RESOLUCIÓN 2100 2005 SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

AMPLÍA LOS TÉRMINOS DE LA RESOLUCIÓN N° 1.977-SHYF-PG-05 - REENCASILLAMIENTO DE AGENTES DE LA PROCURACIÓN GENERAL

Publicación:

17/11/2005

Sanción:

07/11/2005

Organismo:

SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS


Visto la Nota N° 5.567-PG/05, la Resolución Conjunta N° 1.960-SHyF-PG/05, y;

CONSIDERANDO:

Que por la resolución citada se instrumentó el Escalafón General para el Personal de Planta Permanente de la Procuración General de la Ciudad;

Que en consecuencia mediante Resolución N° 1.977-SHyF-PG/05, se aprobó el encasillamiento de diversos agentes pertenecientes a la citada repartición;

Que según surge de los presentes actuados la Procuradora General, solicita se regularice la situación de otros agentes;

Que por lo tanto y de la manera que lo establece el artículo 10, se debe encasillar a los mismos, toda vez que se desempeñan como autoridad superior en la mencionada Procuración General, al solo efecto de ajustar las partidas que retienen;

Que asimismo el organismo que nos ocupa, transfirió oportunamente a la Dirección General de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría de Hacienda y Finanzas, la información emergente del relevamiento realizado, según lo establecido por el artículo 8° de la Resolución N° 1.960-SHyF-PG/05;

Que atento lo expresado precedentemente, corresponde ampliar los términos de la precitada resolución, incluyendo a los agentes que nos ocupan;

Por ello y en uso de las facultades conferidas por el artículo 9° de la Resolución N° 1.960-SHyF-PG/05,

LA SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS

Y LA PROCURADORA GENERAL

RESUELVEN:

Artículo 1° - Amplíanse los términos de la Resolución N° 1.977-SHyF-PG/05, dejándose establecido que se incluye en la misma el encasillamiento de los agentes de planta permanente de la Procuración General de la Ciudad, que tienen a su cargo Direcciones Generales en dicho organismo, conforme el detalle que obra como Anexo I, que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente resolución, al solo efecto de ajustar la partida que retienen sin percepción de haberes.

Artículo 2° - El personal encasillado conforme lo prescripto en el artículo 1° de la presente resolución, será notificado de tal circunstancia por medio de la recepción de su recibo de haberes.

Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Procuración General de la Ciudad y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Recursos Humanos. Cumplido, archívese.


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Res. 2100-SHYF-PG-05 Amplía los términos de la Res. 1977-SHyF-PG-05