RESOLUCIÓN 302 2005 SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS

Síntesis:

OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS - DANIELA PACHECO - VÍCTIMAS DEL 30 DE DICIEMBRE DE 2004 - LOCAL BAILABLE - REPÚBLICA DE CROMAGNON - CROMAÑÓN - DECRETO 692-05

Publicación:

14/12/2005

Sanción:

06/12/2005

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS


Visto el Decreto N° 692/05, las Resoluciones Nros. 53-SSDH/05, 54-SSDH/05 y el Registro N° 3.748-SSDH/05 de la Subsecretaría de Derechos Humanos dependiente de la Secretaría Jefe de Gabinete; y

CONSIDERANDO:

Que en el registro señalado en el visto tramita la solicitud presentada por la Srta. Pacheco, Daniela Paula, DNI 31.780.716, quien requiere el subsidio único y especial destinado a las víctimas del 30 de diciembre de 2004, previsto en el artículo 1° del Decreto N° 692/05;

Que de la documentación obrante en esta Subsecretaría y en los registros de la Secretaría de Desarrollo Social, surge que la solicitante se encuentra en la situación descripta en el art. 5° del decreto antes mencionado;

Que el presente requerimiento fue efectuado con posterioridad al plazo dispuesto por el Decreto N° 692/05;

Que, por lo expuesto, teniendo en cuenta el espíritu de la norma, las particularidades del caso en cuestión y resultando atendibles las circunstancias alegadas por la requirente, esta Subsecretaría resuelve otorgar excepcionalmente a la solicitante, el subsidio establecido en el art. 5° del decreto aplicable;

Que la presente se firma en virtud de lo dispuesto por el artículo 9° del Decreto N° 692/05;

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

Artículo 1° - Otórgase a la Srta. Pacheco, Daniela Paula, DNI 31.780.716, el subsidio previsto en el artículo 5° del Decreto N° 692/05, de siete (7) cuotas mensuales, iguales y consecutivas desde el 1° de junio al 31 de diciembre de 2005, por la suma de pesos seiscientos ($ 600).

Artículo 2° - Autorízase a la Dirección General Contaduría a emitir las órdenes de pago mensuales por el monto de pesos seiscientos ($ 600), con sus correspondientes comisiones bancarias mensuales de pesos uno con veintiuno ($ 1,21).

Artículo 3° - El pago se realizará conforme lo establecido en la Resolución N° 53-SSDH/05.

Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase, para su conocimiento y demás efectos, a la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa, dependiente de la Secretaría Jefe de Gabinete, a las Direcciones Generales de Contaduría y de Tesorería, ambas dependientes de la Subsecretaría de Gestión y de Administración Financiera de la Secretaría de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
Res. 1-SSDH-06 Prorroga por cuatro meses el subsidio otorgado por Res. 302-SSDH-05