DECRETO 373 2024
Síntesis:
APRUEBA - PLIEGOS - LICITACIÓN PÚBLICA DE ETAPA ÚNICA N° 401-1949-LPU24 - CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE PROVISIÓN RETIRO LAVADO SECADO Y PLANCHADO DE ROPA DE CAMA Y DE ROPA HOSPITALARIA - DISTRIBUCIÓN - ESTABLECIMIENTOS - MINISTERIO DE SALUD - HOSPITALES
Publicación:
06/12/2024
Sanción:
05/12/2024
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: Las Leyes Nro. 1.218, 2.095 (textos consolidados por Ley N° 6.588) y 6.684, el
Decreto Reglamentario N° 129/23, la Disposición N° 333-DGCYC/23, el Expediente
Electrónico N° EX-2024-40871790-GCABA-DGACSA, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente Electrónico citado en el Visto tramita la Licitación Pública de
Etapa Única N° 401-1949-LPU24 para la contratación del "Servicio de provisión, retiro,
lavado, secado y planchado, de ropa de cama y de ropa hospitalaria, con su
correspondiente distribución en establecimientos dependientes del Ministerio de Salud
del Gobierno del Ciudad Autónoma de Buenos Aires", bajo la modalidad de Orden de
Compra Abierta y con precio máximo, en un todo de acuerdo con lo establecido en el
artículo 32, primera parte del artículo 33 y los artículos 41 y 44 de la Ley N° 2.095
(Texto consolidado Ley N° 6.588), y el Decreto Reglamentario N° 129-GCABA/23, por
un plazo de veinticuatro (24) meses ininterrumpidos, cuyo presupuesto oficial asciende
a la suma de PESOS VEINTINUEVE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y DOS
MILLONES NOVENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA
($ 29.372.098.250,00);
Que la Ley N° 2.095 establece las normas básicas para los procesos de compras y
contrataciones de bienes y servicios llevados a cabo por el Sector Público de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante el Decreto N° 129/23 se aprobó la reglamentación de la citada Ley
Compras y Contrataciones de la Ciudad de Buenos Aires N° 2.095 y se fijaron los
niveles de decisión y cuadro de competencias conforme se detalla en sus Anexos II,
III, IV, V y VI;
Que por Disposición N° 333/DGCYC/23 la Dirección General de Compras y
Contrataciones, en su carácter de Órgano Rector del Sistema de Compras y
Contrataciones, y de acuerdo con las facultades otorgadas por el artículo 19, inciso j)
de la Ley N° 2.095, aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales;
Que conforme el artículo 21 de la Ley N° 6.684 de Ministerios corresponde al
Ministerio de Salud asistir al Jefe de Gobierno en lo inherente a sus competencias,
entre las que se encuentran diseñar, planificar, ejecutar y controlar las políticas, planes
y programas de promoción, prevención, recuperación y rehabilitación de la salud de la
población, en el marco del Sistema Único e Integrado de Salud;
Que el proceso licitatorio que se propicia se fundamenta en la necesidad de garantizar
el servicio de provisión, retiro, lavado, secado y planchado, de ropa de cama y de ropa
hospitalaria, con su correspondiente distribución en establecimientos dependientes del
Ministerio de Salud del Gobierno del Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que a tenor de lo expuesto y fin de lograr una mayor celeridad y eficiencia, resulta
conveniente aprobar los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, con sus
correspondientes anexos, y el Pliego de Especificaciones Técnicas que regirán la
presente contratación, como, asimismo, autorizar al titular del Ministerio de Salud a
realizar el pertinente llamado a Licitación Pública y a emitir el acto administrativo por el
cual se adjudica el servicio que se propicia, y aquel por el que se ordene la rescisión
del/los contrato/s, en caso de corresponder;
Que asimismo a los mismos fines mencionados, resulta pertinente delegar en la
Subsecretaría de Administración del Sistema de Salud del Ministerio de Salud, la
facultad de designar a los miembros de la Comisión de Evaluación de Ofertas, emitir
circulares, con y sin consulta, sobre la documentación licitatoria, dictar todos los actos
administrativos necesarios para materializar la contratación y como así también, la
facultad de suscripción del pertinente contrato, ejecución del servicio hasta su
finalización, ampliación y/o disminución del total adjudicado, las posibles prórrogas y
continuidades del servicio y las modificaciones contractuales que puedan suscitarse a
