RESOLUCIÓN 263 2005 SECRETARIA JEFE DE GABINETE
Síntesis:
OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS - JUAN RUIZ - VÍCTIMAS DEL 30 DE DICIEMBRE DE 2004 - LOCAL BAILABLE - REPÚBLICA DE CROMAGNON - CROMAÑÓN - DECRETO 692-05
Publicación:
21/10/2005
Sanción:
07/10/2005
Organismo:
SECRETARIA JEFE DE GABINETE
Visto el Decreto N° 692/05, las Resoluciones Nros. 53-SSDH/05, 54-SSDH/05 y el Registro N° 3.244-SSDH/05 de la Subsecretaría de Derechos Humanos, dependiente de la Secretaría Jefe de Gabinete; y,
CONSIDERANDO:
Que en el registro señalado en el visto tramita la solicitud presentada por el Sr. Ruiz, Juan Ignacio, DNI 25.594.440, quien requiere el subsidio único y especial destinado a las víctimas del 30 de diciembre de 2004, previsto en el artículo 1° del Decreto N° 692/05;
Que el requirente ha acreditado el vínculo que lo unía a su hermano, Sr. Ruiz, Sergio Javier, víctima fatal de los hechos acaecidos en la fecha citada, en el local República de Cromagnón, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3° de la Resolución N° 54-SSDH/05;
Que el fallecimiento de la víctima se encuentra corroborado de conformidad a lo prescripto por el artículo 2° de la Resolución N° 54-SSDH/05;
Que el presente requerimiento fue efectuado con posterioridad al plazo dispuesto por el Decreto N° 692/05;
Que, teniendo en cuenta el espíritu de la norma y resultando atendibles las circunstancias alegadas por el solicitante y las particularidades del caso, esta Subsecretaría otorga al requirente de forma excepcional un subsidio de igual monto al establecido en el art. 5° del decreto aplicable;
Que la presente se firma en virtud de lo dispuesto por el artículo 9° del Decreto N° 692/05;
Por ello,
Artículo 1° - Otórgase al Sr. Ruiz, Juan Ignacio, DNI 25.594.440, el subsidio de siete (7) cuotas mensuales, iguales y consecutivas desde el 1° de junio al 31 de diciembre de 2005, por el monto previsto en el artículo 5° del Decreto N° 692/05, de pesos seiscientos ($ 600).
Artículo 2° - Autorízase a la Dirección General Contaduría a emitir las órdenes de pago mensuales por un monto de pesos seiscientos ($ 600), con sus correspondientes comisiones bancarias mensuales de pesos uno con veintiuno ($ 1,21).
Artículo 3° - El pago se realizará conforme lo establecido en la Resolución N° 53-SSDH/05.
Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase, para su conocimiento y demás efectos, a la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa, dependiente de la Secretaría Jefe de Gabinete, a las Direcciones Generales de Contaduría y de Tesorería, ambas dependientes de la Subsecretaría de Gestión y de Administración Financiera de la Secretaría de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese.