DISPOSICIÓN 1917 2025 DIRECCION GENERAL PERMISOS Y FERIAS

Síntesis:

DEJA SIN EFECTO - DISPOSICIÓN N° 1817-DGPF/25 - EMPLAZAMIENTO - FERIA ITINERANTE DE ABASTECIMIENTO BARRIAL DE TIPO ORGÁNICO O ESPECIAL N° 33 - SABE LA TIERRA 

Publicación:

04/07/2025

Sanción:

30/06/2025

Organismo:

DIRECCION GENERAL PERMISOS Y FERIAS


VISTO: las Leyes Nros. 5.122 (texto consolidado por Ley N° 6.76488) y 6.684, los

Decretos Nros. 491/16, 387/23, 91/24, 246/24 y 152/24, las Disposiciones Nros. 1.007-

DGFYME/16, 363-DGFER/19 y 1.817-DGPF/25, el expediente Nro. 27117811-

GCABA-DGPF/25, y;

CONSIDERANDO:

Que, por la Ley N° 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios, estableciendo para el

Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana, entre otros, las responsabilidades

primarias de entender en lo relativo al ordenamiento del Espacio Público, planificando

estrategias y diseñando e implementando políticas en relación con el mismo, así como

entender en lo relativo al uso del espacio público;

Que, mediante Decreto N° 387/23 se aprobó la estructura orgánico funcional del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires incluyendo dentro de la Órbita del

Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana a la Dirección General Permisos y

Ferias dependiente de la Subsecretaría Ordenamiento Urbano;

Que, asimismo por los Decretos Nros. 91/24 y 246/24, se modificó la estructura

orgánica funcional del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana del Gobierno de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, asignando a la Dirección General Permisos y

Ferias dependiente de la Subsecretaría Ordenamiento Urbano, las responsabilidades

primarias para "Planificar, administrar y supervisar las Ferias Itinerantes de

Abastecimiento Barrial (FIAB), en coordinación con las áreas competentes en caso de

corresponder. Como asi también administrar el Registro Único de Permisionarios,

Feriantes y Vendedores. "(..);

Que, por la Ley N° 5.122 (texto consolidado por Ley N° 6.764) en su artículo 1°

autoriza la instalación de las Ferias Itinerantes de Abastecimiento Barrial, en los

lugares que determine la autoridad de aplicación;

Que, la Disposición N° 1.007-DGFYME/16 aprueba la regulación de la actividad de las

Ferias Itinerantes de Abastecimiento Barrial;

Que, a través de la Disposición N° 363-DGFER/19 se ha autorizado el funcionamiento

la Feria Itinerante de Abastecimiento Barrial (FIAB) N° 33 "Sabe la Tierra" en el ámbito

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, mediante Disposición N° 1.817-DGPF/25 se autorizó el nuevo emplazamiento de

la FIAB N° 33 "Sabe la Tierra" todos los miércoles de 2025 en la calle Florida 700

entre Viamonte y Av. Córdoba;

Que, debido a un inconveniente operativo, la Feria FIAB N° 33 "Sabe la Tierra" no

podrá emplazar todos los miércoles de 2025 en la calle Florida 700 entre Viamonte y

Av. Cordoba en el horario 11 a 19 hs;

Que, la Gerencia Operativa de Mercados, mediante informe N° 27115110-DGPF/25,

aconseja dejar sin efecto la Disposición N° 1.817-DGPF/25 en función de poder

brindar ese espacio a una nueva feria.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias conferidas por el Decreto N°

152/24,

LA DIRECTORA GENERAL PERMISOS Y FERIAS

DISPONE:

Artículo 1°.- Dejar sin efecto la Disposición N° 1.817-DGPF/25, por la cual se aprobó el

emplazamiento de la Feria Itinerante de Abastecimiento Barrial de tipo orgánico o

especial N° 33 "Sabe la Tierra" conforme detalle obrante en el Anexo (IF-2025-

27116256-GCABA-DGPF), que forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Comuníquese a la Gerencia Operativa Mercados dependiente de la Dirección General

Permisos y Ferias, que efectuará las notificaciones correspondientes. Cumplido,

archívese. Fiore


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7155

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGA
<p>Artículo 1 de la Disposición N° 1917/DGPF/25 deja sin efecto la Disposición N° 1817-DGPF/25.</p>