RESOLUCIÓN 1173 2005 SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA Y PLANEAMIENTO

Síntesis:

MODIFICA EL TEXTO ORDENADO DE LAS ARTERIAS CON SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN - DECRETO-ORDENANZA 10407-47

Publicación:

26/10/2005

Sanción:

19/09/2005

Organismo:

SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA Y PLANEAMIENTO


Visto el Expediente N° 54.966/05, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el expediente señalado en el visto se propone asignar sentido único de circulación a la calle Dr. Rómulo S. Naón desde la calle Pedro Ignacio Rivera a la calle Manuel Ugarte y a la calle Pedro Ignacio Rivera, desde la calle Washington hasta la calle Dr. Rómulo S. Naón;

Que los dos tramos de arterias en tratamiento poseen doble sentido circulatorio, y el ancho de calzada de las mismas no permite canalizar con fluidez las dos corrientes circulatorias y el estacionamiento junto a ambas aceras;

Que atento a ello se ha analizado la cuadrícula circulatoria del sector que nos ocupa, resultando aconsejable proponer un reordenamiento que mejore las actuales condiciones viales;

Que en virtud de ello se considera oportuno otorgarle sentido único de circulación a la calle Dr. Rómulo S. Naón desde la calle Pedro Ignacio Rivera hasta la calle Manuel Ugarte;

Que asimismo resulta aconsejable prolongar el sentido único de circulación de la calle Dr. Pedro Ignacio Rivera desde la calle Washington hasta la calle Dr. Rómulo S. Naón, lo que solucionaría las actuales congestiones que se producen en la cuadra en cuestión;

Por ello, conforme las atribuciones otorgadas por la Ley N° 217 (B.O.C.B.A. N° 760) y las modificaciones y agregados introducidos a misma por la Ley N° 1.560 (B.O.C.B.A. N° 2112), y la delegación prevista en el artículo 1° del Decreto N° 515/00 (B.O.C.B.A. N° 926),

EL SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA Y PLANEAMIENTO

RESUELVE:

Artículo 1° - Inclúyase en las disposiciones del Decreto-Ordenanza N° 10.407/47 (B.M. N° 8.174), texto ordenado de las arterias con sentido único de circulación, con carácter experimental y evaluativo, por el término de noventa (90) días corridos a partir de su vigencia, otorgándole sentido único de circulación a los siguientes tramos de arterias:

Dr. Pedro Ignacio Rivera: desde la calle Washington hasta la calle Dr. Rómulo S. Naón de NE a SO.

Dr. Rómulo S. Naón: desde la calle Dr. Pedro Ignacio Rivera hasta la calle Manuel Ugarte de SE a NO.

Artículo 2° - La presente norma requerirá la instalación del pertinente señalamiento vertical que proyectará y ejecutará la Dirección General de Tránsito y Transporte, la que fijará mediante el dictado de disposición, la fecha y hora de su entrada en vigencia.

Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires dentro del término previsto en el artículo 2° de la Ley N° 217, gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos, comuníquese a la Subsecretaría de Tránsito y Transporte y remítase a la Dirección General de Tránsito y Transporte, la que comunicará a la Policía Federal Argentina y a la Dirección General de Seguridad Vial.- Feletti

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolu ción 1173-SIYP-05 incluye disposiciones al Decreto-Ordenanza 10407-47 por el término de noventa (90) días corridos a partir de su vigencia, otorgándole sentido único de circulación a los siguientes tramos de arterias Dr Pedro Ignacio Rivera, y Dr Rómulo S Naón.-</p>