DECRETO 373 2024

Síntesis:

APRUEBA - PLIEGOS - LICITACIÓN PÚBLICA DE ETAPA ÚNICA N° 401-1949-LPU24 - CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE PROVISIÓN RETIRO LAVADO SECADO Y PLANCHADO DE ROPA DE CAMA Y DE ROPA HOSPITALARIA - DISTRIBUCIÓN - ESTABLECIMIENTOS - MINISTERIO DE SALUD - HOSPITALES

Publicación:

06/12/2024

Sanción:

05/12/2024

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: Las Leyes Nro. 1.218, 2.095 (textos consolidados por Ley N° 6.588) y 6.684, el

Decreto Reglamentario N° 129/23, la Disposición N° 333-DGCYC/23, el Expediente

Electrónico N° EX-2024-40871790-GCABA-DGACSA, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente Electrónico citado en el Visto tramita la Licitación Pública de

Etapa Única N° 401-1949-LPU24 para la contratación del "Servicio de provisión, retiro,

lavado, secado y planchado, de ropa de cama y de ropa hospitalaria, con su

correspondiente distribución en establecimientos dependientes del Ministerio de Salud

del Gobierno del Ciudad Autónoma de Buenos Aires", bajo la modalidad de Orden de

Compra Abierta y con precio máximo, en un todo de acuerdo con lo establecido en el

artículo 32, primera parte del artículo 33 y los artículos 41 y 44 de la Ley N° 2.095

(Texto consolidado Ley N° 6.588), y el Decreto Reglamentario N° 129-GCABA/23, por

un plazo de veinticuatro (24) meses ininterrumpidos, cuyo presupuesto oficial asciende

a la suma de PESOS VEINTINUEVE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y DOS

MILLONES NOVENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA

($ 29.372.098.250,00);

Que la Ley N° 2.095 establece las normas básicas para los procesos de compras y

contrataciones de bienes y servicios llevados a cabo por el Sector Público de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que mediante el Decreto N° 129/23 se aprobó la reglamentación de la citada Ley

Compras y Contrataciones de la Ciudad de Buenos Aires N° 2.095 y se fijaron los

niveles de decisión y cuadro de competencias conforme se detalla en sus Anexos II,

III, IV, V y VI;

Que por Disposición N° 333/DGCYC/23 la Dirección General de Compras y

Contrataciones, en su carácter de Órgano Rector del Sistema de Compras y

Contrataciones, y de acuerdo con las facultades otorgadas por el artículo 19, inciso j)

de la Ley N° 2.095, aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales;

Que conforme el artículo 21 de la Ley N° 6.684 de Ministerios corresponde al

Ministerio de Salud asistir al Jefe de Gobierno en lo inherente a sus competencias,

entre las que se encuentran diseñar, planificar, ejecutar y controlar las políticas, planes

y programas de promoción, prevención, recuperación y rehabilitación de la salud de la

población, en el marco del Sistema Único e Integrado de Salud;

Que el proceso licitatorio que se propicia se fundamenta en la necesidad de garantizar

el servicio de provisión, retiro, lavado, secado y planchado, de ropa de cama y de ropa

hospitalaria, con su correspondiente distribución en establecimientos dependientes del

Ministerio de Salud del Gobierno del Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que a tenor de lo expuesto y fin de lograr una mayor celeridad y eficiencia, resulta

conveniente aprobar los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, con sus

correspondientes anexos, y el Pliego de Especificaciones Técnicas que regirán la

presente contratación, como, asimismo, autorizar al titular del Ministerio de Salud a

realizar el pertinente llamado a Licitación Pública y a emitir el acto administrativo por el

cual se adjudica el servicio que se propicia, y aquel por el que se ordene la rescisión

del/los contrato/s, en caso de corresponder;

Que asimismo a los mismos fines mencionados, resulta pertinente delegar en la

Subsecretaría de Administración del Sistema de Salud del Ministerio de Salud, la

facultad de designar a los miembros de la Comisión de Evaluación de Ofertas, emitir

circulares, con y sin consulta, sobre la documentación licitatoria, dictar todos los actos

administrativos necesarios para materializar la contratación y como así también, la

facultad de suscripción del pertinente contrato, ejecución del servicio hasta su

finalización, ampliación y/o disminución del total adjudicado, las posibles prórrogas y

continuidades del servicio y las modificaciones contractuales que puedan suscitarse a

lo largo de la ejecución contractual, incluyendo y la aplicación de penalidades en caso

de corresponder;

Que han tomado la intervención de su competencia la Gerencia Operativa de Asuntos

