DECRETO 1383 2000
Síntesis:
DESIGNA A LA SUBSECRETARIA LEGAL Y TÉCNICA, DRA. ALEJANDRA TADEI, DNI N° 14.217.351, COMO CONTRAPARTE DEL GCABA PARA CUMPLIMENTAR LA CLAUSULA SEXTA DEL CONVENIO DE ASISTENCIA TÉCNICA DE ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL - ADMINISTRADORES GUBERNAMENTALES.
Publicación:
10/08/2000
Sanción:
09/08/2000
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto Decreto N° 639- GCBA - 97 (B.O. N° 223), y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 24 de octubre de 1996 el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires suscribió con la ex - Secretaría de la Función Pública de Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación un Convenio de Asistencia Técnica, mediante el cual se presta asistencia en materia de administración gubernamental;
Que, en virtud de dicho acuerdo, se viene desempeñando en diferentes áreas del Gobierno de la Ciudad un grupo de profesionales perteneciente al Cuerpo de Administradores Gubernamentales;
Que, a partir de la gestión desarrollada por los mencionados administradores, se han verificado significativos avances en materia de reorganización administrativa, así como de gestión de áreas y proyectos prioritarios;
Que, a partir del reciente cambio de autoridades en el Gobierno de la Ciudad, y con el objeto de garantizar la continuidad de la asistencia brindada, resulta necesario establecer los mecanismos que aseguren la eficaz instrumentación del mencionado Convenio;
Que conforme lo establecido en la Cláusula sexta del Convenio suscripto corresponde al Gobierno de la Ciudad designar una contraparte permanente del mismo, facultada para coordinar los aspectos específicos de la asistencia;
Que, asimismo, resulta necesario formalizar mediante acto administrativo expreso la relación de dependencia funcional de los Administradores Gubernamentales asignados al Gobierno de la Ciudad;
Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,
Artículo 1° Desígnase a la Subsecretaria Legal y Técnica del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Dra. Alejandra Tadei, D.N.I. N° 14.217.351, como contraparte del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para cumplimentar lo establecido por la cláusula sexta del Convenio de Asistencia Técnica suscripto con fecha 24 de octubre de 1996, vigente al día de la fecha.
Art. 2° El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Hacienda y Finanzas.
Art. 3° Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a todas las áreas integrantes del Organo Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese.