RESOLUCIÓN 128 2025 SECRETARIA DE TRANSPORTE

Síntesis:

APRUEBA MODIFICACIÓN - PARÁMETROS OPERATIVOS - LÍNEA N° 102 DE TRANSPORTE PÚBLICO COLECTIVO DE PASAJEROS POR AUTOMOTOR - TRANSPORTE SARGENTO CABRAL S.A. - REGISTRACIÓN DE LA PRESENTE MEDIDA EN EL REGISTRO ÚNICO DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS RUTAP - SECRETARÍA DE TRANSPORTE

Publicación:

11/08/2025

Sanción:

06/08/2025

Organismo:

SECRETARIA DE TRANSPORTE


VISTO: La Ley Nacional 26.740, las Leyes 2.148 y 2.930 (textos consolidados por la

Ley 6.764), los Decretos 387/23 y sus modificatorios, las Resoluciones 305/LCABA/24,

41/SECT/25, 53/SECT/25, 60/SECT/25 y 109/SECT/25 y el Expediente EX-2025-

26284532- -GCABA-DGTCP; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nacional 26.740 por la que se ratificó la transferencia de los servicios de

transporte subterráneo y el premetro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

previamente convenida en el Acta Acuerdo del 03 de enero de 2012, determinó que le

corresponde a la Ciudad ejercer en forma exclusiva la competencia y fiscalización de

los servicios públicos de transporte de pasajeros, a nivel subterráneos y premetro, de

transporte automotor y de tranvía, cuya prestación corresponda al territorio de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que a fin de dar cumplimiento con la normativa nacional, el 03 de septiembre de 2024

se suscribió entre el Estado Nacional y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el Acta

Acuerdo que tiene como objeto la transferencia de las competencias, por parte del

Estado Nacional a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de las líneas de colectivos

que poseen recorrido íntegramente dentro del territorio de la Ciudad, correspondientes

al Grupo Tarifario Distrito Federal;

Que la transferencia implicó el traspaso respecto a la regulación, control y fiscalización

del servicio público de transporte automotor de pasajeros de las líneas: 4, 6, 7, 12, 23,

25, 26, 34, 39, 42, 44, 47, 50, 61, 62, 64, 65, 68, 76, 84, 90, 99, 102, 106, 107, 108,

109, 115, 118, 132 y 151;

Que asimismo, corresponde a la Ciudad la fijación de las tarifas, compensaciones y/o

subsidios, la planificación, implementación y ejecución de los servicios, el

otorgamiento o renovación de los permisos de explotación, la determinación de los

recorridos, frecuencias, horarios, modalidades, parque móvil y cualquier otro

parámetro operativo que implique una modificación en la oferta del servicio;

Que la citada Acta Acuerdo fue aprobada mediante la Resolución 305/2024 de la

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la CLÁUSULA SEGUNDA del Acta Acuerdo expresa que "LA CIUDAD podrá

modificar de forma unilateral los parámetros operativos vigentes";

Que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha asumido competencias exclusivas en

materia de regulación, fiscalización y planificación del servicio público de transporte

automotor de pasajeros con recorrido íntegramente dentro de su territorio, conforme a

la transferencia establecida por la Ley Nacional 26.740 y ratificada mediante la

Resolución 305/2024 de la Legislatura de la Ciudad;

Que por la Resolución 41/SECT/25 se creó el Registro Único del Transporte

Automotor de Pasajeros (RUTAP), en donde se asientan las empresas explotantes de

los servicios y los parámetros operativos de los servicios prestados, entre otros datos;

Que en cumplimiento del acto administrativo mencionado precedentemente, la

empresa "TRANSPORTE SARGENTO CABRAL S.A.", referente a la línea N° 102, se

encuentra inscripta en dicho registro;

Que en ejercicio de sus competencias, la Secretaría de Transporte ha dictado la

Resolución 53/SECT/25, la cual establece el procedimiento para la modificación de

parámetros operativos de los servicios de transporte público colectivo de pasajeros por

automotor de jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 5.1.3. del anexo de la mencionada Resolución prevé la facultad de la

