RESOLUCIÓN 54 2025 INSTITUTO DE GESTION ELECTORAL
Síntesis:
APRUEBA -ACTA OPERATIVA N° 1 SUSCRIPTA CON LA UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES SE AUTORIZA LA TRANSFERENCIA DE SUMA DE DINERO A FAVOR DE LA UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES - ACCIONES DE ASISTENCIA TÉCNICA Y PROFESIONAL - PRUEBAS Y AUDITORÍAS DE LAS TECNOLOGÍAS ELECTRÓNICAS - EMISIÓN DEL VOTO - ESCRUTINIO DE MESA - TRANSMISIÓN Y TOTALIZACIÓN DE RESULTADOS PROVISORIOS PARA EL PROCESO ELECTORAL - ELECCIONES 2025
Publicación:
29/05/2025
Sanción:
11/05/2025
Organismo:
INSTITUTO DE GESTION ELECTORAL
VISTO: Las Leyes N° 6.031 (texto consolidado según Ley N° 6.764) y N° 6.807, los
Decretos N° 401/24 y N° 91/2025, el Convenio N° 18938047-DGEGRAL-2025, el
Expediente N° EX-2025-18654102-GCABA-IGE, y;
CONSIDERANDO:
Que, por Ley N° 6.031 (texto consolidado según Ley N° 6.764) aprobó el Código
Electoral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciendo en su artículo 126,
que el Instituto de Gestión Electoral tiene a su cargo la aprobación de los sistemas
electrónicos a ser incorporados en los procedimientos de emisión de voto, escrutinio
de mesa y transmisión de resultados provisorios, debiendo ser aprobados con al
menos cincuenta (50) días de anticipación a la realización de los comicios, junto con la
documentación que denote los resultados de las auditorías efectuadas sobre dichos
sistemas;
Que en ese sentido, el mentado código normativo, en su artículo 128 establece que el
Instituto de Gestión Electoral debe implementar un proceso general de pruebas y
auditorías de las tecnologías electrónicas a ser incorporadas, a efectos de evaluar que
estas cumplen con los requisitos exigidos por el Código Electoral;
Que, a mayor abundamiento, el artículo 130 del Código Electoral, habilita a este
Instituto a solicitar el apoyo de organismos nacionales e internacionales para la
realización de las respectivas auditorías, en pos de comprobar el correcto
funcionamiento de las tecnologías y su adecuación a todos los principios y
requerimientos establecidos en el Código Electoral;
Que en ese marco, el Instituto de Gestión Electoral suscribió un Convenio Marco de
Colaboración con la Universidad de Buenos Aires, para contar con su asistencia
técnica y profesional en relación al proceso general de prueba y auditoría de las
tecnologías a implementar en las etapas de emisión del voto, escrutinio de mesa,
transmisión y totalización de resultados provisorios del proceso electoral de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires del año 2025, considerando su prestigio, así como las
capacidades técnicas y profesionales de la institución, el cual fue registrado ante la
Escribanía General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 18938047-DGEGRAL-
2025;
Que la cláusula segunda del convenio determina que LAS PARTES suscribirán Actas
Operativas, por cada tecnología, con el fin de establecer las acciones técnicas a
desarrollar, plan de trabajo, horas y plazos.
Que la cláusula séptima del mencionado convenio establece que los costos que
implica la realización de las tareas del acuerdo y actas operativas a suscribirse serán
solventados por cuenta exclusiva del Instituto, estableciendo en dichos instrumentos el
valor de la hora, la cantidad de horas demandadas por cada actividad y el monto que
percibirá la universidad por cada asistencia técnica, en concepto de gestión y gastos
administrativos;
Que mediante Acta Operativa N° 1 de fecha 23 de abril de 2025, las partes acordaron
un total de dos mil ochocientos (2.800) horas hombre de trabajo profesional,
ascendiendo a un valor total de pesos ciento diez millones setenta y cinco mil
($ 110.075.000.-) por los trabajos allí detallados y cumplidos por la Universidad de
Buenos Aires, tal y como surge IF-2025-18993728-GCABA-IGE;
Que obra en autos el respaldo presupuestario suficiente para cubrir con el gasto en
cuestión (DOCFI-2025-18707545-GCABA-IGE);
Que la Gerencia Operativa Legal, Técnica y Administrativa, en su calidad de servicio
jurídico de este Instituto, tomó intervención y se expidió mediante Informe Jurídico IF-
2025-18994517-GCABA-IGE;
Que atento lo expuesto precedentemente corresponde dictar el acto administrativo
pertinente;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 6.031 (texto consolidado
según Ley N° 6.764),
Artículo 1°.- Apruébase el Acta Operativa N° 1 suscripta con la Universidad de Buenos
Aires (CUIT 30-54666656-1) en el marco del Convenio Marco de Colaboración,
registrado bajo N° 18938047-DGEGRAL-2025, que como Anexo (IF-2025-18993728-
GCABA-IGE) forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Autorizase la transferencia de pesos ciento diez millones setenta y cinco
mil ($ 110.075.000.-) a favor de la Universidad de Buenos Aires (CUIT 30-54666656-
1), según lo estipulado en el Acta Operativa N° 1 aprobada en el artículo 1° y conforme
los términos del Convenio Marco de Colaboración, registrado bajo N° 18938047-
DGEGRAL-2025.
Artículo 3°.- Imputese el gasto que demande la presente a las partidas presupuestarias
correspondiente al Ejercicio en vigencia.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
comuníquese a la Universidad de Buenos Aires y pase para su conocimiento y demás
efectos a la Dirección General Contaduría. Cumplido, archívese. González
ANEXOS
El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7131