DECRETO 47 2025

Síntesis:

DESIGNA - DIRECTOR GENERAL - CONSEJO DE PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO - ANTONIO AIMAR FRATAMICO

Publicación:

27/01/2025

Sanción:

24/01/2025

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: Las Leyes 310 y 6.684 (textos consolidados por Ley 6.764), los Decretos

387/23 y sus modificatorios, el Expediente 04235220-GCABA-AJG/25, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 310 crea el Consejo de Planeamiento Estratégico, el cual funcionará en el

ámbito del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como órgano

consultivo, responsable de elaborar y proponer Planes Estratégicos Consensuados;

Que el artículo 6° de la citada Ley establece que, el Consejo de Planeamiento

Estratégico estará compuesto por un Presidente, siendo este el Jefe de Gobierno, tres

Vicepresidentes, una Asamblea General, un Comité Ejecutivo, un Director General y

un Comité Asesor Académico;

Que, asimismo, la mencionada norma dispone que el Director General es designado

por el Presidente del Consejo, cuya remuneración será equivalente a la de un Director

General;

Que por la Ley 6.684 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que por Decreto 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico

funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel

de Dirección General;

Que, por lo expuesto, se propicia designar, a partir del 16 de enero de 2025, a Antonio

Aimar Fratamico, D.N.I. 33.260.954, C.U.I.L. 20-33260954-9, como Director General

del Consejo de Planeamiento Estratégico;

Que, conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Designar, a partir del 16 de enero de 2025, a Antonio Aimar Fratamico,

D.N.I. 33.260.954, C.U.I.L. 20-33260954-9, como Director General del Consejo de

Planeamiento Estratégico.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notificar al

interesado dejando constancia que deberá dar cumplimiento a lo establecido en el

artículo 14 de la Ley 6.357 (texto consolidado según Ley 6.764). Comunicar a la

Dirección General de Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y a la Subsecretaría

de Gestión de Recursos Humanos, ambas dependientes del Ministerio de Hacienda y

Finanzas, y a la Oficina de Integridad Pública, y para su conocimiento y demás

efectos, remitir al Consejo de Planeamiento Estratégico. Cumplido, archivar. MACRI -

Sánchez Zinny

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

CESADA POR
<p>Artículo 1° del Decreto 131/26 acepta, a partir del 31 de marzo de 2026, la renuncia presentada por Antonio Aimar Fratamico designado por Decreto 47/25.</p>