DECRETO 207 2025
Síntesis:
SANCIONA CON CESANTÍA - AGENTE - M C R - F.C. 293336 - POR HABER SIDO HALLADA RESPONSABLE DE LOS CARGOS FORMULADOS - SUMARIO ADMINISTRATIVO 209/22
Publicación:
05/06/2025
Sanción:
03/06/2025
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ordenanza 40.593 y la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad
de Buenos Aires aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia 1.510/97 (textos
consolidados por Ley 6.764), la Resolución 2516-MEDGC/22, el Expediente EX-2021-
33908319-GCABA-DGAMT, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución 2516-MEDGC/22 se dispuso la instrucción del sumario
administrativo 209/22 a fin de investigar los hechos y deslindar las responsabilidades a
que hubiere lugar en relación a la situación irregular en que se hallaría incursa la
agente M.C.R. (F.C. 293.336) en su carácter de Maestra de Grado suplente en la
Escuela 6 "República de la India" del Distrito Escolar 21, quien solicitó una licencia
médica a través de la plataforma MIA (Mi Autogestión), presentando un certificado
médico presuntamente apócrifo;
Que abierta la etapa de instrucción en mérito de los antecedentes y de las pruebas
recabadas se decretó el llamado a prestar declaración indagatoria de la agente M.C.R.
(F.C. 293.336), quien hizo uso de su derecho de negarse a declarar;
Que habida cuenta de las constancias obrantes en el expediente, se formularon los
respectivos cargos administrativos;
Que la Junta de Disciplina tomó la intervención de su competencia y acordó por
unanimidad con los cargos formulados por la Dirección General de Sumarios de la
Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires;
Que la agente en cuestión fue debidamente notificada de los cargos formulados como
así también de su derecho a tomar vista de las actuaciones para ofrecer descargo y
prueba, no realizando presentación alguna;
Que habiendo sido notificada del plazo para alegar, la agente no hizo uso del mismo;
Que no restando medios de prueba pendientes de producción se dispuso la clausura
de la etapa de instrucción;
Que la Dirección General de Sumarios de la Procuración General de la Ciudad de
Buenos Aires mediante Dictamen Jurídico identificado como IF-2025-07831881-
GCABA-DGSUM, luego de un pormenorizado análisis de los hechos, de las pruebas
colectadas y teniendo por probada la ocurrencia de los hechos disvaliosos, aconsejó
sancionar con cesantía a la agente M.C.R. (F.C. 293.336), por haber sido hallada
responsable de los cargos formulados en el Sumario Administrativo 209/22 y con ello
transgredir gravemente los deberes establecidos en los incisos c), d) y g) del artículo 6
de la Ordenanza 40.593 (texto consolidado por Ley 6.764), quedando aprehendida su
conducta en la previsión contemplada en el Artículo 36 inciso f) del citado Estatuto
Docente;
Que el Procurador General de la Ciudad de Buenos Aires acordó con la sanción
aconsejada;
Que la Junta de Disciplina tomó nuevamente intervención mediante Dictamen de
Firma Conjunta identificado como IF-2025-11293500-GCABA-DGCDO, coincidiendo
por unanimidad con la sanción expresada por la Dirección General de Sumarios de la
Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires;
Que la Dirección General Asuntos Jurídicos dependiente del Ministerio de Educación
ha tomado la intervención de su competencia;
Que conforme surge de los actuados la docente no se encuentra amparada con
mandato gremial consagrado por la Ley Nacional 23.551;
Que en virtud de lo expuesto, lo dictaminado oportunamente por la Procuración
General de la Ciudad de Buenos Aires y la valoración efectuada sobre los elementos
probatorios y demás constancias obrantes en el expediente, corresponde dictar el acto
administrativo pertinente.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los Artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad de Buenos Aires y el Artículo 38 de la Ordenanza 40.593,
Artículo 1°.- Sancionar con cesantía a la agente M.C.R. (F.C. 293.336) por haber sido
hallada responsable de los cargos formulados en el Sumario Administrativo 209/22 y
con ello transgredir los deberes establecidos en los incisos c), d) y g) del artículo 6 de
la Ordenanza 40.593, quedando aprehendida su conducta en la previsión contemplada
en el artículo 36 inciso f) de la citada Ordenanza.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por la Ministra de Educación y por el
Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notificar a la
interesada, en los términos del artículo 63 de la Ley de Procedimientos Administrativos
de la Ciudad de Buenos Aires, aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia
1.510/97 (texto consolidado por Ley 6.764), con copia del Dictamen Jurídico IF-2025-
07831881-GCABA-DGSUM, haciéndole saber que el presente acto agota la instancia
administrativa, sin perjuicio de que podrá articular dentro del plazo de diez (10) días
hábiles el recurso de reconsideración de conformidad con lo dispuesto en el artículo 50
de la Ordenanza 40.593 o el recurso previsto en el artículo 466 del Código
Contencioso Administrativo y Tributario aprobado por Ley 189 (textos consolidados por
Ley 6.764). Comunicar a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos
dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y a la Procuración General de la
Ciudad de Buenos Aires. Para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección
General Asuntos Jurídicos dependiente del Ministerio de Educación. Cumplido,
archivar. MACRI - Miguel - Sánchez Zinny