RESOLUCIÓN 259 2005 SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS
Síntesis:
SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS - OTORGA SUBSIDIO A CONSTANZA EDITH CAVALLERO, DNI 31.013.317 - VÍCTIMA DEL 30 DE DICIEMBRE DE 2004 - LOCAL BAILABLE REPÚBLICA DE CROMAGNÓN - CROMAÑÓN - DECRETO 692-05.
Publicación:
20/10/2005
Sanción:
07/10/2005
Organismo:
SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS
Visto el Decreto N° 692/05, las Resoluciones Nros. 53-SSDH/05, 54-SSDH/05 y la Carpeta N° 2.463-SSDH/05 del registro de la Subsecretaría de Derechos Humanos, dependiente de la Secretaría Jefe de Gabinete; y,
CONSIDERANDO:
Que en la carpeta señalada en el visto tramita la solicitud presentada por la Srta. Cavallero, Constanza Edith, DNI 31.013.317, quien requiere el subsidio único y especial destinado a las víctimas del 30 de diciembre de 2004, previsto en el artículo 1° del Decreto N° 692/05;
Que de la documentación obrante en esta Subsecretaría y en los registros de la Secretaría de Desarrollo Social surge que la solicitante se encuentra en la situación descripta en el art. 5° del decreto antes mencionado;
Que tal como surge de la presente carpeta, la requirente ha invocado un autorizado para que en su nombre perciba el subsidio de marras, acompañando la constancia de autorización pertinente;
Que la presente se firma en virtud de lo dispuesto por el artículo 9° del Decreto N° 692/05;
Por ello,
Artículo 1° - Otórgase a la Srta. Cavallero, Constanza Edith, DNI 31.013.317, el subsidio de (7) cuotas mensuales, iguales y consecutivas desde el 1° de junio al 31 de diciembre de 2005, previsto en el artículo 5° del Decreto N° 692/05, por el monto de pesos seiscientos ($ 600).
Artículo 2° - Autorízase a la Dirección General Contaduría a emitir las órdenes de pago mensuales por un monto de pesos seiscientos ($ 600), con sus correspondientes comisiones bancarias mensuales de pesos uno con veintiuno ($ 1,21).
Artículo 3° - Autorízase a percibir el cobro del subsidio a la persona invocada por la beneficiaria, Sra. Benhaim, Marcela Estela, DNI 13.266.508.
Artículo 4° - El pago se realizará conforme lo establecido en la Resolución N° 53-SSDH/05.
Artículo 5° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase, para su conocimiento y demás efectos, a la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa, dependiente de la Secretaría Jefe de Gabinete, a las Direcciones Generales de Contaduría y de Tesorería, ambas dependientes de la Subsecretaría de Gestión y de Administración Financiera de la Secretaría de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese.