RESOLUCIÓN 6 2025 MINISTERIO DE SEGURIDAD
Síntesis:
DISPONE EL RETIRO OBLIGATORIO DE LA POLICÍA DE LA CIUDAD PABLO LUIS KISCH - JEFE DE LA POLICÍA DE LA CIUDAD - MINISTERIO DE SEGURIDAD
Publicación:
08/01/2025
Sanción:
06/01/2025
Organismo:
MINISTERIO DE SEGURIDAD
VISTO: La Ley N° 5.688 (texto consolidado Ley N° 6.764), los Decretos Nros. 399/17,
259/24 y 402/24, el Expediente Electrónico N° 48614296- GCABA-DGARHC/24, y
CONSIDERANDO:
Que, por el expediente citado en el Visto tramita el procedimiento de Retiro obligatorio
de la Policía de la Ciudad del Sr. Pablo Luis Kisch (D.N.I. N° 20.867.340), quien fuera
Jefe de la Policía de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta la fecha de la
aceptación de su renuncia por Decreto N° 402/24;
Que, la Ley N° 5.688 creó la Policía de la Ciudad, el Cuerpo de Bomberos de la
Ciudad y el Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires determinando las bases jurídicas e institucionales que rigen la relación de
empleo del personal de dichas Instituciones;
Que el artículo 218 de la mencionada Ley dispone que: "La relación de empleo del
personal con estado policial de la Policía de la Ciudad se extingue por las siguientes
causas (...) 3. Retiro";
Que, por su parte, el artículo 226 de la aludida norma, refiere que "El retiro es
definitivo, salvo en los casos de cesantía o exoneración posteriores (...)";
Que, por su parte, el artículo 227 de la mencionada Ley estipula que el retiro del
personal con estado policial es resuelto por el Ministro de Seguridad;
Que, asimismo, el artículo 230 del mismo plexo normativo establece que: "El retiro
obligatorio corresponde: (...) 3) Por motivos del cargo, a aquéllos que cesaren en los
cargos de Jefe y Subjefe de la Policía de la Ciudad, salvo este último si fuese
designado para reemplazar al titular (...)";
Que, sobre ello, el artículo 238, del cuerpo legal de mención reza que: "Al personal
que accede al retiro obligatorio le corresponde el siguiente haber de retiro: (...) 2) Al
comprendido en el inciso 3 del Artículo 230, el porcentaje máximo establecido en la
escala del Artículo 236, cualquiera sea el tiempo de servicios o el desempeño del
cargo de Jefe o Subjefe de la Policía de la Ciudad. (...)";
Que, vale indicar que, mediante Decreto N° 399/17, se aprobó la reglamentación
parcial de la Ley N° 5.688, y en el Anexo III del citado plexo normativo, entre los
Capítulos reglamentados, se encuentra el Capítulo XXII referido al "Retiro";
Que, mediante el Decreto N° 259/24 se designó al Sr. Pablo Luis Kisch como Jefe de
la Policía de la Ciudad de Buenos Aires;
Que, luego, por Decreto N° 402/24 fue aceptada la renuncia del Sr. Pablo Luis Kisch
como Jefe de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires, a partir del 24/12/2024;
Que, habiéndose evaluado las actuaciones de referencia surge que no existe óbice
legal para conseguir el beneficio que estipulado en el artículo 230 inciso 3) de la Ley
5.688;
Que, al respecto, la Dirección General Administración de Recursos Humanos y
Compensaciones, la Subsecretaría Capital Humano y la Dirección General Técnica,
Administrativa y Legal han tomado la debida intervención de sus competencias;
Que, finalmente, los Secretarios de Coordinación y de Seguridad otorgaron
conformidad a la continuidad del trámite;
Que en función de lo expuesto, dados los antecedentes obrantes en los actuados y las
intervenciones de las áreas con competencia en la materia, corresponde el dictado del
acto administrativo que dispone el retiro obligatorio de la Policía de la Ciudad del
causante.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 5.688,
Artículo 1°.- Disponer, a partir del 24/12/2024, el retiro obligatorio de la Policía de la
Ciudad del Sr. Pablo Luis Kisch (D.N.I. N° 20.867.340), conforme las previsiones del
artículo 230, inciso 3), en función del artículo 238 inciso 2) de la Ley N° 5.688 (texto
consolidado Ley N° 6.764).
Artículo 2°.- Notifíquese conforme las pautas establecidas en el Capítulo VI
Notificaciones de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia C N° 1510/97
(conforme texto consolidado por la Ley N° 6.764), consignando que no agota la vía
administrativa, y que puede interponerse recurso de reconsideración en el plazo de
diez (10) días hábiles, o recurso jerárquico en el plazo de quince (15) días hábiles
(conf. Artículos 107, 112 y ccs. de la Ley citada).
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a la Dirección General Contaduría, a la Dirección General Tesorería,
ambas del Ministerio de Hacienda y Finanzas, a la Secretaria de Seguridad, a la
Jefatura y Subjefatura de la Policía de la Ciudad, a la Secretaría de Coordinación, a la
Subsecretaría Capital Humano, y comuníquese y pase a la Dirección General
Administración de Recursos Humanos y Compensaciones para su conocimiento y
demás efectos. Cumplido, archívese. Wolff