RESOLUCIÓN 394 2005 SECRETARIA JEFE DE GABINETE
Síntesis:
AUTORIZA TRANSFERENCIA DE FONDOS EN FAVOR DEL CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA SA - FINANCIAMIENTO GASTOS DE RETRIBUCIÓN - PRUEBA PILOTO DE VOTO ELECTRÓNICO
Publicación:
02/01/2006
Sanción:
15/12/2005
Organismo:
SECRETARIA JEFE DE GABINETE
Visto la Nota N° 621-DGELEC/05; y
CONSIDERANDO:
Que, por el actuado mencionado tramita una transferencia de fondos por la suma de ciento diez mil cuatrocientos diecinueve ($ 110.419) a favor del Correo Oficial de la República Argentina S.A.;
Que, dicho monto será destinado a solventar el pago de una retribución a las personas físicas que participaron de las actividades relacionadas con la prueba piloto de voto electrónico llevada a cabo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, juntamente con el acto eleccionario convocado por Decreto N° 1.074/05 para el 23 de octubre próximo pasado, cuyos roles no han podido ser encuadrados bajo el régimen de pasantías suscriptos con instituciones universitarias;
Que, la precitada transferencia de fondos permitirá dar cumplimiento a los compromisos asumidos en el Protocolo Adicional N° 1 de fecha 19 de agosto de 2005, encuadrado en el Convenio Marco N° 11/05 de cooperación en materia electoral, suscripto entre el Ministerio del Interior y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, por el art. 4° del precitado Decreto N° 1.074/05 de convocatoria a elecciones, se autoriza al suscripto a efectuar pagos, reintegros y transferencias del Programa Presupuestario N° 40 -Gestión Electoral- perteneciente a la Dirección General Electoral de la Secretaría Jefe de Gabinete, con el objetivo de garantizar la organización y ejecución de los comicios convocados;
Por ello,
Artículo 1° - Autorízase una transferencia de fondos de pesos ciento diez mil cuatrocientos diecinueve ($ 110.419) a favor del Correo Oficial de la República Argentina S.A., destinado a financiar gastos en concepto de retribución a los participantes de las actividades relacionadas con la realización de la prueba piloto de voto electrónico llevada a cabo juntamente con el acto electoral efectuado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 23 de octubre de 2005.
Artículo 2° - La presente encontrará respaldo crediticio en la partida correspondiente del presupuesto del ejercicio en vigor.
Artículo 3° - Facúltase, en consecuencia, a la Dirección General de Contaduría a incluir la suma indicada en el art. 1° en una orden de pago, la que deberá ser depositada en la cuenta N° 3553/92 del Banco Nación Argentina, Sucursal N° 0085 (Plaza de Mayo) CBU: 0110599520000003553925.
Artículo 4° - Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección Nacional Electoral y al Correo Oficial de la República Argentina S.A. y para su conocimiento y demás efectos, pase a las Direcciones Generales Electoral, de Contaduría y Tesorería. Cumplido, archívese.