DECRETO 227 2025
Síntesis:
CESA - ELSA BEATRIZ ALCOBA - SUBDIRECTORA MÉDICA - HOSPITAL DE ONCOLOGÍA MARÍA CURIE - MINISTERIO DE SALUD
Publicación:
13/06/2025
Sanción:
12/06/2025
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: Las Leyes 6.035 y 6.684 (textos consolidados por Ley 6.764), el Decreto
450/16, el Expediente EX-2025-23435692-GCABA-DGAYDRH, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo
al Ministerio de Salud;
Que la Ley 6.035 regula las relaciones de empleo público de los profesionales de la
salud en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 92 de la citada Ley establece que el Poder Ejecutivo del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires designa y remueve a las autoridades hospitalarias;
Que mediante Decreto 450/16 se designó a Elsa Beatriz Alcoba, DNI 14.129.290,
CUIL 27-14129290-6, como Subdirectora Médica del Hospital de Oncología "María
Curie" dependiente del Ministerio de Salud;
Que el Ministro de Salud, solicita el cese de la citada profesional en el cargo aludido, a
partir del 13 de mayo de 2025;
Que, conforme a lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el artículo 92 de la Ley 6.035,
Artículo 1°.- Cesar, a partir del 13 de mayo de 2025, a Elsa Beatriz Alcoba, DNI
14.129.290, CUIL 27-14129290-6, en el cargo de Subdirectora Médica del Hospital de
Oncología "María Curie" dependiente del Ministerio de Salud, reintegrándose al cargo
de Jefa Departamento Servicio Central Diagnóstico y Tratamiento, Titular, con 40
horas semanales, partida 4022.0200.MS.16.004. (P62) del citado hospital, de acuerdo
con lo dispuesto por Ley 6.035 de Profesionales de la Salud.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el Ministro de Salud y por el Jefe
de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notificar a la
interesada dejando constancia que deberá dar cumplimiento a lo establecido en el
artículo 14 de la Ley 6.357 (texto consolidado por Ley 6.764). Comunicar a la
Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de
Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio de Hacienda y
Finanzas, y a la Oficina de Integridad Pública, y para su conocimiento y demás
efectos, remitir a la Dirección General Administración y Desarrollo de Recursos
Humanos dependiente de la Subsecretaría de Administración del Sistema de Salud, y
a la Subsecretaría Atención Hospitalaria, ambas dependientes del Ministerio de Salud.
Cumplido, archivar. MACRI - González Bernaldo de Quirós - Sánchez Zinny