RESOLUCIÓN 1221 2005 SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA Y PLANEAMIENTO

Síntesis:

MODIFICA EL TEXTO ORDENADO DE LAS ARTERIAS CON SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN - DECRETO-ORDENANZA 10.407-47 - CALLE TTE. CNEL. CASIMIRO RECUERO - IGNACIO FERMÍN RODRÍGUEZ - INVERSIÓN DE SENTIDO CIRCULATORIO - MANO ÚNICA - INCLUSIÓN

Publicación:

26/10/2005

Sanción:

29/09/2005

Organismo:

SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA Y PLANEAMIENTO


Visto el Expediente N° 51.137/05, y

CONSIDERANDO:

Que por dicha actuación se propone invertir el sentido circulatorio de la calle Tte. Cnel. Casimiro Recuero entre la calle Lautaro y la avenida Carabobo y asignar mano única al mismo tramo de la calle Ignacio Fermín Rodríguez;

Que dicho ordenamiento tiende a aplicar manos opuestas a las calles de acceso y egreso, Ignacio Fermín Rodríguez y Tte. Cnel. Casimiro Recuero, a la entrada y salida de la autopista AU1 25 de Mayo a la altura de la calle Lautaro-avenida Carabobo;

Que ese tramo de la calle Ignacio Fermín Rodríguez ha sido recientemente construido con ese objeto, en tanto para la calle Tte. Cnel. Casimiro Recuero se propicia su habilitación como calle de egreso fijándole mano inversa a la que posee conforme la Ordenanza N° 29.565 (B.M. N° 14.880) de NE a SO;

Que, asimismo resulta conveniente colocar señalización luminosa en la avenida Carabobo, tanto en la esquina de la calle Tte. Cnel. Casimiro Recuero como en la calle Ignacio Fermín Rodríguez, incluyendo aquí la posibilidad de giro a la izquierda;

Por ello, conforme las atribuciones otorgadas por la Ley N° 217 (B.O.C.B.A. N° 760) y las modificaciones y agregados introducidos a misma por la Ley N° 1.560 (B.O.C.B.A. N° 2112), y la delegación prevista en el artículo 1° del Decreto N° 515/00 (B.O.C.B.A. N° 926),

EL SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA Y PLANEAMIENTO

RESUELVE:

Artículo 1° - Inviértese, con carácter experimental y evaluativo, por el término de noventa (90) días corridos, a partir de su vigencia, en las disposiciones del Decreto-Ordenanza N° 10.407/47 (B.M. N° 8.174), texto ordenado de las arterias con sentido único de circulación, al siguiente tramo de calle, quedando de la forma que se indica:

Tte. Cnel. Casimiro Recuero: desde la calle Lautaro hasta la avenida Carabobo de oeste a este.

Artículo 2° - Inclúyese, con carácter experimental y evaluativo, por el término de noventa (90) días corridos, a partir de su vigencia, en las disposiciones del Decreto-Ordenanza N° 10.407/47 (B.M. N° 8.174), texto ordenado de las arterias con sentido único de circulación, al siguiente tramo de calle, de la forma que se indica:

Ignacio Fermín Rodríguez: desde avenida Carabobo hasta la calle Lautaro de este a oeste.

Artículo 3° - La presente norma requerirá, la instalación del señalamiento luminoso en Av. Carabobo con Tte. Cnel. Casimiro Recuero e Ignacio Fermín Rodríguez y del pertinente señalamiento vertical que proyectará y ejecutará la Dirección General de Tránsito y Transporte, la que fijará mediante el dictado de disposición la fecha y hora de su entrada en vigencia.

Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires dentro del término previsto en el artículo 2° de la Ley N° 217, gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos, comuníquese a la Subsecretaría de Tránsito y Transporte y remítase a la Dirección General de Tránsito y Transporte la que comunicará a la Policía Federal Argentina, a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte y a la Dirección General de Seguridad Vial.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Arts. 1 y 2 Res. 1221-SIP-05 Mod. Anexo Dto-Ord. 10407-47 - Invierte sentido único de circulación de un tramo de la calle Casimiro Recuero e incluye la calle Ignacio Fermín Rodríguez.
MODIFICADA POR
Res 339-SIYP-06 prorroga vigencia de Res 1221-SIYP-05-Inversión sentido circulación-Recuero-Sentido único circulación-I F Rodríguez