DECRETO 205 2025
Síntesis:
SANCIONA CON CESANTÍA - D.K.R. - FC 480.319 - MAESTRA BIBLIOTECARIA - PRIMARIA - ESCUELA 9 - DISTRITO ESCOLAR 7
Publicación:
03/06/2025
Sanción:
30/05/2025
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ordenanza 40.593 y la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad
de Buenos Aires aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia 1.510/97 (textos
consolidados por Ley 6.764), la Resolución 1440-MEDGC/24, el Expediente EX-2024-
5613062-GCABA-DGCLEI, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución 1440-MEDGC/24 se dispuso la instrucción del sumario
administrativo 194/24 a fin de investigar los hechos y deslindar las responsabilidades a
que hubiera lugar en relación a la situación irregular en que se hallara incursa la
agente D.K.R. (FC 480.319), en su carácter de Maestra Bibliotecaria de Primaria de la
Escuela 9 del Distrito Escolar 7, quien solicitó una licencia médica a través de la
plataforma MIA (Mi Autogestión), presentando un certificado médico presuntamente
apócrifo;
Que abierta la etapa de instrucción en mérito de los antecedentes y de las pruebas
recabadas se decretó el llamado a prestar declaración indagatoria de la agente D.K.R.
(FC 480.319), la que fue desarrollada por ante el organismo instructor;
Que habida cuenta de las constancias obrantes en el expediente, se formularon los
cargos administrativos correspondientes;
Que la Junta de Disciplina tomó la intervención de su competencia y acordó por
unanimidad con los cargos formulados por la Dirección General de Sumarios de la
Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires;
Que la agente en cuestión fue debidamente notificada de los cargos formulados como
así también de su derecho a tomar vista de las actuaciones para ofrecer descargo y
prueba, presentando su correspondiente defensa;
Que habiendo sido notificada del plazo para alegar, la agente D.K.R. (FC 480.319)
hizo uso del mismo;
Que no restando medios de prueba pendientes de producción se dispuso la clausura
de la etapa de instrucción;
Que la Dirección General de Sumarios de la Procuración General de la Ciudad de
Buenos Aires mediante Dictamen Jurídico identificado como IF-2025-05588245-
GCABA-DGSUM, luego de un pormenorizado análisis de los hechos, del descargo
formulado por la agente, de las pruebas colectadas y teniendo por probada la
ocurrencia de los hechos disvaliosos, aconsejó sancionar con cesantía a la agente
D.K.R. (FC 480.319), por haber sido hallada responsable de los cargos formulados en
el Sumario Administrativo 194/24 y con ello transgredir gravemente los deberes
establecidos en los incisos c), d) y g) del Artículo 6 de la Ordenanza 40.593 (texto
consolidado por Ley 6.764), quedando aprehendida su conducta en la previsión
contemplada en el Artículo 36 inciso f) de la citada Ordenanza;
Que el Procurador General de la Ciudad de Buenos Aires acordó con la sanción
aconsejada;
Que la Junta de Disciplina tomó nuevamente intervención mediante Dictamen de
Firma Conjunta identificado como IF-2025-07819622-GCABA-DGCDO, coincidiendo
por unanimidad con la sanción expresada por la Dirección General de Sumarios de la
Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires;
Que la Dirección General Asuntos Jurídicos dependiente del Ministerio de Educación
ha tomado la intervención de su competencia;
Que conforme surge de los actuados la docente no se encuentra amparada con
mandato gremial consagrado por la Ley Nacional 23.551;
Que en virtud de lo expuesto, lo dictaminado oportunamente por la Procuración
General de la Ciudad de Buenos Aires y la valoración efectuada sobre los elementos
probatorios y demás constancias obrantes en el Expediente, corresponde dictar el acto
administrativo pertinente.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad de Buenos Aires y el Artículo 38 de la Ordenanza 40.593,
Artículo 1°.- Sancionar con cesantía a la agente D.K.R. (FC 480.319) por haber sido
hallada responsable de los cargos formulados en el Sumario Administrativo 194/24 y
con ello transgredir los deberes establecidos en los incisos c), d) y g) del Artículo 6 de
la Ordenanza 40.593 (texto consolidado por Ley 6.764), quedando aprehendida su
conducta en la previsión contemplada en el Artículo 36 inciso f) de la citada
Ordenanza.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por la Ministra de Educación y por el
Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notificar a la
agente D.K.R. (FC 480.319), en los términos del Artículo 63 de la Ley de
Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, con copia del Dictamen
Jurídico IF-2025-05588245-GCABA-DGSUM, haciéndole saber que el presente acto
agota la instancia administrativa, sin perjuicio de que podrá articular dentro del plazo
de diez (10) días hábiles el recurso de reconsideración de conformidad con lo
dispuesto en el Artículo 50 de la Ordenanza 40.593 o el recurso previsto en el Artículo
466 del Código Contencioso Administrativo y Tributario aprobado por Ley 189 (textos
consolidados por Ley 6.764). Comunicar a la Subsecretaría de Gestión de Recursos
Humanos dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y a la Dirección General
Asuntos Jurídicos dependiente del Ministerio de Educación. Para su conocimiento y
demás efectos pase a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires.
Cumplido, archivar. MACRI - Miguel - Sánchez Zinny