RESOLUCIÓN 30 2025 INSTITUTO UNIVERSITARIO DE SEGURIDAD
Síntesis:
APRUEBA - REGLAMENTACIÓN - RÉGIMEN DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS - ESTABLECIDO POR LEY 2809 - METODOLOGÍA DE ADECUACIÓN PROVISORIA - REDETERMINACIÓN DEFINITIVA DE PRECIOS - COMPRAS Y CONTRATACIONES
Publicación:
06/06/2025
Sanción:
30/05/2025
Organismo:
INSTITUTO UNIVERSITARIO DE SEGURIDAD
VISTO: Las Leyes Nacionales N° 24.521 y N° 13.064, las Leyes N° 5.689 (texto
consolidado por Ley N° 6.764), N° 2.095, 2.809 y N° 6.246, el Decreto N° 251-AJG/24,
las Resoluciones N° 14-GCABA-IUS/24, N° 23-GCABA-IUS/24, N° 24-GCABA-IUS/24,
N° 45-GCABA-IUS/24, y N° 28-GCABA-IUS/25, el Expediente Electrónico N°
22518196-GCABA-SADIUS/25, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Ley N° 5.689 (texto consolidado por Ley N° 6.764) se creó el Instituto
Universitario de Seguridad IUSE, como institución de educación superior con
jurisdicción en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y con oferta académica
circunscripta al área disciplinar de la Seguridad, en el marco de lo dispuesto por la Ley
Nacional N° 24.521 de Educación Superior;
Que por su parte el artículo 29 de la mencionada Ley Nacional N° 24.521, dispone que
las instituciones universitarias tendrán autonomía académica e institucional, la que
comprende entre sus atribuciones, la de "c) Administrar sus bienes y recursos,
conforme a sus estatutos y las leyes que regulan la materia";
Que el Estatuto Provisorio del IUSE aprobado por medio de la Resolución N° 14-
GCABA-IUS/24, y modificado por la Resolución N° 23-GCABA-IUS/24, en el artículo
90 prescribe que "El sistema administrativo-financiero del IUSE está centralizado y
funciona bajo la dependencia del Rector. El Rector dictará la normativa que
reglamente el funcionamiento del sistema administrativo-financiero, en el marco de la
legislación vigente";
Que a través del artículo 2 del Decreto N° 251-AJG/24, se designó al Rector
Organizador del IUSE, facultándolo conforme el artículo 3 a que desarrolle todas las
acciones conducentes al diseño y puesta en funcionamiento del IUSE;
Que por su parte, mediante Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064, se estableció
el marco normativo aplicable a los procedimientos de licitación, contratación y
ejecución de Obras Públicas Mayores y Menores;
Que por Ley N° 6.246 (texto consolidado por Ley N° 6.764) fue establecido el
"Régimen de Contrataciones de Obra Pública" que debe observar el Sector Público de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en todos los contratos que se celebren y/o
ejecuten en la Ciudad;
Que la Ley N° 2.095 de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires (texto consolidado por Ley N° 6.764) y sus modificatorias y complementarias,
establecen las normas básicas que contienen los lineamientos que debe observar el
Sector Público de la Ciudad de Buenos Aires, en los procesos de compras, ventas y
contrataciones de bienes y servicios, y regular las obligaciones y derechos que se
derivan de los mismos;
Que en dicho marco, por el artículo 1 de la Resolución N° 45-GCABA-IUS/24 se
adoptó la Ley N° 2.095 y a sus modificatorias y complementarias en el ámbito del
Instituto Universitario de Seguridad, y por medio del artículo 2 fue aprobada la
reglamentación de la misma, en los términos del Anexo I (IF-2024-42723177-GCABA-
SADIUS), que forma parte integrante de la misma;
Que a través de la Ley N° 2.809 (texto consolidado según Ley N° 6.764), fue
establecido un "Régimen de Redeterminación de Precios", aplicable a los contratos de
obra pública regidos por la citada Ley Nacional N° 13.064 y a los contratos de
servicios, de servicios públicos y de suministros en los cuales expresamente se
estipule la aplicación de dicha norma. En tal contexto, se encuentran excluidas del
régimen de redeterminación de precios las concesiones con régimen propio y cobro
directo al usuario, la concesión de obra y de servicios, licencias y permisos;
Que considerando que el principio rector de la redeterminación de precios es el
mantenimiento de la ecuación económica financiera de los contratos, y está destinado
exclusivamente a establecer un valor compensatorio del real incremento del costo
sufrido por el proveedor conforme establece la citada Ley N° 2.809-, resulta
imperioso aprobar un "Régimen de Redeterminación de Precios" y de "Metodología de
Adecuación Provisoria y Redeterminación Definitiva de Precios", aplicable a los
procesos llevados a cabo en el marco de esta casa de estudios;
Que mediante Resolución N° 24-GCABA-IUS/24 fue aprobada la Estructura Orgánica
Provisoria de esta casa de estudios, conforme los Anexos I IF-2024-27610080-
GCABA-IUS (Estructura Orgánica Provisoria) y II IF-2024-27610338-GCABA-IUS
(Funciones), los que forman parte integrante de la misma;
Que en el Anexo II de la citada norma, en la parte pertinente a las funciones de la
Secretaría de Administración, se establecen entre otras las de "Optimizar la ejecución
financiera para el cumplimiento de los objetivos institucionales" y de "Fortalecer los
procesos administrativos, económicos y financieros del IUSE, procurando su
transparencia, su ejecutabilidad, y el desarrollo de un apropiado sistema de control
interno";
Que en virtud de ello, la Secretaria de Administración por NO-2025-22517199-GCABA-
SADIUS elevó a esta instancia un proyecto a tales fines;
Que en dicha inteligencia, y teniendo en consideración las variadas fluctuaciones
económicas y financieras que se presentan en el país, resulta pertinente aprobar un
"Régimen de Redeterminación de Precios" y de "Metodología de Adecuación
Provisoria y Redeterminación Definitiva de Precios", para ser aplicados en el ámbito de
este Instituto Universitario;
Que la Dirección Legal y Técnica del Instituto Universitario de Seguridad, se pronunció
en el marco de su competencia, emitiendo el correspondiente Dictamen Legal;
Que por todo lo expuesto, se impone dictar el acto administrativo pertinente;
Que en virtud de la delegación de la atención de los asuntos y firma del despacho
diario del Rector Organizador en el Vicerrector del Instituto Universitario de Seguridad,
durante el período comprendido entre el 19 y el 30 de mayo de 2025 inclusive,
efectuada por Resolución N° 28-GCABA-IUS/25, suscribe la presente el Sr.
Vicerrector.
Por ello, en uso de las facultades conferidas,
Artículo 1°. Aprobar la Reglamentación del "Régimen de Redeterminación de
Precios" establecido por la Ley N° 2.809, que como Anexo I (IF-2025-22500032-
GCABA-SADIUS) forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°. - Aprobar la de "Metodología de Adecuación Provisoria y Redeterminación
Definitiva de Precios", que como Anexo II (IF-2025-22510826-GCABA-SADIUS) forma
parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3°. Publíquese y comuníquese al Rector Organizador, a la Secretaría de
Administración, a la Secretaría Académica, a la Dirección de Administración Financiera
y Contable, y a la Unidad de Auditoría Interna del Instituto Universitario de Seguridad.
Cumplido, archívese. Unrein p/p
ANEXOS