RESOLUCIÓN 2293 2025 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
INSTRUMENTA - ACTA DE NEGOCIACION COLECTIVA 20/25- COMISIÓN PARITARIA CENTRAL - APROBACIÓN DE GRILLAS SALARIALES - NIVELES QUE COMPONEN LA CARRERA DE ENFERMERÍA PROFESIONAL - SISTEMA PÚBLICO DE SALUD - ACTUALIZACIÓN DE MONTOS - REMUNERACIONES - SALARIOS - SUELDOS - TRABAJADORES COMPRENDIDOS EN LA CARRERA DE LEY 6767 - PERCEPCIÓN DE SUMA DE $60.000
Publicación:
28/05/2025
Sanción:
23/05/2025
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
VISTO: La Ley N° 471, el Decreto N° 465/04, el Acta de Negociación Colectiva -
Comisión Central N° 20/2025, el Expediente Electrónico N° 2025-20977548-GCABA-
DGTALMHF y;
CONSIDERANDO:
Que con fecha 20 de mayo de 2025, se celebró el Acta de Negociación Colectiva
Comisión Paritaria Central N° 20/2025, en el marco del Título II de la Ley N° 471 de
Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, suscripta entre los representantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires y el Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos
Aires (SUTECBA);
Que, mediante la misma, las partes aprobaron las grillas salariales correspondientes a
los niveles que componen la Carrera de Enfermería Profesional del Sistema Público de
Salud que como Anexo I forma parte del Acta, conforme lo establecido en el Acta N°
19/25;
Que, asimismo, acordaron que los montos establecidos en el Anexo I, se actualizarán
de acuerdo a los incrementos salariales que, a partir de la firma de la presente Acta,
se determinen mediante Acta de Negociación Colectiva;
Que las partes dejaron establecido que los trabajadores comprendidos en la Carrera
de Enfermería Profesional del Sistema Público de Salud aprobado por Ley N° 6767,
continuarán percibiendo la suma de $ 60.000, conforme lo establecido en el Acta N°
02/24 y modificatorias;
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 94 de la Ley N° 471 (texto
consolidado por Ley N° 6764), los acuerdos arribados en el ámbito de la Negociación
Colectiva, regulada por el Título II de la misma, deben ser instrumentados mediante el
acto administrativo respectivo;
Que, por lo expuesto, corresponde emitir el pertinente acto administrativo por el cual
se instrumente el Acta de Negociación Colectiva Comisión Paritaria Central N°
20/2025;
Por ello, en orden a las facultades delegadas por el Decreto N° 465/04,
Artículo 1°.- Instrumentar el Acta de Negociación Colectiva Comisión Central N°
20/2025, suscripta el día 20 de mayo de 2025 entre los representantes del Gobierno
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Sindicato Único de Trabajadores del
Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA), la que como Anexo (IF-2025-
21148064-GCABA-DGTALMHF) forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Publíquese. Comuníquese al Sindicato Único de Trabajadores del Estado
de la Ciudad de Buenos Aires y al Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad de
Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Subsecretaria de
Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y
Presupuesto. Cumplido, archívese. Arengo Piragine
ANEXOS
El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7130