DISPOSICIÓN 27 2025 DIRECCION GENERAL AUTONOMIA Y REVINCULACION
Síntesis:
EXTIENDE - PLAZO DEL CONCURSO DE PROYECTOS INSTITUCIONALES - PROGRAMA REDES POR LA INCLUSIÓN - LINEAMIENTO DE INTERVENCIÓN FINANZAS, DERECHOS E INCLUSIÓN TECNOLÓGICA - DIRECCIÓN GENERAL DE AUTONOMÍA Y REVINCULACIÓN
Publicación:
03/04/2025
Sanción:
28/03/2025
Organismo:
DIRECCION GENERAL AUTONOMIA Y REVINCULACION
VISTO: el Decreto N° 387/GCABA/AJG/2023, el Decreto N° 363-GCABA-AJG/24,
Decreto N° 429/13, la Resolución N° 395- MDHYHGC/22, la Resolución N° 284-
GCABA-SISSAI/2024, y la Disposición N° 19-GCABA-DGAYR/2025 y;
CONSIDERANDO:
Que, por el Decreto N° 387/GCABA/AJG/2023 y sus modificatorios, se aprobó la
estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, contemplando a la Dirección General de Autonomía y Revinculación,
dentro de la Subsecretaría de Inclusión Social y Atención Inmediata del Ministerio de
Desarrollo Humano y Hábitat estableciendo entre sus responsabilidades primarias la
de "Planificar, implementar y monitorear programas de asistencia, apoyo económico,
derivación y orientación a familias y personas en situación de vulnerabilidad,
residentes en el ámbito de la ciudad autónoma de buenos aires, Implementar un
esquema integral de seguimiento de las familias beneficiarias de los programas
sociales e implementar acciones para promover la efectiva reinserción de la persona a
través del deporte, mentorías, capacitaciones y actividades culturales de inclusión, en
coordinación con las áreas competentes, Generar y fortalecer redes comunitarias de
contención y promoción social en pos de reintegrar a la persona y familia al tejido
social, Diseñar nuevas estrategias de inclusión social y proponer políticas públicas
basadas en la evidencia de datos...", entre otras;
Que, por Decreto N° 363-GCABA-AJG/24 Maria Belén Blasco, fue designada - a partir
del 1 de noviembre de 2024 - como Directora General de la Dirección General de
Autonomía y Revinculación, dependiente de la Subsecretaría Red de Atención e
Inclusión Social del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat;
Que, en el artículo 2 del Decreto N° 429/13, se implementó el módulo "Tramitación a
Distancia" TAD-, del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos SADE-,
como un medio de recepción y remisión de presentaciones, solicitudes, escritos,
notificaciones y comunicaciones, entre otros, propiciados a través de la Plataforma de
Tramitación a Distancia;
Que, por la Resolución N° 395-MDHYHGC/22 se creó el Programa de gestión "Redes
por la Inclusión" siendo la Subsecretaría de Inclusión Social y Atención Inmediata, o la
que a futuro reemplace la Autoridad de Aplicación del Programa, que se aprobaron los
Lineamientos Generales del Programa detallados en el IF-2022-24968005-GCABA-
DGDEIS, el texto modelo de Convenio de colaboración y gestión asociada a
celebrarse con Organizaciones de la Sociedad Civil (IF-2022-24968301-GCABA-
DGDEIS), el texto modelo de Proyecto Institucional (IF-2022-24968618-GCABA-
DGDEIS) y el texto modelo de Nota y Declaración Jurada (IF-2022-24968840-GCABA-
DGDEIS), todo ello en el marco del Programa y que como Anexos I, II, III y IV,
respectivamente forman parte de la mencionada Resolución;
Que, de conformidad con sus Lineamientos Generales (Anexo I - IF-2022-24968005-
GCABA-DGDEIS), el Programa "Redes por la inclusión" brinda asistencia a través de
la ejecución de acciones formativas, acompañamiento, contención, seguimiento y
promoción social tendientes a la inclusión sociocultural y económica que permita
fortalecer el proyecto de vida de personas y familias en situación de vulnerabilidad
social y su reinserción al tejido social, ello así desarrollando e implementando la
