RESOLUCIÓN 419 2025 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

MODIFICA - DENOMINACIÓN - CUERPO ARTÍSTICO DE BALLET - POR LA DE PLANTA TRANSITORIA COMPLEMENTARIA DEL BALLET ESTABLE DEL- ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN - SUSTITUYE - ANEXO I - DECRETO N° 71/25 - Y APRUEBA - REGLAMENTO - PLANTA TRANSITORIA CREADA POR EL DECRETO N° 71/25

Publicación:

04/06/2025

Sanción:

30/05/2025

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


VISTO: Las Leyes Nros. 471, 2.855 y 6.684 (textos consolidados por Ley N° 6.764), el

Decreto N° 71/25, el Expediente Electrónico N° 22754900-GCABA-EATC/25, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 471 regula las Relaciones Laborales en la Administración Pública de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires y establece en su artículo 54 que el régimen de

contrataciones de trabajadores por tiempo determinado comprende exclusivamente la

prestación de servicios de carácter transitorio o eventual, no incluidos en las funciones

propias del régimen de carrera;

Que el mencionado artículo 54 establece que en ningún caso dicha transitoriedad

puede exceder los cuatro (4) años, pudiendo su designación ser cancelada en

cualquier momento;

Que mediante la Ley N° 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando entre ellos al Ministerio de

Hacienda y Finanzas y al Ministerio de Cultura;

Que la citada Ley establece que entre los objetivos del Ministerio de Hacienda y

Finanzas se encuentran el de diseñar, implementar y supervisar la aplicación de la

política salarial y diseñar e implementar las políticas de gestión y administración de los

recursos humanos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, asimismo, aquella misma norma señala que los objetivos del Ministerio de

Cultura incluyen diseñar e implementar las políticas, planes y programas tendientes a

preservar y acrecentar el acervo cultural, diseñar e implementar políticas, normas,

proyectos y obras que tengan por objeto el desarrollo y preservación del patrimonio de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como de su infraestructura cultural, y

supervisar el funcionamiento y participar en la elaboración de la programación artística

del Teatro Colón y del Complejo Teatral de la Ciudad de Buenos Aires;

Que por Ley N° 2.855, reglamentada mediante Decreto N° 1.342/08, se creó el Ente

Autárquico Teatro Colón, en el ámbito del Ministerio de Cultura del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con personería jurídica propia, autonomía

funcional y autarquía financiera, con la organización y competencias establecidas en

dicha ley;

Que el citado Ente tiene la función de promover y divulgar el arte lírico, coreográfico,

musical sinfónico y de cámara- y experimental en su expresión de excelencia de

acuerdo a su tradición histórica (cfr. art. 2° de la Ley N° 2.855);

Que el Decreto N° 71/25 creó el Cuerpo Artístico de Ballet, conforme el Anexo I del

mismo, en el marco de lo dispuesto por el artículo 54 de la Ley N° 471, con el fin de

proveer al Ente Autárquico Teatro Colón de una dotación específica de bailarines

clásicos para cumplir los objetivos de excelencia artística de Ballet, con el propósito de

favorecer a la evolución de las prácticas y técnicas de esta danza y optimizar la

gestión interna a través de un uso más eficiente y productivo de los recursos públicos,

para el período comprendido entre el 1° de febrero y el 31 de diciembre de 2025;

Que el artículo 2° del Decreto citado establece que las designaciones para ese cuerpo

se efectuarán previa acreditación de las condiciones que establezca la autoridad de

aplicación a tales efectos, y serán por tiempo determinado, carecerán de estabilidad,

cesarán automáticamente a la fecha de finalización de su designación, y podrá

disponerse su cese anticipado sin expresión de causa;

Que el artículo 5° del Decreto N° 71/25 encomienda en forma conjunta a los titulares

del Ministerio de Cultura y de Hacienda y Finanzas la renovación y modificación del

Cuerpo creado por el mencionado Decreto, mientras que su artículo 6° establece que

el Ministerio de Hacienda y Finanzas es la autoridad de aplicación de dicha norma, al

que se le delega la facultad de dictar las normas interpretativas, aclaratorias,

operatorias y complementarias necesarias para su aplicación;

Que en este marco y teniendo en cuenta la finalidad tomada en consideración para la

aprobación del Decreto N° 71/25, se estima necesaria la modificación de la

denominación del cuerpo creado por dicho Decreto, de manera que se destaque la

transitoriedad propia de este personal que está contemplado en el artículo 54 de la Ley

N° 471 y, del mismo modo, se estima conveniente sustituir la distribución de los cupos

asignados que fueran aprobados por el Anexo I de la mencionada norma;

Que así también y de acuerdo a lo establecido en el artículo 2° del citado Decreto,

resulta necesario aprobar el reglamento para el personal que integre la planta del

personal transitorio creado por el Decreto N° 71/25;

Que el Ente Autárquico Teatro Colón ha tomado la intervención en el ámbito de su

competencia;

Que por todo lo expuesto corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 71/25,

EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

Y LA MINISTRA DE CULTURA

RESUELVEN:

Artículo 1°.- Modificar la denominación del "Cuerpo Artístico de Ballet" del artículo 1°

del Decreto N° 71/25, por la de "Planta transitoria complementaria del ballet estable del

Ente Autárquico Teatro Colón".

Artículo 2°.- Sustituir el Anexo I del Artículo 1° del Decreto N° 71/25 por el Anexo I (IF-

2025-22897308-GCABA-EATC) el que, a todos sus efectos, forma parte integrante de

la presente resolución.

Artículo 3°.- Aprobar el reglamento de la planta transitoria creada por el Decreto N°

71/25, conforme lo establecido en el Anexo II (IF-2025-22898218-GCABA-EATC) el

cual, a todos los efectos, forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y

para su conocimiento y demás afectos, comunicar a la Direcciones Generales

Administración y Liquidación de Haberes, Planificación y Control Operativo y

Desarrollo del Servicio Civil de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos,

dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y al Ente Autárquico Teatro Colón.

Cumplido, archivar. Ricardes - Arengo Piragine


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7135- ANEXO I

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7135- ANEXO II

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTADA POR
<p>Artículo 1 de la Resolución Conjunta 108-MHFGC-26 aprueba la Planta Transitoria complementaria del ballet estable del Ente Autárquico Teatro Colón por el período comprendido entre el 1° de enero al 31 de diciembre de 2026, complementando la Resolución 419-MHFGC/25.</p>
MODIFICA
<p>Artículo 1 de la Resolución Conjunta N° 419/MHFGC/25 modifica la denominación del “Cuerpo Artístico de Ballet” del artículo 1º del Decreto N° 71/25.</p><p>Artículo 2 sustituye el Anexo I del Artículo 1° del Decreto N° 71/25.</p>