DECRETO 73 2025
Síntesis:
DESIGNA - SUBSECRETARIO - SUBSECRETARÍA AUTÓDROMO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - JOAQUÍN ORLANDO - SECRETARÍA DE DEPORTES - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Publicación:
14/02/2025
Sanción:
13/02/2025
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley 6.684 (texto consolidado por Ley 6.764), los Decretos 387/23 y
modificatorios y 45/25, el Expediente 05474697-GCABA-SSCTAL/25, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo,
a la Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que por el Decreto 387/23 y modificatorios se aprobó la estructura orgánico funcional
dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta nivel
de Dirección General;
Que por el Decreto 45/25 se modificó, a partir del 16 de enero de 2025, la estructura
orgánico funcional de la Jefatura de Gabinete de Ministros, creándose la Subsecretaría
Autódromo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dependiente de la Secretaría de
Deportes de la Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que por lo expuesto, el Jefe de Gabinete de Ministros propicia la designación, a partir
del 16 de enero de 2025, de Joaquín Orlando, D.N.I. 37.340.287, C.U.I.L. 20-
37340287-8, como Subsecretario de la Subsecretaría Autódromo de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires dependiente de la Secretaría de Deportes de la Jefatura
de Gabinete de Ministros;
Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Designar, a partir del 16 de enero de 2025, a Joaquín Orlando, D.N.I.
37.340.287, C.U.I.L. 20-37340287-8, como Subsecretario de la Subsecretaría
Autódromo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dependiente de la Secretaría de
Deportes de la Jefatura de Gabinete de Ministros.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notificar al
interesado dejando constancia de que deberá dar cumplimiento a lo establecido en el
artículo 14 de la Ley 6.357 (texto consolidado según Ley 6.764), comunicar a la
Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a la Dirección General Oficina de
Gestión Pública y Presupuesto y a la Dirección General Administración y Liquidación
de Haberes, todas dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y a la Oficina
de Integridad Pública, y para su conocimiento y demás efectos remitir a la Jefatura de
Gabinete de Ministros. Cumplido, archivar. MACRI - Sánchez Zinny