Legales de Seguros y la Gerencia Operativa de Registros de la Dirección General de

Compras y Contrataciones, y la Dirección General de Redeterminación de Precios,

todas dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que se ha dado intervención a la Dirección General Compras y Contrataciones del

Ministerio de Hacienda y Finanzas, en su carácter de Órgano Rector del Sistema de

Compras y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención

que le compete de acuerdo a las facultades asignadas por la Ley N° 1.218 (Texto

consolidado por Ley N° 6.588);

Que por lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, en virtud de lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los artículos

102 y 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1.- Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares (PLIEG-2024-

45145849-GCABA-DGACSA) y sus Anexos "A" (IF-2024-43017972-GCABA-DGACSA,

"B" (IF-2024-43022514-GCABA-DGACSA), "C" (IF-2024-43022951-GCABA-

DGACSA), "D" (IF-2024-45123787-GCABA-DGACSA), "E" (IF-2024-43024574-

GCABA-DGACSA), "F" (IF-2024-43025346-GCABA-DGACSA), "G" y "H" (IF-2024-

43026548-GCABA-DGACSA) y el Pliego de Especificaciones Técnicas (PLIEG-2024-

43040492-GCABA-DGRFISS) y su Anexo "I" (IF-2024-43008470-GCABA-DGRFISS),

los que a todos sus efectos forman parte integrante del presente Decreto y regirán la

Licitación Pública de Etapa Única N° 401-1949-LPU24, para la contratación del

"Servicio de provisión, retiro, lavado, secado y planchado, de ropa de cama y de ropa

hospitalaria, con su correspondiente distribución en establecimientos dependientes del

Ministerio de Salud del Gobierno del Ciudad Autónoma de Buenos Aires", por un plazo

de veinticuatro (24) meses ininterrumpidos, cuyo presupuesto oficial asciende a la

suma de PESOS VEINTINUEVE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y DOS MILLONES

NOVENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA ($ 29.372.098.250,00), al

amparo de lo establecido en el artículo 32, primera parte del artículo 33 y artículos 40,

41 y 44 de la Ley N° 2.095.

Artículo 2.- Delegar en el señor Ministro de Salud la facultad de realizar el pertinente

llamado a Licitación Pública, conforme el Pliego y los Anexos aprobados en el artículo

1° del presente Decreto, y a emitir el acto administrativo para adjudicar el servicio que

se propicia, y aquel por el que se ordene la rescisión del/los contrato/s, en caso de

corresponder.

Artículo 3.- Delegar en la Subsecretaría de Administración del Sistema de Salud del

Ministerio de Salud, la facultad de emitir circulares, con y sin consulta, sobre la

documentación licitatoria y de dictar todos los actos administrativos necesarios para

materializar la contratación, como así también, la designación de los miembros de la

Comisión de Evaluación de Ofertas, la suscripción del pertinente contrato, la ejecución

del servicio hasta su finalización, la ampliación y/o disminución del total adjudicado, las

posibles prórrogas y continuidades, las modificaciones contractuales que puedan

suscitarse a lo largo de la ejecución contractual, incluyendo la aplicación de

penalidades, en caso de corresponder.

Artículo 4°. - El presente Decreto es refrendado por el Ministro de Salud y por el Jefe

de Gabinete de Ministros.

Artículo 5°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el Portal

Buenos Aires Compras (www.buenosairescompras.gob.ar). Comunicar a la Dirección

General de Adquisiciones y Contrataciones de Salud dependiente de la Subsecretaría

de Administración del Sistema de Salud del Ministerio de Salud, y remitir a la

Subsecretaría de Administración del Sistema de Salud del Ministerio de Salud para la

prosecución de su trámite. Cumplido, archivar. MACRI - González Bernaldo de

Quirós - Grindetti


ANEXOS


Anexo - PE-DEC-AJG-AJG-373-24-ANX.pdf

Anexo - PE-DEC-AJG-AJG-373-24-ANX-1.pdf

Anexo - PE-DEC-AJG-AJG-373-24-ANX-2.pdf

Anexo - PE-DEC-AJG-AJG-373-24-ANX-3.pdf

Anexo - PE-DEC-AJG-AJG-373-24-ANX-4.pdf

Anexo - PE-DEC-AJG-AJG-373-24-ANX-5.pdf

Anexo - PE-DEC-AJG-AJG-373-24-ANX-6.pdf

Anexo - PE-DEC-AJG-AJG-373-24-ANX-7.pdf

Anexo - PE-DEC-AJG-AJG-373-24-ANX-8.pdf

Anexo - PE-DEC-AJG-AJG-373-24-ANX-9.pdf