DECRETO 1608 2005

Síntesis:

RATIFICACIÓN - APRUEBA CARTA DE INTENCIÓN SUSCRIPTA ENTRE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Y LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE RENTAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES - CONFORMACIÓN DEL CENTRO DE ADMINISTRACIONES TRIBUTARIAS SUBNACIONALES  - CEATS - OBJETIVOS -   PROMOVER EL INTERCAMBIO DE EXPERIENCIAS -  COLABORACIÓN MUTUA -  ASISTENCIA ENTRE SUS MIEMBROS -  IMPULSAR Y CONDUCIR INVESTIGACIONES Y ESTUDIOS SOBRE SISTEMAS TRIBUTARIOS Y ADMINISTRACIONES TRIBUTARIAS 

Publicación:

25/10/2005

Sanción:

19/10/2005

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Carta de Intención suscripta entre la Dirección General de Rentas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Dirección Provincial de Rentas de la provincia de Buenos Aires, y

CONSIDERANDO:

Que la Dirección General de Rentas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada por la señora Secretaria de Hacienda y Finanzas y el señor Director General de Rentas, y la Dirección Provincial de Rentas de la Provincia de Buenos Aires, representada por el señor Ministro de Economía y el señor Subsecretario de Ingresos Públicos, han suscripto con fecha 28 de octubre de 2004 una carta de intención a efectos de constituir el Centro de Administraciones Tributarias Subnacionales;

Que el Centro de Administraciones Tributarias Subnacionales (CeATS) tiene por objeto proveer un foro permanente sobre tributación, en donde promover el intercambio de experiencias, la colaboración mutua y la asistencia entre sus miembros y asimismo impulsar y conducir investigaciones y estudios sobre sistemas tributarios y administraciones tributarias subnacionales, en base a las cuales adoptar directrices, formular modelos y propiciar la difusión oportuna de la información para el permanente mejoramiento de sus administraciones miembro;

Que la experiencia internacional en la materia indica que el intercambio de experiencias y la colaboración mutua entre organismos de administración tributaria constituyen una reconocida herramienta en materia de fortalecimiento del cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias de los contribuyentes y de la lucha contra el fraude, la evasión, la elusión y cualquier otra forma de incumplimiento de las obligaciones;

Que, concretamente, el permanente mejoramiento de la administración tributaria local es un objetivo prioritario de este Gobierno, en tanto los recursos que la misma recauda constituyen la principal fuente de financiación de los programas presupuestarios de este Estado Autónomo;

Que, mediante la referida carta de intención, las administraciones tributarias firmantes asumieron el compromiso de convocar a las restantes administraciones tributarias del país y del exterior para que se incorporen como miembros del centro durante los siguientes dos años, al cabo de los cuales se celebrará la primera asamblea general del CeATS, que aspira a constituirse en un foro de máximo nivel en tributación subnacional;

Que, en consecuencia, resulta pertinente que el señor Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires apruebe la carta de intención suscripta por la señora Secretaría de Hacienda y Finanzas y el señor Director General de Rentas con fecha 28 de octubre de 2004;

Que asimismo resulta procedente que la mencionada carta de intención sea remitida a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en virtud de lo dispuesto en el art. 80, inc. 8°, de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Por ello, y en ejercicio de las facultades y atribuciones que le son propias y las conferidas por el art. 104, inc. 3° de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Apruébase la carta de intención para la conformación del Centro de Administraciones Tributarias Subnacionales, suscripta el día 28 de octubre de 2004 entre la Dirección General de Rentas de la Secretaría de Hacienda y Finanzas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada por la señora Secretaria de Hacienda y Finanzas y el señor Director General de Rentas, por una parte, y la Dirección Provincial de Rentas de la Subsecretaría de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires, representada por el señor Ministro de Economía y el señor Subsecretario de Ingresos Públicos, por la otra, y que en fotocopia debidamente autenticada como Anexo I se acompaña y a todos los efectos forma parte integrante del presente decreto.

Artículo 2° - De conformidad con lo establecido por el artículo 80, inc. 8°, de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, gírese el pertinente proyecto de ley a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para la aprobación por parte de la misma del documento señalado en el artículo 1°.

Artículo 3° - La Secretaría de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas presupuestarias pertinentes a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente decreto.

Artículo 4° - El presente decreto es refrendado por la señora Secretaria de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete.

Artículo 5° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Secretaría de Hacienda y Finanzas y a la Dirección General de Rentas. Cumplido, archívese. Ibarra - Albamonte - Fernández.


ANEXOS

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Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

APROBADA POR
<p>Art.1 de la Ley 2025: Aprueba Carta Intención, creación del Centro de Administraciones Tributarias Subnacionales - CeATS -  celebrada entre el Gobierno de la Ciudad   de Buenos Aires y el Gobierno de la provincia de Buenos Aires, aprobada  mediante Dec. 1608-05</p>