN DE MÉDICOS MUNICIPALES DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - Y LA FEDERACIÓN DE PROFESIONALES DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - INCREMENTO REMUNERATIVO - MESES DE OCTUBRE NOVIEMBRE Y DICIEMBRE
Publicación:
28/11/2024
Sanción:
25/11/2024
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
VISTO: La Ley N° 471, el Decreto N° 465/04, el Acta de Negociación Paritaria
Sectorial -Médicos Municipales N° 12/2024, el Expediente Electrónico N° 2024-
43434250-GCABA-DGTALMHF y;
CONSIDERANDO:
Que, con fecha 15 de octubre de 2024, se celebró el Acta de Negociación Paritaria
Sectorial -Médicos Municipales N° 12/2024, en el marco del Título II de la Ley N° 471
de Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, suscripta entre los representantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, la Asociación de Médicos Municipales de la Ciudad de Buenos Aires
y la Federación de Profesionales de la Ciudad de Buenos Aires;
Que, mediante la misma, las partes acordaron otorgar a los/as profesionales
comprendidos/as en la Carrera Profesional Hospitalaria y en el Régimen de
Residencias, un incremento remunerativo para los meses de octubre, noviembre y
diciembre, tomando como base los haberes del mes de junio de 2024, según el
siguiente esquema: 5% a partir del 1 de octubre de 2024, 3% a partir del 1 de
noviembre de 2024 y 3% a partir del 1 de diciembre de 2024;
Que, asimismo, acordaron continuar abonando la suma fija otorgada en el punto
TERCERO del Acta Paritaria de Negociación Sectorial N° 2/2024, para los meses de
octubre, noviembre y diciembre de 2024, siendo la misma de pesos sesenta mil
($ 60.000);
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 94 de la Ley N° 471 (texto
consolidado por Ley N° 6588), los acuerdos arribados en el ámbito de la Negociación
Colectiva, regulada por el Título II de la misma, deben ser instrumentados mediante el
acto administrativo respectivo;
Que, por lo expuesto, corresponde emitir el pertinente acto administrativo por el cual
se instrumente el Acta de Negociación Paritaria Sectorial -Médicos Municipales N°
12/2024.
Por ello, en orden a las facultades delegadas por el Decreto N° 465/04,
Artículo 1°.- Instrumentar el Acta de Negociación Paritaria Sectorial -Médicos
Municipales N° 12/2024, suscripta el día 15 de octubre de 2024 entre los
representantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Asociación
de Médicos Municipales de la Ciudad de Buenos Aires y la Federación de
Profesionales de la Ciudad de Buenos Aires, la que como Anexo (IF-2024-43435271-
GCABA-DGTALMHF) forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Publíquese. Comuníquese a la Asociación de Médicos Municipales de la
Ciudad de Buenos Aires y a la Federación de Profesionales de la Ciudad de Buenos
Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Subsecretaria de Gestión de
Recursos Humanos, a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto
y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese. Arengo Piragine