RESOLUCIÓN 2090 2025 MINISTERIO DE CULTURA
Síntesis:
DEROGA RESOLUCIÓN 3559-MCGC-24 - APRUEBA BASES Y CONDICIONES - ACTIVIDAD LABORATORIO PRODANZA - PROGRAMA DE RESIDENCIAS PARA LA CREACIÓN PRODANZA - RÉGIMEN DE FOMENTO PARA LA ACTIVIDAD DE LA DANZA NO OFICIAL - MINISTERIO DE CULTURA
Publicación:
15/05/2025
Sanción:
29/04/2025
Organismo:
MINISTERIO DE CULTURA
VISTO: La Ley N° 340 (texto consolidado por Ley N° 6.764); el Decreto N° 1599/01 y
sus modificatorios; las Resoluciones Nros. 2644-MCGC/18 y 3559-MCGC/24, el
Expediente Electrónico N° EX-2025-17420626-GCABA-DGDCC, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 340 (texto consolidado por Ley N° 6.764) se creó el Régimen
de Fomento para la Actividad de la Danza No Oficial, con el objeto de propiciar,
fomentar y proteger, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el
desarrollo escénico de la danza y apoyar la creación y reposición coreográfica;
Que la citada Ley estableció a la entonces Secretaría de Cultura como autoridad de
aplicación del referido Régimen;
Que mediante el Decreto N° 1599/01 y sus modificatorios, se reglamentó la citada Ley
y se creó el Instituto para el Fomento de la Actividad de la Danza No Oficial de la
Ciudad de Buenos Aires "PRODANZA";
Que el indicado Decreto establece en su artículo 8° las funciones del Directorio de
Régimen de Fomento para la Actividad de la Danza No Oficial (PRODANZA), entre las
que se encuentran las de elaborar estudios, proponer acciones y planes, producir
informes y brindar asesoramiento a los poderes públicos, al sector privado, a las
organizaciones sociales y a las escuelas y docentes de Danza sobre la Actividad de la
Danza No Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, como así también, promover las
actividades de entidades o asociaciones de danza con domicilio en la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires que favorezcan el desarrollo de la danza y su difusión y
propiciar la firma de convenios o planes conjuntos con organismos del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el aprovechamiento de espacios públicos en
favor de la Actividad de la Danza No Oficial incluida en este Régimen de Fomento;
Que por Resolución N° 2644-MCGC/18 se aprobó la creación del Programa de
Residencias para la Creación -PRODANZA, en el marco del Régimen de Fomento de
la Danza No Oficial, incluyendo dentro de dicho Programa la actividad "Laboratorio
PRODANZA";
Que mediante Resolución N° 3559-MCGC/24, se aprobó la reglamentación atinente a
la presentación de solicitudes de inscripción en el marco del referido Programa,
conforme los lineamientos establecidos en sus Anexos I "Bases y Condiciones -
Programa de Residencias para la Creación - Prodanza" (IF-2024-28748560-GCABA-
DGDCC), II "Formulario de Solicitud Laboratorio Prodanza" (IF-2024-28744232-
GCABA-DGDCC), III "Conformidad de Representatividad Laboratorio Prodanza" (bajo
N° IF-2024-28744211-GCABA-DGDCC) y IV "Declaración Jurada del
solicitante/Responsable administrativo Laboratorio Prodanza" (IF-2024-28744181-
GCABA-DGDCC);
Que a fin de readecuar el procedimiento para la presentación de solicitudes de
inscripción al indicado Programa, se propicia la derogación de la Resolución N° 3559-
MCGC/24;
Que resulta menester aprobar la reglamentación atinente a la presentación de
solicitudes de inscripción, en el marco del Programa de Residencias para la Creación -
PRODANZA, conforme los lineamientos establecidos en los Anexos I "Bases y
Condiciones - Programa de Residencias para la Creación - PRODANZA" (IF-2025-
17431458-GCABA-DGDCC), II "Formulario de Solicitud - Laboratorio PRODANZA" (IF-
2025-17383782-GCABA-DGDCC), III "Conformidad de Representación - Laboratorio
PRODANZA" (IF-2025-17383635-GCABA-DGDCC) y IV "Declaración Jurada del
solicitante - Laboratorio PRODANZA" (IF-2025-17383377-GCABA-DGDCC), que
forman parte integrante de la presente Resolución;
Que mediante Nota N° NO-2025-16852112-GCABA-DGPLBC, la Dirección General
Promoción del Libro, Bibliotecas y la Cultura de este Ministerio pone a disposición, en
el marco del citado Programa, el espacio denominado Espacio Cultural Carlos Gardel
sito en calle Olleros 3640, de esta Ciudad;
Que mediante Nota N° NO-2025-16851668-GCABA-DGPLBC, la citada Dirección
General pone a disposición, en el marco del citado Programa, el espacio denominado
Espacio Cultural Resurgimiento sito en calle Gral. José Gervasio Artigas 2262, de esta
Ciudad;
Que mediante Nota N° NO-2025-16852376-GCABA-DGPLBC, la aludida Dirección
General pone a disposición, en el marco del citado Programa, el espacio denominado
Centro Cultural Plaza Defensa, sito en calle Defensa 535, de esta Ciudad;
Que mediante Nota N° NO-2025-16852660-GCABA-DGPLBC, la referida Dirección
General pone a disposición, en el marco del citado Programa, el espacio denominado
Espacio Cultural Julián Centeya, sito en calle Av. San Juan 3255, de esta Ciudad;
Que mediante Nota N° NO-2025-16852985-GCABA-DGPLBC, la mentada Dirección
General pone a disposición, en el marco del citado Programa, el espacio denominado
Espacio Cultural Adán Buenosayres, sito en calle Av. Asamblea 1200, de esta Ciudad;
Que mediante Nota N° NO-2025-15669319-GCABA-CCR, la Dirección General del
Centro Cultural Recoleta de este Ministerio, pone a disposición, en el marco del
presente Programa, el espacio denominado Sala de Ensayo, sito en calle Junín N°
1930 de esta Ciudad;
Que mediante Nota N° NO-2025-15625025-GCABA-CTBA, la Dirección General y
Artística Complejo Teatral de Buenos Aires de este Ministerio pone a disposición, en el
marco del presente Programa, el espacio denominado Parque de la Estación - La
Nave, sito en calle Tte. Gral. Juan Domingo Perón N° 3326 de esta Ciudad;
Que en este marco, resulta menester establecer el llamado a convocatoria para la
participación de la edición 2025 de la actividad Laboratorio PRODANZA, la cual se
desarrollará durante los meses de junio, julio y agosto del corriente año, detallando las
opciones de residencia disponibles;
Que en este contexto, mediante N° IF-2025-17458250-GCABA-DGDCC, la Dirección
General Desarrollo Cultural y Creativo de este Ministerio propicia la aprobación de la
citada reglamentación y la apertura del llamado a convocatoria para la presentación de
solicitudes en el marco de la actividad "Laboratorio PRODANZA" del Programa de
Residencias para la Creación PRODANZA, perteneciente al Régimen de Fomento
para la Actividad de la Danza No Oficial;
Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado
intervención de conformidad con las previsiones de la Ley N° 1.218 (texto consolidado
por Ley N° 6.764);
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Derogar la Resolución N° 3559-MCGC/24.
