RESOLUCIÓN 1176 2025 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

INSTRUMENTA - ACTA DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA - COMISIÓN CENTRAL - ACTA N° 3/25 - RELACIONES LABORALES - ADMINISTRACIÓN PÚBLICA - CARRERA DE ESPECIALIDADES -TECNICOPROFESIONALES - SALUD - CARRERA DE PROFESIONALES DE LA ENFERMERIA - CAPE - CARRERA DE ADMINISTRATIVA - INCREMENTO REMUNERATIVO - ESCALAFONES ESPECIALES Y RESIDUALES - PLANTAS TRANSITORIAS - REPRESENTANTES - GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL ESTADO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - SUTECBA 

Publicación:

13/03/2025

Sanción:

11/03/2025

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


VISTO: La Ley N° 471 (t.c. por Ley N° 6.764 B.O. 7.022), el Decreto N° 465/04 y

modificatorias, el Acta de Negociación Colectiva Comisión Central Acta N°

03/2025, el Expediente Electrónico N° 2025-09060109-GCABA-DGTALMHF y;

CONSIDERANDO:

Que con fecha 13 de febrero de 2025, se celebró el Acta de Negociación Colectiva

Comisión Central Acta N° 03/2025, en el marco del Título II de la Ley N° 471 de

Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, suscripta entre los representantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y del Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de

Buenos Aires (SUTECBA);

Que mediante la misma, las partes acuerdan los puntos que a continuación se

detallan;

Que en la Cláusula Primera, se otorga a los/as agentes de la Carrera de

Especialidades Tecnico-Profesionales de la Salud, de la Carrera de Profesionales de

la Enfermería (CAPE) y de la Carrera de Administrativa (homologada por la Resolución

N°20-GCABA-MHGC/14, un incremento remunerativo del cinco por ciento (5 %) a

partir del mes de febrero 2025, tomando como base el mes de enero 2025, conforme a

lo dispuesto en el Anexo I del presente;

Que en la Cláusula Segunda, las partes establecen para los/as agentes de los

escalafones especiales y residuales del Decreto N°583/05, a los/las trabajadores que

se encuentran revistando en las Plantas Transitorias, creadas en el marco del artículo

54 de la Ley N° 471, en el Acta Paritaria 31/SUTECBA/2024, un incremento

remunerativo del cinco por ciento (5 %) a partir del mes de febrero 2025, tomando

como base el mes de enero 2025;

Que en la Cláusula Tercera, se establece otorgar un incremento a los adicionales

consignados en los Anexos II y III, según los valores detallados en los mismos;

Que en la Cláusula Cuarta se acuerda mantener la suma fija otorgada en la cláusula

Cuarta del Acta de Negociación Colectiva N°31/2024, que asciende a la suma de

Pesos sesenta mil ($ 60,000);

Que en la Cláusula Quinta las partes convienen que, para establecido en la "Cláusula

Cuarta", las contribuciones establecidas en la Ley N° 472 correspondientes a la Obra

Social de la Ciudad de Buenos Aires, estarán a cargo del empleador;

Que por último, en la Cláusula Sexta: Las partes acuerdan volver a reunirse durante el

mes de abril de 2025 a efectos de realizar un análisis de la evolución de los índices

inflacionarios a fin de aplicar, en caso de corresponder, posibles correcciones

salariales, tomando como base el mes de marzo 2025;

Que tomaron intervención, la Dirección General Planificación y Control Operativo y la

Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, quienes comunican que

la presente actuación se encuentra contemplada dentro de las Políticas de Recursos

Humanos y que, su costo asciende a la suma de Pesos Cuarenta y dos mil quinientos

treinta y cuatro millones seiscientos treinta y ocho mil setecientos veinte ($

42.534.638.720.-);

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 471, los acuerdos

arribados en el ámbito de la Negociación Colectiva, regulada por el Título II de la

misma, deben ser instrumentados mediante el acto administrativo respectivo;

Que por lo expuesto, corresponde emitir el pertinente acto administrativo por el cual se

instrumenta el Acta de Negociación Colectiva Comisión Central N° 03/2025;

Por ello, en orden a las facultades delegadas por el Decreto N° 465/04,

EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE:

Artículo 1°.- Instrumentar el Acta de Negociación Colectiva Comisión Central Acta

N° 03/2025, suscripta el día 13 de febrero de 2025, entre los representantes del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y del Sindicato Único de

Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA), la que como

Anexo (IF-2025-09061600-GCABA-DGTALMHF), forma parte integrante de la

presente.

Artículo 2°.- Publíquese. Comuníquese al Sindicato Único de Trabajadores del Estado

de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la

Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y

Finanzas y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto.

Cumplido, archívese. Arengo Piragine


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7079

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

APRUEBA
<p>Artículo 1º de la Resolución N° 1176/MHFGC/25  instrumenta el Acta de Negociación Colectiva – Comisión Central – Acta Nº 03/2025.</p>