RESOLUCIÓN 38 2025 COMISION PARA LA PLENA PARTICIPACION E INCLUSION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - COPIDIS - LEY 447
Síntesis:
MODIFICA - RESOLUCIÓN N° 35-COPIDIS/25 - PRORROGA - PLAZO PREVISTO EN EL PUNTO IV.B - ANEXO I - RESOLUCIÓN N°31-COPIDIS/25 - ESTABLECIÉNDOSE EN SIETE (7) DÍAS HÁBILES - CONTADOS A PARTIR DE LA NOTIFICACIÓN CORRESPONDIENTE
Publicación:
11/06/2025
Sanción:
09/06/2025
Organismo:
COMISION PARA LA PLENA PARTICIPACION E INCLUSION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - COPIDIS - LEY 447
VISTO: La Constitución Nacional; la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires; las Leyes Nacionales N° 24.901, N°26.378 y N°27.044; las Leyes de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires N° 447 y N° 6.684 (textos ordenados por Ley N° 6.764); el
Decreto N° 387/23 y modificatorios; las Resoluciones N° 122-GCABA-AVJG/25; N° 31-
GCABA-COPIDIS/25, N° 34-GCABA-COPIDIS/25 y N° 35-GCABA-COPIDIS/25; el
Expediente Electrónico N° EX-2025-19527206-GCABA-COPIDIS, y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución N° 122-GCABA-AVJG/25 creó el Programa "Apoyo a las
Instituciones para Personas con Discapacidad Ley Nacional N.° 24.901", con el
objeto de brindar una asistencia económica transitoria y excepcional a Centros de Día,
Centros Educativos Terapéuticos, Hogares y Residencias inscriptos en el Registro
Nacional de Prestadores de la ANDIS;
Que la Resolución N° 31-GCABA-COPIDIS/25 aprobó los lineamientos y
procedimientos para la implementación del beneficio, incorporando como Anexo I el
cronograma y requisitos técnicos correspondientes;
Que en atención a razones operativas detectadas durante el proceso de inscripción, se
dictó la Resolución N° 34-GCABA-COPIDIS/25 que prorrogó el plazo de presentación
establecido en el punto IV.a del Anexo I, hasta el día 6 de junio de 2025 a las 23.59hs.;
Que por idénticas razones se dictó la Resolución N° 35-GCABA-COPIDIS/25, que
amplió el plazo previsto en el punto IV.a del Anexo I de la Resolución N°31-GCABA-
COPIDIS/25 hasta el día viernes 13 de junio de 2025 a las 23:59hs., así como el plazo
para subsanar, previsto en el Punto IV.b de la mencionada Resolución;
Que se ha detectado que en el artículo 2° de la Resolución N° 35-GCABA-COPIDIS/25
se consignó por error "Punto IV.c del Anexo I", cuando debió consignarse "Punto IV.b
del Anexo I";
Que el artículo 124 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de
Buenos Aires, aprobada por el Decreto 1510/97 (Texto Consolidado por Ley 6.764),
establece que en cualquier momento podrán rectificarse los errores meramente
materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo
sustancial del acto o decisión;
Que, por lo expuesto, resulta necesario dictar el acto administrativo que subsane dicho
error material.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Sustituir el texto del artículo 2° de la Resolución N°35-GCABA-
COPIDIS/25, por el siguiente:
"Artículo 2.°.- Prorrogar el plazo previsto en el punto IV.b del Anexo I de la Resolución
N°31-GCABA-COPIDIS/25, estableciéndose en siete (7) días hábiles, contados a partir
de la notificación correspondiente.".
Artículo 2.°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comunicar
para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General Técnica, Administrativa y
Legal de la Vicejefatura de Gobierno, a la Dirección General Oficina de Gestión
Pública y Presupuesto dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de
Hacienda y Finanzas, y a la Dirección General de Eficiencia Administrativa de la
Subsecretaría de Innovación Administrativa de la Secretaría de Innovación y
Transformación Digital de la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archivar.
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