lo largo de la ejecución contractual, incluyendo y la aplicación de penalidades en caso
de corresponder;
Que han tomado la intervención de su competencia la Gerencia Operativa de Asuntos
Legales de Seguros y la Gerencia Operativa de Registros de la Dirección General de
Compras y Contrataciones, y la Dirección General de Redeterminación de Precios,
todas dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que se ha dado intervención a la Dirección General Compras y Contrataciones del
Ministerio de Hacienda y Finanzas, en su carácter de Órgano Rector del Sistema de
Compras y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención
que le compete de acuerdo a las facultades asignadas por la Ley N° 1.218 (Texto
consolidado por Ley N° 6.588);
Que por lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, en virtud de lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los artículos
102 y 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,
Artículo 1.- Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares (PLIEG-2024-
45145849-GCABA-DGACSA) y sus Anexos "A" (IF-2024-43017972-GCABA-DGACSA,
"B" (IF-2024-43022514-GCABA-DGACSA), "C" (IF-2024-43022951-GCABA-
DGACSA), "D" (IF-2024-45123787-GCABA-DGACSA), "E" (IF-2024-43024574-
GCABA-DGACSA), "F" (IF-2024-43025346-GCABA-DGACSA), "G" y "H" (IF-2024-
43026548-GCABA-DGACSA) y el Pliego de Especificaciones Técnicas (PLIEG-2024-
43040492-GCABA-DGRFISS) y su Anexo "I" (IF-2024-43008470-GCABA-DGRFISS),
los que a todos sus efectos forman parte integrante del presente Decreto y regirán la
Licitación Pública de Etapa Única N° 401-1949-LPU24, para la contratación del
"Servicio de provisión, retiro, lavado, secado y planchado, de ropa de cama y de ropa
hospitalaria, con su correspondiente distribución en establecimientos dependientes del
Ministerio de Salud del Gobierno del Ciudad Autónoma de Buenos Aires", por un plazo
de veinticuatro (24) meses ininterrumpidos, cuyo presupuesto oficial asciende a la
suma de PESOS VEINTINUEVE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y DOS MILLONES
NOVENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA ($ 29.372.098.250,00), al
amparo de lo establecido en el artículo 32, primera parte del artículo 33 y artículos 40,
41 y 44 de la Ley N° 2.095.
Artículo 2.- Delegar en el señor Ministro de Salud la facultad de realizar el pertinente
llamado a Licitación Pública, conforme el Pliego y los Anexos aprobados en el artículo
1° del presente Decreto, y a emitir el acto administrativo para adjudicar el servicio que
se propicia, y aquel por el que se ordene la rescisión del/los contrato/s, en caso de
corresponder.
Artículo 3.- Delegar en la Subsecretaría de Administración del Sistema de Salud del
Ministerio de Salud, la facultad de emitir circulares, con y sin consulta, sobre la
documentación licitatoria y de dictar todos los actos administrativos necesarios para
materializar la contratación, como así también, la designación de los miembros de la
Comisión de Evaluación de Ofertas, la suscripción del pertinente contrato, la ejecución
del servicio hasta su finalización, la ampliación y/o disminución del total adjudicado, las
posibles prórrogas y continuidades, las modificaciones contractuales que puedan
suscitarse a lo largo de la ejecución contractual, incluyendo la aplicación de
penalidades, en caso de corresponder.
Artículo 4°. - El presente Decreto es refrendado por el Ministro de Salud y por el Jefe
de Gabinete de Ministros.
Artículo 5°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el Portal
Buenos Aires Compras (www.buenosairescompras.gob.ar). Comunicar a la Dirección
General de Adquisiciones y Contrataciones de Salud dependiente de la Subsecretaría
de Administración del Sistema de Salud del Ministerio de Salud, y remitir a la
Subsecretaría de Administración del Sistema de Salud del Ministerio de Salud para la
prosecución de su trámite. Cumplido, archivar. MACRI - González Bernaldo de
Quirós - Grindetti
ANEXOS
Anexo - PE-DEC-AJG-AJG-373-24-ANX.pdf
Anexo - PE-DEC-AJG-AJG-373-24-ANX-1.pdf
Anexo - PE-DEC-AJG-AJG-373-24-ANX-2.pdf
Anexo - PE-DEC-AJG-AJG-373-24-ANX-3.pdf
Anexo - PE-DEC-AJG-AJG-373-24-ANX-4.pdf
Anexo - PE-DEC-AJG-AJG-373-24-ANX-5.pdf
Anexo - PE-DEC-AJG-AJG-373-24-ANX-6.pdf
Anexo - PE-DEC-AJG-AJG-373-24-ANX-7.pdf
Anexo - PE-DEC-AJG-AJG-373-24-ANX-8.pdf
Anexo - PE-DEC-AJG-AJG-373-24-ANX-9.pdf