RESOLUCIÓN 20 2025 MINISTERIO DE SEGURIDAD
Síntesis:
APRUEBA MODIFICACIÓN - ESTRUCTURA ORGÁNICA FUNCIONAL - ORGANIGRAMA - POLICÍA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - JEFATURA - SUBJEFATURA - SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD COMUNAL - SUPERINTENDENCIA DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE - SUPERINTENDENCIA DE OPERACIONES - SUPERINTENDENCIA DE ORDEN URBANO - SUPERINTENDENCIA DE INVESTIGACIONES - SUPERINTENDENCIA PACIFICACIÓN DE BARRIOS - SUPERINTENDENCIA DE POLICÍA CIENTÍFICA - SUPERINTENDENCIA LUCHA CONTRA EL CIBERCRIMEN - SUPERINTENDENCIA DE VIOLENCIA FAMILIAR Y DE GÉNERO - DIRECCIÓN AUTÓNOMA COORDINACIÓN Y ENLACE CON EL ISSP - DIRECCIÓN AUTÓNOMA PROTECCIÓN Y SEGURIDAD GUBERNAMENTAL - DIRECCIÓN AUTÓNOMA ALCAIDÍAS - DIRECCIÓN AUTÓNOMA ASUNTOS INTERNOS
Publicación:
14/01/2025
Sanción:
10/01/2025
Organismo:
MINISTERIO DE SEGURIDAD
VISTO: Las Leyes N° 5.688 (Texto consolidado según Ley N° 6.764) y 6.684, el
Decreto N°223/24, el Expediente Electrónico N° 03002487-GCABA-SJPCDAD/25, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto tramita el procedimiento que modifica la
estructura orgánica funcional de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires;
Que mediante la Ley N° 6.684, se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose en su artículo 2° al Ministerio de
Seguridad;
Que por su lado la Ley N° 5.688 creó el Sistema Integral de Seguridad Pública de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires determinando las bases jurídicas e institucionales
fundamentales del mismo;
Que el artículo 12 de la mentada Ley determina que el Ministerio de Seguridad es
responsable de la planificación estratégica de las políticas de seguridad pública y la
dirección superior de la Policía de la Ciudad, a través de las dependencias que
determine su estructura;
Que cabe señalar que el artículo 68 de la precitada Ley creó la Policía de la Ciudad de
Buenos Aires, que cumple con las funciones de seguridad general, prevención,
conjuración, investigación de los delitos, protección y resguardo de personas y bienes,
y de auxiliar de la Justicia;
Que, al respecto, el artículo 80 de la misma Ley dispone que el ámbito de actuación
territorial y la esfera de actuación funcional de las unidades operacionales de la Policía
de la Ciudad, así como su composición, dimensión y despliegue son establecidas por
el Ministerio de Seguridad, sobre la base de la descentralización territorial prevista en
la Ley N° 1.777;
Que resulta oportuno indicar que conforme lo previsto en el artículo 78 inciso 3) de
dicha Ley la Subjefatura de Policía de la Ciudad propone al Ministro de Seguridad la
estructura orgánica de las dependencias, organizando los servicios a través del
dictado de resoluciones internas;
Que, es dable aclarar, que se encuentra publicado en el Boletín Oficial la propuesta
para designar al Jefe de la Policía de la Ciudad conforme artículos 76 y 77 del citado
plexo normativo;
Que, por otra parte, mediante el Decreto N° 223/24 se aprobó la nueva estructura
organizativa, del Ministerio de Seguridad, contemplándose bajo su dependencia a la
Secretaría de Seguridad, que entre cuyas responsabilidades primarias contempla, las
de "Ejercer la dirección, coordinación y supervisión de la Policía de la Ciudad mediante
la planificación, formulación y ejecución de estrategias policiales de control de delito y
la violencia", como así también "Asistir al Ministro de Seguridad en el diseño logístico
del sistema de seguridad metropolitano, dirigiendo y coordinando junto con el Jefe
Policial, la actuación y las actividades generales y específicas de la Policía de la
Ciudad";
Que, sobre el particular, surge de las actuaciones de referencia que, la Subjefatura de
la Policía de la Ciudad propició la modificación de la estructura orgánica funcional de la
Policía de la Ciudad de Buenos Aires, destacando las necesidades que se suscitan
actualmente;
Que, en ese marco, el Secretario de Seguridad tomó debida intervención, otorgando
conformidad a la prosecución administrativa;
Que finalmente la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal ha tomado la
intervención de su competencia;
Que en función de lo expuesto, dados los antecedentes obrantes en los actuados y las
intervenciones de las áreas competentes, corresponde el dictado del acto
administrativo que modifique la estructura orgánica funcional de la Policía de la Ciudad
de Buenos Aires, acorde el Anexo que forma parte integrante de la presente
Resolución.
Por ello, en uso de las facultades conferidas en la Ley N° 5.688,
Artículo 1°.- Aprobar la modificación de la estructura orgánica funcional de la Policía de
la Ciudad de Buenos Aires, de acuerdo con el Anexo I (Organigrama), identificado
como IF-2025-02970182-GCABA-SJPCDAD, el que a todos sus efectos forma parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a la Secretaría de Seguridad, a la Jefatura y Subjefatura de Policía de la
Ciudad, a la Subsecretaría de Relaciones con la Comunidad y Atención a la Víctima, a
la Subsecretaría de Investigación y Estadística Criminal, a la Subsecretaría de
Seguridad Ciudadana y Orden Público, a la Subsecretaría de Emergencias, a la
Secretaría de Coordinación, a la Subsecretaría de Tecnología e Informática, a la
Subsecretaría de Gestión Administrativa, a la Subsecretaría de Capital Humano, a la
Dirección General Administración de Recursos Humanos y Compensaciones, y a la
Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Seguridad.
Cumplido, archívese. Wolff