RESOLUCIÓN 31 2025 MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Síntesis:
SUSTITUYE LOS ANEXOS I, II Y III DE LA RESOLUCIÓN CONJUNTA N° 13-MJGGC/23 Y MODIFICATORIAS - SUBSECRETARÍAS - DIRECCIONES GENERALES - PERCEPCIÓN DEL SUPLEMENTO POR FUNCIÓN EJECUTIVA - DIRECCIONES GENERALES NIVEL III - REMUNERACIONES - AUTORIDADES SUPERIORES - ORGANISMOS - NIVEL Y CRITICIDAD - JURISDICCIONES - REPARTICIONES
Publicación:
27/08/2025
Sanción:
22/08/2025
Organismo:
MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
VISTO: La Ley 6.684, los Decretos 387/23 y modificatorios y 392/23, la Resolución de
Firma Conjunta 13-MJGGC/23 y modificatorias, y el Expediente Electrónico EX-2025-
28195018-GCABA-DGDSCIV, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley 6.684, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto 387/23 y modificatorios, se aprobó la estructura orgánico funcional
del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciéndose las
responsabilidades primarias de cada una de las unidades de organización y se fijaron
las remuneraciones de las autoridades superiores del Poder Ejecutivo de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que el Decreto 392/23 estableció los parámetros para la asignación de los niveles de
criticidad de las áreas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, creando
el "Suplemento por Responsabilidad en el Cargo" y el "Suplemento por Función
Ejecutiva";
Que, además el mencionado Decreto, establece en su Anexo I los niveles de criticidad
para Subsecretarios/as y Directores/as Generales;
Que mediante el artículo 6° del citado Decreto, se delegó en el Ministro de Hacienda y
Finanzas y en el Jefe de Gabinete de Ministros, la facultad de determinar
conjuntamente aquellos cargos que percibirán el "Suplemento por Función Ejecutiva" y
su correspondiente nivel;
Que mediante la Resolución de firma Conjunta 13-MJGGC/23 y sus modificatorias,
suscriptas entre el Ministerio de Hacienda y Finanzas y la Jefatura de Gabinete de
Ministros, se determinaron las Subsecretarías que percibirán el "Suplemento por
Función Ejecutiva" y el nivel correspondiente, las Direcciones Generales que
percibirían el "Suplemento por Función Ejecutiva" y el nivel correspondiente, como así
también las Direcciones Generales correspondientes al nivel III;
Que teniendo en cuenta las nuevas modificaciones de estructura y que la actual
administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene por
objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la eficacia
de su gestión, corresponde modificar la nómina de Subsecretarías y Direcciones
Generales;
Que conforme lo expuesto es menester sustituir los Anexo I (IF-2024-31931298-
GCABA-DGDSCIV), Anexo II (IF-2024-43049604-GCABA-DGDSCIV) y Anexo III (IF-
2024-43049889-GCABA-DGDSCIV) detallados en los artículos 2°, 3° y 4° de la
Resolución Conjunta N° 13-MJGGC/23, por los Anexo I (IF-2025-34525162-GCABA-
DGDSCIV), Anexo II (IF-2025-34525234-GCABA-DGDSCIV) y Anexo III (IF-2025-
34525308-GCABA-DGDSCIV), a fin de readecuarla a la nueva estructura orgánico
funcional del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;
Que en virtud de lo expuesto, corresponde el dictado del acto administrativo
pertinente.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 6° del Decreto 392/23,
Artículo 1°.- Sustituir, a partir del 1° de agosto de 2025, el Anexo I identificado comoIF-2024-31931298-GCABA-DGDSCIV del art. 2° de la Resolución Conjunta 13-MJGGC/23 y modificatorias por el Anexo I identificado como IF-2025-34525162-GCABA-DGDSCIV, que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Sustituir, a partir del 1° de agosto de 2025, el Anexo II identificado comoIF-2024-43049604-GCABA-DGDSCIV del artículo 3° de la Resolución Conjunta 13-MJGGC/23 y modificatorias por el Anexo II identificado como IF-2025-34525234-GCABA-DGDSCIV, que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente.
Artículo 3°.- Sustituir, a partir del 1° de agosto de 2025, el Anexo III identificado como(IF-2024-43049889-GCABA-DGDSCIV del artículo 4° de la Resolución Conjunta 13-MJGGC/23 y modificatorias por el Anexo III identificado como IF-2025-34525308-GCABA-DGDSCIV, que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente.
Artículo 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar ala Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones GeneralesDesarrollo del Servicio Civil, Administración y Liquidación de Haberes y Oficina deGestión Pública y Presupuesto, todas dependientes del Ministerio de Hacienda yFinanzas. Pase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministeriode Hacienda y Finanzas. Cumplido, archivar. Arengo Piragine - Sánchez Zinny
ANEXOS
Anexo - PE-RES-MJGGC-MHFGC-MJGGC-31-25-ANX-2.pdf
Anexo - PE-RES-MJGGC-MHFGC-MJGGC-31-25-ANX-1.pdf
Anexo - PE-RES-MJGGC-MHFGC-MJGGC-31-25-ANX.pdf