RESOLUCIÓN 1962 2000 SECRETARIA DE SALUD

Síntesis:

ESTABLECESE UN SISTEMA DE REFERENCIA PARA EL ESTUDIO EPIDEMIOLOGICO DE LA ENFERMEDAD DE CHAGAS

Publicación:

01/09/2000

Sanción:

02/08/2000

Organismo:

SECRETARIA DE SALUD


Visto el Expediente N° 20.439/200, y

CONSIDERANDO:

Que el Hospital General de Agudos Teodoro Alvarez solicita establecer un Sistema de Referencia para el Estudio Epidemiológico de la Enfermedad de Chagas, por y a través de la Unidad de Cardiología de dicho establecimiento asistencial, ya que cuenta con recurso humano altamente capacitado en la temática, contando además con la tecnología adecuada;

Que el mencionado sistema debe integrar su accionar con el Grupo de Trabajo de Investigación de Chagas en el Hospital General de Agudos Teodoro Alvarez, coordinado por la Dra. LUISA GIMENEZ, el que fuera aprobado por Resolución N° 1258/SS/99;

Que la enfermedad de Chagas es una parasitosis ampliamente difundida en América Latina afectando un 25% de la población, constituyéndose en uno de los problemas prioritarios de la Salud Pública, a resolver;

Que si bien se han detectado, en nuestro país, casos por casi todo su territorio, desde el límite norte hasta el paralelo 38, la mayor densidad de población afectada es la del centro y norte del país;

Asimismo y debido a las migraciones ocurridas en las últimas décadas ha cambiado el mapa geográfico de la enfermedad, ya que en zonas no endémicas se detecta un número creciente de infectados y enfermos provenientes del interior del país y de países limítrofes como Bolivia, Paraguay, Chile, Perú y Uruguay, los que se han asentado en barrios de emergencia de esta Ciudad, asistiéndose en los Hospitales dependientes del Gobierno de la Ciudad en razón de los escasos recursos con que cuentan los nombrados pacientes;

Que por dicha circunstancia y en el marco de las obligaciones que surgen del artículo 20 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, como así también de las disposiciones de la Ley Básica de Salud N° 153 (B.O. N° 703) resulta necesario desarrollar un diagnóstico de situación implementando una base de datos que abarque los servicios de Clínica Médica, Cardiología, Cirugía, Hematología, Obstetricia, Pediatría, Gastroenterología;

Que por Resolución N° 380/SS/92 (B.M. 19.291) se establecieron las pautas para el funcionamiento de los Sistemas de Referencia y Contra Referencia;

Que resulta conveniente establecer que el Sistema de Referencia para el Estudio Epidemiológico de la Enfermedad de Chagas interactúe con el Centro de Asistencia Integral del Paciente Chagásico que funciona en el Hospital General de Agudos José M. Ramos Mejía y con todos los Servicios de Cardiología de los Hospitales dependientes de esta Secretaría;

Por ello,

EL SECRETARIO DE SALUD

RESUELVE

Artículo 1° Establécese un sistema de Referencia para el Estudio Epidemiológico de la Enfermedad de Chagas en la Ciudad de Buenos Aires el que tendrá como base la Unidad de Cardiología del Hospital General de Agudos Teodoro Alvarez, dependiente de la Secretaría de Salud del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, el que actuará conforme las pautas determinadas en el Anexo I que forma parte integrante del presente.

Art. 2° El Director de cada Hospital será responsable de crear un Comité de Referencia integrado con los Servicios de Clínica Médica, Cardiología, Cirugía, Hematología, Obstetricia, Pediatría y Gastroenterología, el cual será coordinado por el Jefe de Cardiología.

Art. 3° El Comité establecido en el artículo 2° tendrá como objetivos:

Recolección de datos e información que permita lograr un flujo de información permanente y contínuo.

Garantizar el envío de la información correspondiente para la elaboración de un registro actualizado y permanente, lo que permitirá a todos los Establecimientos asistenciales brindar una mejor atención y seguimiento de los pacientes afectados.

Realizar un diagnóstico de situación en los distintos Hospitales, dependientes de la Secretaría de Salud Implementando una base de datos que abarcarán los Servicios de Clínica Médica, Cardiología, Cirugía, Hematología, Obstetricia, Pediatría, Gastroenterología.

Entablar contactos con entes Nacionales para coordinar la acción a seguir.

Promover la educación contínua, médica y comunitaria para un claro conocimiento de la enfermedad.

Art. 4° El Sistema establecido en los artículos precedentes actuará interrelacionadamente con el Centro de Asistencia Integral del Paciente Chagásico que funciona en la Divisón Cardiología del Hospital General de Agudos José M. Ramos Mejía, quien coordinará el Sistema en su Establecimiento.

Art. 5° Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a las Direcciones Generales de Atención de la Salud quien deberá notificar a los Hospitales Generales de Agudos Teodoro Alvarez y José M. Ramos Mejía, y de Recursos Humanos.

Pablo Félix Bonazzola

Secretario

RESOLUCION N° 1.962

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Resolución 1238-SS-05, Crea el Programa de Prevención, Atención y Control de la Enfermedad de Chagas, y entre sus funciones se encuentra la de coordinar con los centros de derivación referencial para la enfermedad de Chagas, como el creado por Resolución 1962-SS-00.</p>