RESOLUCIÓN 1618 2024 ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN

Síntesis:

APRUEBA PRECIOS - NUEVOS PRODUCTOS -  TIENDA DEL TEATRO COLÓN - DIRECCIÓN GENERAL Y ARTÍSTICA - ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON

Publicación:

26/12/2024

Sanción:

19/12/2024

Organismo:

ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN


VISTO: La Ley N° 2.855 (texto consolidado por la Ley 6.764) y su Decreto

reglamentario N° 1.342/08, las Resoluciones nros. 133/GCABA-SSHA/22,

1.203/GCABA-EATC/24, 1.427/GCABA-EATC/24 y el Expediente Electrónico N° EX-

2024-26605920-GCABA-DGTALEATC y,

CONSIDERANDO:

Que por las presentes actuaciones tramita la aprobación de los nuevos productos que

se lanzarán a la venta, correspondientes a la Tienda del Teatro Colón, ubicada en

Tucumán 1171 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y los stands móviles con

dichos productos, en lugares a determinar por la Dirección Ejecutiva de este Ente

Autárquico;

Que tomó intervención la Gerencia Operativa Promoción Comercial y Financiera en el

marco de su competencia a través del Informe Técnico IF-2024-47650867-GCABA-

DGTALEATC, en el que indica "propiciar la lista de productos nuevos que regirán a la

venta desde el 19 de diciembre del corriente año de la Tienda del Teatro Colón";

Que en el mismo sentido, a través de IF-2024-47629016-GCABA-DGTALEATC indica

los valores de los nuevos productos que se incorporan a la venta de la Tienda del

Teatro Colón desde el 19 de diciembre del corriente año;

Que mediante la Ley 2.855 (texto consolidado por la Ley 6.764) se creó el Ente

Autárquico Teatro Colón en el ámbito del Ministerio de Cultura del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con personería jurídica propia, autonomía

funcional y autarquía financiera, con la organización y competencia establecidas en

esa Ley;

Que por el Decreto N° 1.342/08 se aprobó la reglamentación de la precitada Ley;

Que el artículo 2° de la citada Ley, dispone que es misión de este Ente "crear, formar,

representar, promover y divulgar el arte lírico, coreográfico, musical -sinfónico y de

cámara- y experimental, en su expresión de excelencia de acuerdo a su tradición

histórica, en el marco de las políticas culturales de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires";

Que el artículo 3° de la Ley establece entre las diferentes funciones en favor de este

Coliseo para procurar el cumplimiento de su misión, la de "...facilitar al conjunto de los

habitantes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme al artículo 32 de la

Constitución de la Ciudad, el acceso a las actividades artístico-culturales que

desarrolla" (inciso b) y la de " entender en la planificación, programación y ejecución

de actividades vinculadas al arte lírico, coreográfico, musical - sinfónico y de cámara -

y experimental" (inciso c);

Que el inciso I) del artículo 14 de la Ley 2.855 (texto consolidado por la Ley 6.764)

establece como función del Director/a General "Planificar y ejecutar las actividades

que correspondan para el desarrollo de los objetivos del Ente Autárquico Teatro Colón

y las actividades de los recursos humanos, físicos, económicos financieros y

patrimoniales";

Que el artículo 28 en su inciso f), dispone que entre los recursos propios del Ente

Autárquico del Teatro Colón "Los ingresos provenientes de contratos de

coproducciones, convenios de colaboración, arriendo de salas, alquiler de

producciones, comercialización de impresos, grabaciones, filmaciones, videos o

cualquier medio de reproducción o difusión, y contratos de publicidad";

Que a su vez, el Código Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires faculta al

Poder Ejecutivo para "establecer los precios de entrada a los complejos deportivos,

recreativos o similares y a los espectáculos, visitas guiadas y actividades especiales

que organice, incluidos los aranceles por los servicios complementarios que se presten

en los complejos, salas, locales o espacios donde aquellos se realicen" (cfr. Artículo

527 Capítulo II);

Que en el marco de estas consideraciones surge, pues, evidente que la autonomía

funcional y la autarquía financiera y la competencia en el grado y la materia asignada

por la Ley 2.855 (texto consolidado por la Ley 6.764), determinan que este Ente pueda

per se establecer el precio correspondiente de los productos que se venden en la

Tienda del Teatro Colón, en la Tienda Web y en los stands móviles;

Que a través de la NO-2022-38489156-GCABA-EATC, la Dirección General y Artística

solicitó a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal que arbitre los medios

necesarios para poner en funcionamiento una tienda con productos que representen al

Teatro Colón en el Pasaje de Carruajes de este Teatro, así como también stands

móviles con dichos productos en lugares a determinar por dicha Dirección General;

Que mediante Resolución N° 133-GCABA-SSHA/22, se aprobó la Licitación Pública N°

614-0102-LPU22 que tuvo por objeto la contratación de un servicio integral de

provisión de una plataforma informática para la emisión, gestión, venta de entradas,

merchandising, localidades de actividades y/o eventos con alquiler de equipos,

provisión de insumos y puestos de boletería para ser utilizado en todo el gobierno de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y se adjudicó a la firma ENTRADAUNO S.R.L.

(CUIT N° 33-71512515-9);

Que por Resolución N° 1.427/GCABA-EATC/24 se aprobaron los precios vigentes

desde el 01 de noviembre de 2024, correspondientes a los productos de la Tienda del

Teatro Colón, ubicada en Tucumán 1171 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y

los stands móviles con dichos productos, conforme los valores establecidos en el

Anexo I (IF-2024-40545148-GCABA-DGTALEATC), y a los nuevos productos de la

Tienda del Teatro Colón, conforme los valores establecidos en el Anexo II (IF-2024-

40546121-GCABA-DGTALEATC);

Que la Gerencia Operativa Promoción Comercial y Financiera, la Gerencia Operativa

Gestión Sectorial (OGESE) y la Coordinación General de Asuntos Legales todas

dependientes de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal han tomado

intervención en el marco de sus competencias.

Por ello, en uso de las facultades otorgadas por la Ley N° 2.855,

EL DIRECTOR GENERAL

DEL ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN

RESUELVE:

Artículo 1°.- Apruébanse los precios que regirán desde el 19 de diciembre de 2024,

correspondientes a los nuevos productos de la Tienda del Teatro Colón, ubicada en

Tucumán 1171 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y los stands móviles con

dichos productos, en lugares a determinar por la Dirección General y Artística de este

Ente Autárquico, conforme los valores establecidos en el Anexo I (IF-2024-47629016-

GCABA-DGTALEATC), el cual forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase

a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal para su comunicación a todas

las Direcciones Generales del Ente Autárquico Teatro Colón. Notifíquese a la firma

ENTRADAUNO S.R.L. Cumplido, archívese. Grieco Martínez


ANEXOS

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7026

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolucion 1618-EATC-24 aprueba los precios que regirán desde el 19 de diciembre de 2024,<br />correspondientes a los nuevos productos de la Tienda del Teatro Colón</p>
MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolucion 1618-EATC-24 aprueba los precios que regirán desde el 19 de diciembre de 2024,<br />correspondientes a los nuevos productos de la Tienda del Teatro Colón</p>