DECRETO 66 2025

Síntesis:

DESIGNA DIRECTORA GENERAL - NOELIA SOLEDAD CEÑAL - DIRECCIÓN GENERAL DESARROLLO SOSTENIBLE DEL SUR - SUBSECRETARÍA DE INTEGRACIÓN DESARROLLO DEL SUR - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Publicación:

11/02/2025

Sanción:

10/02/2025

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley 6.684 (texto consolidado por Ley 6.764), los Decretos 387/23 y

modificatorios y 45/25, el Expediente 06096655-GCABA-SSCTAL/25, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 2° de la citada Ley contempla, entre los Ministerios del Poder Ejecutivo,

al Ministerio de Coordinación o Jefatura de Gabinete de Ministros;

Que por el Decreto 387/23 y modificatorios se aprobó la estructura orgánico funcional

dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta nivel

de Dirección General;

Que por el Decreto 45/25 se modificó la estructura orgánico funcional de la Jefatura de

Gabinete de Ministros, creándose la Dirección General Desarrollo Sostenible del Sur

dependiente de la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sur;

Que, por lo expuesto, el Jefe de Gabinete de Ministros propicia la designación, a partir

del 1° de febrero de 2025, de Noelia Soledad Ceñal D.N.I 32.421.421, C.U.I.L 27-

32421421-1, como Directora General de la Dirección General Desarrollo Sostenible del

Sur dependiente de la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sur de la Jefatura

de Gabinete de Ministros;

Que, conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Designar, a partir del 1° de febrero de 2025, a Noelia Soledad Ceñal, D.N.I

32.421.421, C.U.I.L 27-32421421-1, como Directora General de la Dirección General

Desarrollo Sostenible del Sur dependiente de la Subsecretaría de Integración y

Desarrollo del Sur de la Jefatura de Gabinete de Ministros.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notificar a la

interesada dejando constancia de que deberá dar cumplimiento a lo establecido en el

artículo 14 de la Ley 6.357 (texto consolidado según Ley 6.764), comunicar a la

Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a la Dirección General Oficina de

Gestión Pública y Presupuesto y a la Dirección General Administración y Liquidación

de Haberes, todas dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y a la Oficina

de Integridad Pública, y para su conocimiento y demás efectos remitir a la Jefatura de

Gabinete de Ministros. Cumplido, archivar. MACRI - Sánchez Zinny