RESOLUCIÓN 304 2005 SECRETARIA JEFE DE GABINETE

Síntesis:

ASIGNA ESPACIOS DE PUBLICIDAD EN VÍA PÚBLICA PARA ALIANZAS Y/O PARTIDOS POLÍTICOS QUE OFICIALIZARON SUS CANDIDATURAS PARA LA ELECCIÓN DE LEGISLADORES DE LA CIUDAD

Publicación:

07/10/2005

Sanción:

04/10/2005

Organismo:

SECRETARIA JEFE DE GABINETE


Visto el Expediente N° 64.075/05, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 6° de la Ley N° 268 establece que el Gobierno de la Ciudad debe ofrecer a los partidos políticos, confederaciones, y alianzas que se presenten a la elección, espacios de publicidad en las pantallas de la vía pública que estén a su disposición;

Que los referidos espacios de publicidad no serán computables a los efectos de lo dispuesto en los artículos 8° y 9° de la Ley N° 268;

Que en ese contexto se solicitó a las empresas concesionarias información sobre los espacios disponibles a fin de dar cumplimiento a lo previsto por dicha ley;

Que obran agregados al expediente los listados de elementos disponibles en la vía pública, proporcionados por las empresas concesionarias;

Que tomando como base la información proporcionada por las concesionarias, y a los fines de asignar los referidos espacios con criterios de equidad, la Dirección General Electoral ha elaborado el informe técnico pertinente;

Que las alianzas y los partidos políticos que han oficializado candidaturas conforme lo informado por el Tribunal Superior de Justicia asciende a la cantidad de cuarenta y un (41) agrupaciones;

Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por el Decreto N° 2.696/03 y sus modificatorias,

EL JEFE DE GABINETE

RESUELVE:

Artículo 1° - Asígnanse espacios de publicidad en la vía pública hasta el día 23 de octubre de 2005, otorgándose siete (7) carapantallas, dos (2) refugios y dos (2) transiluminados a cada alianza y/o partido político que oficializó candidatura en la categoría de legisladores de la Ciudad de Buenos Aires, conforme la ubicación y distribución geográfica que se describe en el Anexo que forma parte integrante de la presente.

Artículo 2° - Instrúyase a la Sra. Directora General de Asuntos Políticos y Legislativos para que lleve adelante las acciones necesarias para dar cumplimiento a la presente resolución, debiendo suscribir las actas correspondientes para otorgar a los partidos políticos los espacios publicitarios en la vía pública.

Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos.

ANEXO

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ANEXOS

ANEXO

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