DECRETO 337 2025

Síntesis:

DESIGNA - TITULAR - UNIDAD DE AUTOSEGURO - VANINA STELLAVATO - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS - MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS - REMUNERACIÓN

Publicación:

02/09/2025

Sanción:

29/08/2025

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: la Ley 6.684 (texto consolidado por la Ley 6.764), los Decretos 387/23 y sus

modificatorios y 324/25, el Expediente EX-2025-36032745-GCABA-DGTALMHF, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo

al Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que por el Decreto 387/23 y sus modificatorios se aprobó la estructura orgánico

funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

hasta el nivel de Dirección General;

Que por el Decreto 324/25 se modificó la estructura orgánico funcional, creándose la

Unidad de Autoseguro bajo la órbita de la Subsecretaría de Gestión de Recursos

Humanos dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que, en este sentido, el Ministro de Hacienda y Finanzas propicia designar, a partir del

1° de agosto de 2025, a Vanina Stellavato, DNI 31.925.336, CUIL 27-31925336-5,

como Titular de la Unidad de Autoseguro, bajo la órbita de la Subsecretaría de Gestión

de Recursos Humanos del citado Ministerio;

Que, conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Designar, a partir del 1° de agosto de 2025, a Vanina Stellavato, DNI

31.925.336, CUIL 27-31925336-5, como Titular de la Unidad de Autoseguro, bajo la

órbita de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos dependiente del

Ministerio de Hacienda y Finanzas, reteniendo sin percepción de haberes la partida

presupuestaria correspondiente.

Artículo 2°.- Establecer que el titular a cargo de la Unidad de Autoseguro tendrá una

remuneración equivalente al noventa por ciento (90%) de la correspondiente a Director

General.

Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el Ministro de Hacienda y Finanzas

y por el Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notificar a la

interesada dejando constancia que deberá dar cumplimiento a lo establecido en el

artículo 14 de la Ley 6.357 (texto consolidado por la Ley 6.764), comunicar a las

Direcciones Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, y de Administración

y Liquidación de Haberes y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos,

todas ellas dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas, a la Dirección

General Acceso a la Información y Gobierno Abierto y a la Oficina de Integridad

Pública. Para su conocimiento y demás efectos, remitir a la Dirección General Técnica,

Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archivar.

MACRI - Arengo Piragine - Sánchez Zinny