DECRETO 138 2025
Síntesis:
SANCIONA CON CESANTÍA - AGENTE - M.M.C. - DOCENTE - SUMARIO ADMINISTRATIVO 197/23 -JEFATURA DE GOBIERNO
Publicación:
04/04/2025
Sanción:
01/04/2025
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ordenanza 40.593 y la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad
de Buenos Aires aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia 1.510/97 (textos
consolidados por Ley 6.764), la Resolución 2268-MEDGC/23, el Expediente
37605075-GCABA-DGAMT/21, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución 2268/MEDGC/23 se dispuso la instrucción del Sumario
Administrativo 197/23 a fin de investigar los hechos y deslindar las responsabilidades
que pudieran corresponder en relación a la situación irregular en que se hallara
incursa la agente M.M.C. (FC 454.493), en su carácter de docente de la Escuela N° 22
"Rufino Luro Cambaceres" del Distrito Escolar 20, quien solicitó una licencia médica a
través de la plataforma MIA (Mi Autogestión), presentando un certificado médico
presuntamente apócrifo;
Que, abierta la etapa de instrucción, en mérito de los antecedentes y de las pruebas
recabadas, se decretó el llamado a prestar declaración indagatoria de la docente
M.M.C. (FC 454.493), la que fue desarrollada por ante el organismo instructor;
Que, habida cuenta de las constancias obrantes en el expediente, se formularon los
respectivos cargos administrativos;
Que la Junta de Disciplina tomó la intervención de su competencia y acordó por
unanimidad con los cargos formulados por la Dirección General de Sumarios de la
Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires;
Que la agente en cuestión fue debidamente notificada de los cargos formulados como
así también de su derecho a tomar vista de las actuaciones para ofrecer descargo y
prueba, presentando su correspondiente defensa;
Que, habiendo sido notificada del plazo para alegar, la agente M.M.C. (FC 454.493)
hizo uso del mismo;
Que no restando medios de prueba pendientes de producción, se dispuso la clausura
de la etapa de instrucción;
Que la Dirección General Sumarios de la Procuración General de la Ciudad de Buenos
Aires, mediante Dictamen Jurídico identificado como IF-2024-35279677-GCABA-
DGSUM, luego de un pormenorizado análisis de los hechos, del descargo formulado
por la agente, de las pruebas colectadas, del alegato, y teniendo por probada la
ocurrencia de los hechos disvaliosos, aconsejó sancionar con cesantía a la agente
M.M.C. (FC 454.493), por haber sido hallada responsable de los cargos formulados en
el Sumario Administrativo 197/23 y con ello transgredir los deberes establecidos en el
artículo 6 incisos c), d) y g) de la Ordenanza 40.593, quedando aprehendida su
conducta en las previsiones del artículo 36 inciso f) del citado Estatuto Docente;
Que el Procurador General de la Ciudad de Buenos Aires acordó con la sanción
aconsejada;
Que la Junta de Disciplina tomó nuevamente intervención, mediante Dictamen de
Firma Conjunta identificado como IF-2024-39011021-GCABA-DGCDO, coincidiendo
por unanimidad, con la sanción expresada por la Dirección General de Sumarios de la
Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires;
Que la Dirección General Coordinación Legal e Institucional dependiente del Ministerio
de Educación ha tomado la intervención de su competencia;
Que, conforme surge de los actuados, la docente no se encuentra amparada con
mandato gremial consagrado por la Ley Nacional 23.551;
Que, en virtud de lo expuesto, lo dictaminado oportunamente por la Procuración
General de la Ciudad de Buenos Aires y la valoración efectuada sobre los elementos
probatorios y demás constancias obrantes en el expediente, corresponde dictar el acto
administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad de Buenos Aires y el artículo 38 de la Ordenanza 40.593
(texto consolidado por Ley 6.764),
Artículo 1°.- Sancionar con cesantía a la agente M.M.C. (FC 454.493) por haber sido
hallada responsable de los cargos formulados en el Sumario Administrativo 197/23 y
con ello transgredir los deberes establecidos en el artículo 6 incisos c), d) y g) de la
Ordenanza 40.593 (texto consolidado por Ley 6.764), quedando aprehendida su
conducta en las previsiones del artículo 36 inciso f) de la citada Ordenanza.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por la Ministra de Educación y por el
Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notificar a la
agente M.M.C. (FC 454.493), en los términos del artículo 63 de la Ley de
Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires aprobada por Decreto
de Necesidad y Urgencia 1.510/97 (texto consolidado por Ley 6.764), con copia del
Dictamen IF-2024-35279677-GCABA-DGSUM, haciéndole saber que el presente acto
agota la instancia administrativa, sin perjuicio de que podrá articular dentro del plazo
de diez (10) días hábiles el recurso de reconsideración de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 50 de la Ordenanza 40.593 (texto consolidado por Ley 6.764) o
el recurso previsto en el artículo 466 del Código Contencioso Administrativo y
Tributario aprobado por Ley 189 (texto consolidado por Ley 6.764). Comunicar a la
Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de
Hacienda y Finanzas y a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires. Para
su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Coordinación Legal e
Institucional dependiente del Ministerio de Educación. Cumplido, archivar. MACRI -
Miguel - Sánchez Zinny