RESOLUCIÓN 200 2005 SUBSECRETARÍA DE PRODUCCIÓN

Síntesis:

APRUEBA PROYECTOS PARA COOPERATIVAS - CONCURSO APOYO PARA EMPRESAS AUTOGESTIONADAS CONTINUADORAS DE UNIDADES PRODUCTIVAS

Publicación:

31/10/2005

Sanción:

14/10/2005

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE PRODUCCIÓN


Visto los Decretos Nros. 915/05 (B.O.C.B.A. N° 2222) y 923/05 (B.O.C.B.A. N° 2222), las Resoluciones Nros. 150-SSPRODU/05 (B.O.C.B.A. N° 2244) y 198-SSPRODU/05, el Expediente N° 56.630/05, y,

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 923/05 (B.O.C.B.A. N° 2222), se creó el programa Red Institucional de Apoyo a MiPyMEs de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; destinado al fortalecimiento institucional y la expansión de la red de entidades educativas y/o territoriales que prestan apoyo a las micro, pequeñas y medianas empresas;

Que, por su parte, el Decreto N° 915/05 (B.O.C.B.A. N° 2222) estableció como objetivo atender especialmente las necesidades de las cooperativas de trabajo conformadas por trabajadores de empresas en situación de crisis;

Que, mediante la Resolución N° 150-SSPRODU/05 (B.O.C.B.A. N° 2244) se llamó al concurso Apoyo para Empresas Autogestionadas Continuadoras de Unidades Productivas (E.A.C.U.P.) 2005, en el marco del programa Red Institucional de Apoyo a MiPyMEs de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a través del cual las entidades seleccionadas brindarán asistencia técnica a E.A.C.U.P.;

Que, a través de la Resolución N° 198-SSPRODU/05 se procedió a adecuar los requisitos exigidos a las empresas para ser consideradas como autogestionadas continuadoras de unidades productivas;

Que de las evaluaciones realizadas por la Dirección General de Industria, Comercio y Servicios, según lo establece la Resolución N° 150-SSPRODU/05, surge que las entidades enumeradas en el Anexo I que acompaña a la presente resolución cuentan con la capacidad técnica y de gestión necesarias para la concreción del diagnóstico, el plan de mejora y la tutoría de las E.A.C.U.P.;

Que en las mencionadas evaluaciones se concluye que se trata de proyectos viables desde el punto de vista económico y financiero, técnico y comercial;

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE PRODUCCIÓN,

RESUELVE:

Artículo 1° - Apruébanse los proyectos para cooperativas presentados por las entidades participantes enumeradas en el Anexo I que forma parte integrante de la presente resolución, presentados en el marco del programa Red Institucional de Apoyo a MiPyMEs de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires creado por el Decreto N° 923/05 (B.O.C.B.A. N° 2222), en las condiciones establecidas por la Resolución N° 150-SSPRODU/05 (B.O.C.B.A. N° 2244) que crea el concurso Apoyo para Empresas Autogestionadas Continuadoras de Unidades Productivas (E.A.C.U.P.) 2005.

Artículo 2° - Autorízase el pago de los beneficios aprobados por el artículo 1° de la presente resolución por los montos discriminados para cada una de las entidades en los plazos que se detallan en el Anexo I.

Artículo 3° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y notifíquese a la entidad solicitante los términos de la presente resolución. Cumplido pase a la Dirección General de Contaduría a los fines de cumplimentar lo establecido en el art. 2° de la presente. Cumplido, pase a la Dirección General de Industria, Comercio y Servicios, dependiente de la Subsecretaría de Producción para la prosecución de su trámite.

ANEXO

ANEXO I

Expediente N°: 56.630/05.

Entidad: Instituto Nacional de Tecnología Industrial para la cooperativa de trabajo Textil Ceres Ltda.

CUIT: 30-54668706-2.

Domicilio: L. N. Alem 1067, piso 7°, C.A.B.A.

Monto primer pago: $ 4.800.

Monto segundo pago: $ 7.200.

Monto tercer pago: $ 7.200.


ANEXOS

ANEXO

ANEXO I

Expediente N°: 56.630/05.

Entidad: Instituto Nacional de Tecnología Industrial para la cooperativa de trabajo Textil Ceres Ltda.

CUIT: 30-54668706-2.

Domicilio: L. N. Alem 1067, piso 7°, C.A.B.A.

Monto primer pago: $ 4.800.

Monto segundo pago: $ 7.200.

Monto tercer pago: $ 7.200.

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