DISPOSICIÓN 559 2025 DIRECCION GENERAL DE INTERPRETACION URBANISTICA

Síntesis:

APRUEBA PLAZOS DE TRAMITACIÓN - CONSULTAS DE INTERPRETACIÓN URBANÍSTICA -  FIJACIÓN DE LÍNEA DE FRENTE INTERNO - CONSULTA OBLIGATORIA  GENERAL - OBLIGATORIA PARA INMUEBLES EN APH O CATALOGADOS, CONSULTA DE USOS - SOLICITUDES ESPECIALES PARA INMUEBLES EN APH O CATALOGADOS - VISADO DE ANUNCIO PUBLICITARIO - FRONTAL - SALIENTE - MARQUESINA Y-O TOLDOS - CONSULTA DE EMPLAZAMIENTO DE ESTRUCTURAS SOPORTES DE ANTENAS E INFORME URBANÍSTICO - DIRECCION GENERAL DE INTERPRETACION URBANISTICA - PROCEDIMIENTO - EXPEDIENTES -ARCHIVO - ADMISIBILIDAD

Publicación:

02/06/2025

Sanción:

29/04/2025

Organismo:

DIRECCION GENERAL DE INTERPRETACION URBANISTICA


VISTO: La Ley N° 6099 y sus modificatorias, el Decreto N° 99/GCABA/2019, el

Decreto N° 334/24, la Disposición N° 970/DGIUR/23 , el Expediente Electrónico N° EX-

2025-17556467- -GCABA-DGIUR, y;

CONSIDERANDO:

Que por los presentes actuados, mediante la Disposición N° 970/DGIUR/23, se

aprobaron los procedimientos de las consultas de Interpretación Urbanística, Fijación

de Línea de Frente Interno, Consulta Obligatoria General, Certificado Urbanístico,

Consulta Obligatoria para Inmuebles en APH o Catalogados, Solicitudes Especiales

para Inmuebles en APH o Catalogados, Consulta de Usos, Visado de Anuncio

Publicitario (Frontal, saliente) marquesina y/o toldos, Consulta de emplazamiento de

estructuras soportes de antenas, conforme lo establecido por el Anexo I (IF-2023-

17745133-GCABA-DGIUR);

Que por los presentes actuados se propician regular los plazos de tramitación de las

consultas de Interpretación Urbanística, Fijación de Línea de Frente Interno, Consulta

Obligatoria (Consulta Obligatoria General, Consulta Obligatoria para Inmuebles en

APH o Catalogados, Consulta de Usos), Solicitudes Especiales para Inmuebles en

APH o Catalogados, Visado de Anuncio Publicitario (Frontal, saliente) marquesina y/o

toldos, Consulta de emplazamiento de estructuras soportes de antenas e Informe

Urbanístico; de acuerdo a lo dispuesto por el Código Urbanístico, aprobado por Ley N°

6.099 y modificatorias;

Que a través del Art. 2.4 - Consulta al Organismo Competente del Código Urbanístico

se dispone que el mismo es el procedimiento por el cual se efectúan las consultas

técnicas urbanísticas, siendo ella obligatoria en los casos que así se determinen en el

referido Código;

Que dentro de lo antedicho se encuadran los trámites de Interpretación Urbanística,

Fijación de Línea de Frente Interno, Consulta Obligatoria (Consulta Obligatoria

General, Consulta Obligatoria para Inmuebles en APH o Catalogados, Consulta de

Usos), Solicitudes Especiales para Inmuebles en APH o Catalogados, Visado de

Anuncio Publicitario (Frontal, saliente) marquesina y/o toldos, Consulta de

emplazamiento de estructuras soportes de antenas e Informe Urbanístico;

Que por Decreto N° 334/24 se estableció entre las responsabilidades primarias de la

Dirección General de Interpretación Urbanística las de "Proponer la reglamentación

técnica correspondiente al Código Urbanístico", "Disponer e informar la aplicación del

Código Urbanístico y de las normas urbanísticas que lo completen o en el futuro lo

reemplacen", "Realizar la interpretación de las normas urbanísticas y del patrimonio

arquitectónico y urbanístico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" y "Aplicar y

entender en la normativa sobre usos, tejido urbano y patrimonio arquitectónico y

urbanístico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", entre otras;

Que a los fines de simplificar y agilizar los trámites y procedimientos que deban

tramitarse ante esta Dirección General de Interpretación Urbanística dependiente de la

Subsecretaría de Gestión Urbana de la Secretaría de Desarrollo Urbano, con el objeto

de asegurar su economía administrativa y celeridad, resulta necesario aprobar el

procedimiento aplicable a las distintas tramitaciones previamente enunciadas;

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA

DISPONE

Artículo 1°.- Aprobar los plazos de tramitación de las consultas de Interpretación

Urbanística, Fijación de Línea de Frente Interno, Consulta Obligatoria (Consulta

Obligatoria General, Consulta Obligatoria para Inmuebles en APH o Catalogados,

Consulta de Usos), Solicitudes Especiales para Inmuebles en APH o Catalogados,

Visado de Anuncio Publicitario (Frontal, saliente) marquesina y/o toldos, Consulta de

emplazamiento de estructuras soportes de antenas e Informe Urbanístico, conforme lo

establecido por el Anexo I (IF-2025-17628960-GCABA-DGIUR) que integra la presente

Disposición.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión Urbana y a la Dirección General Registro

de Obras y Catastro para su conocimiento y demás efectos. La presente Disposición

entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial del GCBA. Cumplido,

archívese. Giraud


ANEXOS

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7133

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Artículo 1° de la Dispsoicion 559-DGIUR/25 aprueba los plazos de tramitación de consultas  cuyos procedimientos aprobara la Disposición 970-DGIUR/23.</p>