DECRETO 234 2025
Síntesis:
DESIGNA - NAHUEL CELERIER - SUBSECRETARIO - SUBSECRETARÍA POLÍTICAS PRODUCTIVAS -MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO
Publicación:
19/06/2025
Sanción:
17/06/2025
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley 6.684 (texto consolidado por Ley 6.764), los Decretos 387/23 y sus
modificatorios, y 223/25, el Expediente EX-2025-24636836-GCABA-DGTALMDEC, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, contemplando en su artículo 2°, entre los Ministerios del
Poder Ejecutivo, al Ministerio de Desarrollo Económico;
Que por el Decreto 387/23 y sus modificatorios se aprobó la estructura orgánico
funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
hasta el nivel de Dirección General, contemplando a la Subsecretaría Políticas
Productivas dependiente del citado Ministerio;
Que mediante Decreto 223/25 se aceptó, a partir del 31 de mayo de 2025, la renuncia
presentada por Juan Pablo Fernández Funes, DNI 31.010.992, CUIL 20-31010992-5,
al cargo de Subsecretario de la Subsecretaría Políticas Productivas dependiente del
Ministerio de Desarrollo Económico;
Que en consecuencia, el Ministro de Desarrollo Económico propicia la designación, a
partir del 1° de junio de 2025, de Nahuel Celerier, DNI 35.944.486, CUIL 23-35944486-
9, como Subsecretario de la Subsecretaría Políticas Productivas dependiente del
Ministerio de Desarrollo Económico;
Que conforme lo expresado, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°. - Designar, a partir del 1° de junio de 2025, a Nahuel Celerier, DNI
35.944.486, CUIL 23-35944486-9 como Subsecretario de la Subsecretaría Políticas
Productivas dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico.
Artículo 2°. - El presente Decreto es refrendado por el Ministro de Desarrollo
Económico y por el Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notificar al
interesado dejando constancia de que deberá dar cumplimiento a lo establecido en el
artículo 14 de la Ley 6.357 (texto consolidado por Ley 6.764), comunicar a la
Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de
Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio de Hacienda y
Finanzas, y a la Oficina de Integridad Pública y para su conocimiento y demás efectos,
remitir al Ministerio de Desarrollo Económico. MACRI - Lombardi - Sánchez Zinny