DECRETO 67 2025

Síntesis:

DESIGNA DIRECTOR GENERAL - NICOLÁS BELSITO - DIRECCIÓN GENERAL PROMOCIÓN DE INVERSIONES Y COMERCIO EXTERIOR - SUBSECRETARÍA DE INVERSIONES - MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO

Publicación:

11/02/2025

Sanción:

10/02/2025

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Estado:

No vigente


VISTO: La Ley 6.684 (texto consolidado por Ley 6.764), los Decretos 387/23 y sus

modificatorios, el Expediente 05941688-GCABA-DGTALMDEC/25, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplando entre los Ministerios del Poder Ejecutivo, al

Ministerio de Desarrollo Económico;

Que por el Decreto 387/23 y sus modificatorios se aprobó la estructura orgánico

funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

contemplando a la Dirección General de Promoción de Inversiones y Comercio

Exterior, dependiente de la Subsecretaría de Inversiones del Ministerio de Desarrollo

Económico;

Que, en consecuencia, el Ministro de Desarrollo Económico propicia la designación, a

partir del 1° de febrero de 2025, de Nicolás Belsito, D.N.I. 26.690.961, C.U.I.L. 20-

26690961-7, como Director General de la Dirección General Promoción de Inversiones

y Comercio Exterior, dependiente de la Subsecretaría de Inversiones del Ministerio de

Desarrollo Económico;

Que, conforme lo expresado, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de

la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Designar, a partir del 1° de febrero de 2025, a Nicolás Belsito D.N.I.

26.690.961, C.U.I.L. 20-26690961-7, como Director General de la Dirección General

Promoción de Inversiones y Comercio Exterior, dependiente de la Subsecretaría de

Inversiones del Ministerio de Desarrollo Económico.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el Ministro de Desarrollo

Económico y por el Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notificar al

interesado dejando constancia de que deberá dar cumplimiento a lo establecido en el

artículo 14 de la Ley 6.357 (texto consolidado por Ley 6.764), comunicar a la

Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de

Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio de Hacienda y

Finanzas, y a la Oficina de Integridad Pública y para su conocimiento y demás efectos,

remitir al Ministerio de Desarrollo Económico. Cumplido, archivar. MACRI - Arengo

Piragine p/p - Sánchez Zinny

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

CESADA POR
<p>Artículo 1° del Decreto 193/26 acepta, a partir del 31 de Mayo de 2026, la renuncia presentada por Nicolás Belsito, designado por el Decreto 67/25.</p>