Autoridad de Aplicación para impulsar modificaciones a la red de transporte urbano de

pasajeros, con el objetivo de propender a su optimización, mejorando la accesibilidad

de la misma, previa publicación de la medida proyectada en un foro participativo

abierto a toda la ciudadanía;

Que mediante la Resolución 60/SECT/25, se aprobó la creación del "Foro de

Participación Ciudadana del Transporte Público Colectivo de Pasajeros por Automotor

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" y su reglamento general;

Que conforme a lo establecido en el Reglamento General del Foro, se dictó la

Resolución 109/SECT/25 mediante la cual se convocó al "Foro de Participación

Ciudadana del Transporte Público Colectivo de Pasajeros por Automotor de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires" respecto del proyecto de modificación de parámetros

operativos de la línea 102 del servicio de transporte público colectivo de pasajeros por

automotor;

Que la convocatoria fue debidamente publicada y difundida, otorgando el plazo

estipulado normativamente, dando cumplimiento a los artículos 5° y 6° del Reglamento

General;

Que una vez concluido el procedimiento participativo, se informa que se han recibido

opiniones y una impugnación en los términos del artículo 5.5., de la cual se dió

traslado a la empresa "TRANSPORTE SARGENTO CABRAL S.A." y se recibió el

descargo pertinente;

Que en consecuencia, la Dirección General Transporte Colectivo de Pasajeros, a

través de su Gerencia Operativa de Planificación de Servicios procedió a elaborar el

Informe de Clausura correspondiente, identificado mediante Nro. IF-2025-32583961-

GCABA-DGTCP;

Que, por medio de la Ley 6.684, se sancionó la Ley de Ministerios de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplando entre los Ministerios del Poder Ejecutivo, al

Ministerio de Infraestructura;

Que por el Decreto 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico

funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando

a esta Secretaría de Transporte como órgano dependiente del referido Ministerio de

Infraestructura;

Que el citado decreto establece, entre las responsabilidades primarias de esta

Secretaría, la de entender en la regulación y control del transporte en el ámbito de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y la de desarrollar estrategias integrales que

promuevan un sistema de transporte público eficiente, seguro y accesible para todos

los ciudadanos y diseñar e implementar políticas para mejorar el transporte urbano,

incluyendo la gestión de planes de movilidad sostenible;

Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que apruebe la

modificación de los parámetros operativos de la línea N° 102.

Por ello, y en uso de las atribuciones legales que le son propias,

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°. - Aprobar la modificación de parámetros operativos para la línea N° 102

del transporte público colectivo de pasajeros por automotor operada por la empresa

"TRANSPORTE SARGENTO CABRAL S.A.", conforme surge del ANEXO (IF-2025-

32630177-GCABA-SECT) que forma parte de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2°. - Instruir a la Subsecretaría de Gestión y Control de la Movilidad para

que proceda a la registración de la presente medida en el Registro Único del

Transporte Automotor de Pasajeros (RUTAP).

ARTÍCULO 3°. - Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comunicar a la Subsecretaría de Planificación de la Movilidad y la Seguridad Vial, a la

Subsecretaría de Gestión y Control de la Movilidad, a la Secretaría de Tránsito de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Secretaría de Transporte del Ministerio de

Economía de la Nación, a la Agencia de Control de Concesiones y Servicios Públicos

de Transporte de la Nación, a Nación Servicios Sociedad Anónima, y al Ente Único

Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y

notificar a la empresa de colectivo de pasajeros por automotor "TRANSPORTE

SARGENTO CABRAL S.A.". Cumplido, archivar. Krantzer


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7180

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 128-SECT/25 apruebar la modificación de parámetros operativos para la línea N° 102 del transporte público colectivo de pasajeros por automotor operada por la empresa “TRANSPORTE SARGENTO CABRAL S.A.”, en el marco de la Resolución N° 109-SECT/25 mediante la cual se convocó al “Foro de Participación Ciudadana del Transporte Público Colectivo de Pasajeros por Automotor de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires” respecto del proyecto de modificación de parámetros operativos de la línea 102.</p>