Dirección General de Autonomía y Revinculación acciones directas, en coordinación
con áreas competentes y/o en gestión asociada con Organizaciones de la Sociedad
Civil que mantengan igual criterio de protección integral de derechos sociales de las
personas en situación de vulnerabilidad social, de conformidad con lo establecido por
las Leyes N° 3.706 y 4.036 y de acuerdo a los principios establecidos en los artículos
17 y 18 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y demás requisitos
establecidos por los Lineamientos;
Que, asimismo, por artículo 3° de la Resolución N° 395-MDHYHGC/22 la titular del
Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat faculta a la Subsecretaría de Inclusión
Social y Atención Inmediata a suscribir los convenios a celebrarse con las
Organizaciones de la Sociedad Civil conforme los Anexos aprobados en el artículo 2°,
a dictar las normas reglamentarias, complementarias, aclaratorias, operativas e
interpretativas, como así también a aprobar todo otro instrumento que requiera la
implementación del Programa de gestión "Redes por la Inclusión";
Que, por Resolución N° 284-GCABA-SISSAI/2024 se designó a los miembros de la
Comisión Evaluadora y se habilitó el correo electrónico oficial
redesporlainclusion@buenosaires.gob.ar a los efectos de la recepción de consultas de
conformidad con la normativa del Programa, y se delegó la supervisión de los
procedimientos en los concursos según los Lineamientos del Programa "Redes por la
inclusión" en la Gerencia Operativa de Estrategias de Acompañamiento y Desarrollo
dependiente de la Dirección General de Autonomía y Revinculación;
Que, por Disposición N° 19-GCABA-DGAYR/2025 se dio apertura al Concurso de
Proyectos Institucionales del Programa Redes por la Inclusión Lineamiento de
intervención: "Finanzas, derechos e inclusión tecnológica" (ap.7.4 del Anexo I de la
Resolución N° 395- MDHYHGC/22) estableciéndose que la presentación de los
proyectos institucionales, conjuntamente con la documentación pertinente, por parte
de las Organizaciones, deberá efectuarse entre los días 21 de marzo del 2025 al 28 de
marzo del 2025 inclusive;
Que, se entiende oportuno extender el plazo del concurso hasta el día 04 de abril del
2025 inclusive;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
Artículo 1°.- Extiéndase el plazo del Concurso de Proyectos Institucionales del
Programa Redes por la InclusiónLineamiento de intervención: "Finanzas, derechos e
inclusión tecnológica" (ap.7.4 del Anexo I de la Resolución N° 395- MDHYHGC/22)
estableciéndose que la presentación de los proyectos institucionales, conjuntamente
con la documentación pertinente, por parte de las Organizaciones, deberá efectuarse
hasta el día 04 de abril del 2025 inclusive, todo ello conforme los Anexos I, II, III y IV
de la Resolución N° 395-MDHYHGC/22, el concurso se llevará a cabo mediante el
módulo "Tramitación a Distancia" TAD conforme artículo 2 del Decreto N° 429/13,
dejando habilitado para consultas el correo electrónico oficial
redesporlainclusion@buenosaires.gob.ar aprobado por Resolución N° 284-GCABA-
SISSAI/2024.
Artículo 2°.- Fijase un plazo máximo de cuatro (4) meses de ejecución de los proyectos
institucionales a presentar y publíquese el presente llamado en el sitio web del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
https://www.buenosaires.gob.ar/desarrollohumanoyhabitat, durante siete (7) días
corridos, a partir del 31 de marzo de 2025.
Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente se imputará a la
partida correspondiente del presupuesto vigente.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires. Cumplido, archívese. Blasco