RESOLUCIÓN 53 2025 INSTITUTO DE GESTION ELECTORAL
Síntesis:
APRUEBA - ACTA OPERATIVA N° 1 SUSCRIPTA CON EL COLEGIO PÚBLICO DE ABOGADOS DE CAPITAL FEDERAL Y TRANSFIERE SUMA DE DINERO - INSTITUTO DE GESTION ELECTORAL
Publicación:
30/05/2025
Sanción:
11/05/2025
Organismo:
INSTITUTO DE GESTION ELECTORAL
VISTO: Las Leyes N° 6.031 (texto consolidado según Ley N° 6.764) y N° 6.807, los
Decretos N° 401/24 y N° 91/2025, el Convenio N° 06976233-DGEGRAL-2025, el
Expediente N° EX-2025-17799471-GCABA-IGE, y;
CONSIDERANDO:
Que, por Ley N° 6.031 (texto consolidado según Ley N° 6.764) aprobó el Código
Electoral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciendo en su artículo 126,
que el Instituto de Gestión Electoral tiene a su cargo la aprobación de los sistemas
electrónicos a ser incorporados en los procedimientos de emisión de voto, escrutinio
de mesa y transmisión de resultados provisorios, debiendo ser aprobados con al
menos cincuenta (50) días de anticipación a la realización de los comicios, junto con la
documentación que denote los resultados de las auditorías efectuadas sobre dichos
sistemas;
Que en ese sentido, el mentado código normativo, en su artículo 128 establece que el
Instituto de Gestión Electoral debe implementar un proceso general de pruebas y
auditorías de las tecnologías electrónicas a ser incorporadas, a efectos de evaluar que
estas cumplen con los requisitos exigidos por el Código Electoral;
Que, a mayor abundamiento, el artículo 130 del Código Electoral, habilita a este
Instituto a solicitar el apoyo de organismos nacionales e internacionales para la
realización de las respectivas auditorías, en pos de comprobar el correcto
funcionamiento de las tecnologías y su adecuación a todos los principios y
requerimientos establecidos en el Código Electoral;
Que en ese marco, el Instituto de Gestión Electoral suscribió un Convenio Marco de
Colaboración con el Colegio Público de Abogados de Capital Federal (CUIT N° 30-
61151835-4), para contar con su asistencia técnica y profesional en relación al
proceso general de prueba y auditoría de las tecnologías a implementar en las etapas
de emisión del voto, escrutinio de mesa, transmisión y totalización de resultados
provisorios del proceso electoral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires del año
2025, considerando su capacidad técnica y profesional de la institución, el cual fue
registrado ante la Escribanía General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°
06976233-DGEGRAL-2025;
Que la cláusula segunda del convenio determina que LAS PARTES suscribirán Actas
o Acuerdos Específicos, con el fin de establecer las acciones técnicas a desarrollar,
plan de trabajo, horas y plazos.
Que mediante Acta Operativa N° 1 de fecha 5 de marzo de 2025, las partes acordaron
un total de setecientos cincuenta (750) horas de trabajo profesional, ascendiendo a un
valor total de pesos veintiocho millones cinco veinticinco mil ($ 28.125.000.-) por los
trabajos cumplidos por el Colegio Público de Abogados de Capital Federal (CUIT N°
30-61151835-4), tal y como surge IF-2025-16602057-GCABA-DGEGRAL;
Que obra en autos el respaldo presupuestario suficiente para cubrir con el gasto en
cuestión;
Que la Gerencia Operativa Legal, Técnica y Administrativa, en su calidad de servicio
jurídico de este Instituto, tomó intervención y se expidió mediante Informe Jurídico IF-
2025-18969281-GCABA-IGE;
Que atento lo expuesto precedentemente corresponde dictar el acto administrativo
pertinente;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 6.031 (texto consolidado
según Ley N° 6.764),
Artículo 1°: Aprobase el Acta Operativa N° 1 suscripta con el Colegio Público de
Abogados de Capital Federal (CUIT N° 30-61151835-4) en el marco del Convenio
Marco de Colaboración, registrado bajo N° 06976741-DGEGRAL-2025, que como
Anexo (IF-2025-16602057-GCABA-IGE) forma parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo 2°: Autorizase la transferencia de pesos veintiocho millones cinco veinticinco
mil ($ 28.125.000.-) a favor del Colegio Público de Abogados de Capital Federal (CUIT
N° 30-61151835-4), según lo estipulado en el Acta Operativa N° 1 aprobada en el
artículo 1° y conforme los términos del Convenio Marco de Colaboración, registrado
bajo N° 06976741-DGEGRAL-2025.
Artículo 3°: Imputese el gasto que demande la presente a las partidas presupuestarias
correspondiente al Ejercicio en vigencia.
Artículo 4°: Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
comuníquese a la Universidad Tecnológica Nacional Facultad Regional Buenos
Aires y pase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General Contaduría.
Cumplido, archívese. González
ANEXOS
El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7132