LEY 1819 2005
Síntesis:
PROHIBICIÓN DE CIRCULACIÓN - PROHÍBE LA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS EN LA CALLE ARRIBEÑOS, ENTRE AV JURAMENTO Y BLANCO ENCALADA - DÍAS SÁBADOS - DOMINGOS Y FESTIVIDADES DEL AÑO NUEVO CHINO - ENTRE LAS 11 Y LAS 20 HORAS - NORMA CONSOLIDADA POR LEY 6.764 (5° ACTUALIZACIÓN DEL DIGESTO JURÍDICO).
Publicación:
09/12/2005
Sanción:
27/10/2005
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
30/11/2005
El texto actualizado es un recurso informativo que presenta todas las modificaciones que tuvo la norma desde su última versión consolidada por la Legislatura de la Ciudad o desde su publicación original en el Boletín Oficial. Estos textos, elaborados por la Gerencia Operativa Ordenamiento Normativo, están diseñados para facilitar la consulta y comprender la evolución de la norma.
Fecha de actualización: 29/02/2024
Artículo 1° - Prohíbese la circulación general de vehículos en la calle Arribeños entre Av. Juramento y Blanco Encalada, los días sábados, domingos y festividades del Año Nuevo Chino, entre las 11 y las 20 horas.
Artículo 2° - Exceptúase de la prohibición establecida en el artículo 1° a los vehículos de urgencia, de emergencias afectados a servicios públicos y de propietarios o locatarios de cocheras ubicadas en dicho tramo, todos los cuales deben circular a paso de hombre.
Artículo 3° - La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado el señalamiento ilustrativo correspondiente.
Artículo 4° - Comuníquese, etc.de Estrada - Alemany.
Buenos Aires, 5 de diciembre de 2005.