DISPOSICIÓN 8 2025 DIRECCION GENERAL ADMINISTRACION DE MEDICINA DEL TRABAJO

Síntesis:

ESTABLECE - DOCUMENTACIÓN MÉDICA NECESARIA - RECONOCIMIENTO DE CADA PRESTACIÓN INCLUIDA - NOMENCLADOR INDICATIVO DE PRESTACIONES DE ALTA COMPLEJIDAD MÉDICA Y TRASPLANTES DE ÓRGANOS - SALUD - REQUISITOS GENERALES - EVALUACION PRE TRANSPLANTE - AUTORIZACION DE PRESTACIONES A TRAVES DEL FONDO COMPENSADOR

Publicación:

19/02/2025

Sanción:

12/02/2025

Organismo:

DIRECCION GENERAL ADMINISTRACION DE MEDICINA DEL TRABAJO


VISTO: el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1721/97, ratificado por la Resolución

N° 46/98 de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y modificado por

las Leyes N° 19 y 3021, la Resolución N° 766/MHFGC/2025 y el EX -2025-06351485 -

GCABA-DGTALMHF y

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 1° del Decreto citado se instituye, en forma genérica, un

fondo compensador para todo el personal dependiente del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, quedando a su vez comprendidos las entidades y los

funcionarios y agentes activos y pasivos indicados en su artículo 2°;

Que, en dicho contexto, en sus artículos 8° a 11° instituye fondos compensadores por

los siguientes conceptos: fallecimiento del agente del Gobierno de la Ciudad,

fallecimiento de un familiar del agente del Gobierno de la Ciudad, trasplante de

órganos para el agente del Gobierno de la Ciudad y familiares a su cargo y cobertura

por prestaciones de alta complejidad médica que requiera el agente del Gobierno de la

Ciudad y familiares a su cargo;

Que por el artículo 18 del Decreto ut supra referido se le encomienda a la entonces

Secretaría de Hacienda y Finanzas, hoy Ministerio de Hacienda y Finanzas, que

establezca la documentación médica necesaria para el reconocimiento de la

prestación;

Que el artículo 19 del mentado Decreto prescribe que la Dirección Medicina del

Trabajo o la dependencia que en el futuro asuma las misiones y funciones de ésta,

disponga la realización de un reconocimiento médico al paciente, a fin de verificar el

diagnóstico y dictaminar sobre la necesidad de la prestación requerida;

Que quien ha asumido la responsabilidad arriba descripta -la actual Dirección General

de Administración de Medicina del Trabajo- ha sido facultada para establecer la

documentación médica necesaria para el reconocimiento de cada prestación incluida

en el Nomenclador Indicativo de Prestaciones de Alta Complejidad Médica y

Trasplantes de Órganos;

Que por el artículo 24 del mencionado Decreto se faculta a la por entonces Secretaría

de Hacienda y Finanzas, hoy Ministerio de Hacienda y Finanzas a dictar las normas

reglamentarias y complementarias para la ejecución de la norma referida;

Que por Resolución N° 766/MHFGC/2025 ha sido aprobado el nomenclador Indicativo

de Prestaciones de Alta Complejidad Médica y Trasplantes de Órganos;

Que por la Resolución 2400-MEFGC-2019 se autoriza a la Dirección General

Administración de Medicina del Trabajo a establecer la documentación médica

necesaria para el reconocimiento de cada prestación incluida en el Nomenclador

Indicativo de Prestaciones de Alta Complejidad Médica y Trasplantes de Órganos, con

la incorporación nuevas prestaciones que son necesarias para el desenvolvimiento

corriente de los mencionados nomencladores;

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 19 del Decreto de

Necesidad y Urgencia N° 1721/97 y modificatorias,

DIRECTOR GENERAL

DE ADMINISTRACIÓN DE MEDICINA DEL TRABAJO

DISPONE

Artículo 1.- Establecer la documentación médica necesaria para el reconocimiento de

cada prestación incluida en el Nomenclador Indicativo de Prestaciones de Alta

Complejidad Médica y Trasplantes de Órganos, que como Anexo (IF-2025-07490798-

GCABA-DGAMT) forma parte integrante de ésta.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a las diversas Obras Sociales a las cuales aportan los agentes del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al Instituto Nacional Central Único

Coordinador de Ablación e Implantes (I.N.C.U.C.A.I.), al Banco Ciudad de Buenos

Aires y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y para su conocimiento y

demás fines, remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del

Ministerio de Hacienda y Finanzas. Goldstein


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7064

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1 de la  Disposición N° 8/DGAMT/25 establece la documentación médica necesaria para el reconocimiento de cada prestación incluida en el Nomenclador Indicativo de Prestaciones de Alta Complejidad Médica y Trasplantes de Órganos en el marco de lo aprobado en la Resolución Nº 766/MHFGC/2025.</p>