RESOLUCIÓN 2293 2025 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

INSTRUMENTA - ACTA DE NEGOCIACION COLECTIVA 20/25- COMISIÓN PARITARIA CENTRAL - APROBACIÓN DE GRILLAS SALARIALES - NIVELES QUE COMPONEN LA CARRERA DE ENFERMERÍA PROFESIONAL - SISTEMA PÚBLICO DE SALUD - ACTUALIZACIÓN DE MONTOS - REMUNERACIONES - SALARIOS - SUELDOS - TRABAJADORES COMPRENDIDOS EN LA CARRERA DE LEY 6767 - PERCEPCIÓN DE SUMA DE $60.000

Publicación:

28/05/2025

Sanción:

23/05/2025

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


VISTO: La Ley N° 471, el Decreto N° 465/04, el Acta de Negociación Colectiva -

Comisión Central N° 20/2025, el Expediente Electrónico N° 2025-20977548-GCABA-

DGTALMHF y;

CONSIDERANDO:

Que con fecha 20 de mayo de 2025, se celebró el Acta de Negociación Colectiva

Comisión Paritaria Central N° 20/2025, en el marco del Título II de la Ley N° 471 de

Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, suscripta entre los representantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y el Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos

Aires (SUTECBA);

Que, mediante la misma, las partes aprobaron las grillas salariales correspondientes a

los niveles que componen la Carrera de Enfermería Profesional del Sistema Público de

Salud que como Anexo I forma parte del Acta, conforme lo establecido en el Acta N°

19/25;

Que, asimismo, acordaron que los montos establecidos en el Anexo I, se actualizarán

de acuerdo a los incrementos salariales que, a partir de la firma de la presente Acta,

se determinen mediante Acta de Negociación Colectiva;

Que las partes dejaron establecido que los trabajadores comprendidos en la Carrera

de Enfermería Profesional del Sistema Público de Salud aprobado por Ley N° 6767,

continuarán percibiendo la suma de $ 60.000, conforme lo establecido en el Acta N°

02/24 y modificatorias;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 94 de la Ley N° 471 (texto

consolidado por Ley N° 6764), los acuerdos arribados en el ámbito de la Negociación

Colectiva, regulada por el Título II de la misma, deben ser instrumentados mediante el

acto administrativo respectivo;

Que, por lo expuesto, corresponde emitir el pertinente acto administrativo por el cual

se instrumente el Acta de Negociación Colectiva Comisión Paritaria Central N°

20/2025;

Por ello, en orden a las facultades delegadas por el Decreto N° 465/04,

EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE:

Artículo 1°.- Instrumentar el Acta de Negociación Colectiva Comisión Central N°

20/2025, suscripta el día 20 de mayo de 2025 entre los representantes del Gobierno

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Sindicato Único de Trabajadores del

Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA), la que como Anexo (IF-2025-

21148064-GCABA-DGTALMHF) forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Publíquese. Comuníquese al Sindicato Único de Trabajadores del Estado

de la Ciudad de Buenos Aires y al Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad de

Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Subsecretaria de

Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y

Presupuesto. Cumplido, archívese. Arengo Piragine


ANEXOS

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7130

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

APRUEBA
<p>Artículo 1  de la Resolucion 2293-MHFGC/25 instrumenta el Acta de Negociación Colectiva Comisión Central 20/2025.</p>