DECRETO 370 2024
Síntesis:
DESIGNA DIRECTORA GENERAL - MARÍA DE LOS ÁNGELES FAVA - DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO DE INFANCIAS Y ADOLESCENCIAS - SUBSECRETARÍA DE FORTALECIMIENTO PERSONAL FAMILIAR Y COMUNITARIO - MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HÁBITAT
Publicación:
02/12/2024
Sanción:
29/11/2024
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley 6.684, los Decretos 387/23 y sus modificatorios, el Expediente
43849726-GCABA-DGTALMDHYHGC/24, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley 6.684 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo
al Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat;
Que, por Decreto 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico
funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
hasta el nivel de Dirección General;
Que, en consecuencia, el Ministro de Desarrollo Humano y Hábitat propicia la
designación, a partir del 1° de noviembre de 2024, de María de los Ángeles Fava, DNI
34.454.856, CUIL 27-34454856-6, como Directora General de la Dirección General de
Desarrollo de Infancias y Adolescencias, dependiente de la Subsecretaría de
Fortalecimiento Personal, Familiar y Comunitario del mencionado Ministerio;
Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de
la constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Designar, a partir del 1° de noviembre de 2024, a María de los Ángeles
Fava, DNI 34.454.856, CUIL 27-34454856-6, como Directora General de la Dirección
General de Desarrollo de Infancias y Adolescencias, dependiente de la Subsecretaría
de Fortalecimiento Personal, Familiar y Comunitario del Ministerio de Desarrollo
Humano y Hábitat.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el Ministro de Desarrollo Humano y
Hábitat, y por el Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notificar a la
interesada dejando constancia que deberá dar cumplimiento a lo establecido en el
artículo 14 de la Ley 6.357 (texto consolidado según Ley 6.588). Comunicar a la
Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a la Dirección General Oficina de
Gestión Pública y Presupuesto, a la Dirección General Administración y Liquidación de
Haberes, todas dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y a la Oficina de
Integridad Pública, y para su conocimiento y demás efectos remitir a la Dirección
General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat.
Cumplido, archivar. MACRI - Mraida - Grindetti