Artículo 2°.- Aprobar las bases y condiciones de la actividad "Laboratorio
PRODANZA", en el marco del Programa de Residencias para la Creación
PRODANZA perteneciente al Régimen de Fomento para la Actividad de la Danza No
Oficial que, como Anexos I "Bases y Condiciones - Programa de Residencias para la
Creación -PRODANZA" (IF-2025-17431458-GCABA-DGDCC), II "Formulario de
Solicitud - Laboratorio PRODANZA" (IF-2025-17383782-GCABA-DGDCC), III
"Conformidad de Representación - Laboratorio PRODANZA" (IF-2025-17383635-
GCABA-DGDCC) y IV "Declaración Jurada del solicitante - Laboratorio PRODANZA"
(IF-2025-17383377-GCABA-DGDCC), forman parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo 3°.- Convocar a los sujetos comprendidos en el marco de la actividad
"Laboratorio PRODANZA" del Programa de Residencias para la Creación
PRODANZA, perteneciente al Régimen de Fomento para la Actividad de la Danza No
Oficial, para la presentación de solicitudes de inscripción, desde las 10:00 horas del 07
de mayo de 2025 hasta las 17:00 horas del 21 de mayo de 2025, para la participación
de la edición 2025 de dicha actividad, a desarrollarse en los meses de junio, julio y
agosto del corriente año.
Artículo 4°.- Establecer la inclusión de las opciones de residencia en el marco de la
presente convocatoria conforme el siguiente detalle:
1) Espacio Cultural Carlos Gardel sito en calle Olleros 3640, Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, capacidad máxima: cinco (5) personas. Turnos disponibles:
a) Lunes de 09:30 hs. a 12:30 hs.
2) Espacio Cultural Resurgimiento sito en calle Gral. José Gervasio Artigas 2262,
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, capacidad máxima: cinco (5) personas. Turnos
disponibles:
a) Lunes y miércoles de 10:00 hs. a 13:00 hs.
3) Centro Cultural Plaza Defensa sito en calle Defensa 535, Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, capacidad máxima: cinco (5) personas. Turnos disponibles:
a) Viernes de 14:00 hs. a 17:00 hs.
4) Espacio Cultural Julián Centeya sito en calle Av. San Juan 3255, Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, capacidad máxima: cinco (5) personas. Turnos disponibles:
a) Viernes de 12:00 hs. a 15:00 hs.
5) Espacio Cultural Adán Buenosayres sito en calle Av. Asamblea 1200, Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, capacidad máxima: cinco (5) personas. Turnos
disponibles:
a) Lunes de 12:45 hs. a 14:45 hs.
6) Centro Cultural Recoleta sito en calle Junín 1930, Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, capacidad máxima: veinte (20) personas. Turnos disponibles:
a) Lunes de 09:00 hs. a 16:00 hs.
b) Miércoles de 09:00 hs. a 12:00 hs.
7) Espacio Parque de la Estación - La Nave, sito en calle Tte. Gral. Juan Domingo
Perón N° 3326, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, capacidad máxima: veinte (20)
personas. Turnos disponibles:
a) Martes y jueves de 14:00 hs. a 17:00 hs.
b) Sábados de 10:00 hs. a 13:00 hs.
Artículo 5°.- Establecer que el solicitante deberá consignar en el formulario Anexo II
"Formulario de Solicitud Laboratorio PRODANZA" (IF-2025-17383782-GCABA-
DGDCC) el espacio y turno seleccionados, identificando dos (2) opciones como
máximo, en orden de preferencia, conforme la disponibilidad establecida mediante el
artículo 4° de la presente.
Artículo 6°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y,
para su conocimiento y demás efectos, remitir a la Gerencia Operativa Operaciones y
Regímenes de Promoción Cultural dependiente de la Dirección General Desarrollo
Cultural y Creativo de este Ministerio. Cumplido, Archivar.- Ricardes
ANEXOS
El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7120 ANEXO 1
El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7120 ANEXO 2
El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7120 ANEXO 3
El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7120 ANEXO 4