DECRETO 348 2025
Síntesis:
RECHAZA RECURSO JERÁRQUICO SUBSIDIARIO DEL DE RECONSIDERACIÓN - CONTRA LA RESOLUCIÓN N° 703-MJYSGC/17 - SOFÍA LORENA ROMERO - POLICÍA DE LA CIUDAD CON EL GRADO DE OFICIAL PRIMERO
Publicación:
11/09/2025
Sanción:
08/09/2025
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires y la Ley 5.688 (textos consolidados por la Ley 6.764), las Resoluciones
703/MJYSGC/17 y 655/MSEGC/25, el Expediente EX-2017-22580276-MGEYA-
SISCM, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita el recurso jerárquico, subsidiario del
de reconsideración, interpuesto por Sofía Lorena Romero (DNI 32.906.476) contra la
Resolución 703/MJYSGC/17, mediante la cual se la designó en la Policía de la Ciudad
con el grado de Oficial Primero;
Que la agente fue notificada de la Resolución recurrida mediante acta e interpuso
recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio contra sus términos;
Que en su presentación la recurrente indica que según su formación profesional, le
corresponde un grado de mayor jerarquía al asignado, solicitando el correcto
encasillamiento;
Que, en este sentido, la entonces Secretaria de Administración de Seguridad y
Emergencias, dependiente del entonces Ministerio de Justicia y Seguridad, mediante
PV-2019-34861320-GCABA-SECASE informó que dicho grado, le fue asignado en
virtud de las necesidades de cobertura de los distintos grados de la Policía de la
Ciudad, de sus antecedentes profesionales, estudios acreditados, jerarquía que
ostentaba en su fuerza de origen, entrevista personal realizada por los Oficiales de
Conducción Superior y/o Dirección;
Que la Procuración General de la Ciudad tomó la intervención de su competencia
mediante la emisión del Dictamen Jurídico IF-2025-21026877-GCABA-DGDIC;
Que en dicho dictamen sostuvo que correspondía dictar el acto administrativo que
resuelva el recurso de reconsideración interpuesto, y que solo correspondía remitir
nuevamente las actuaciones a ese órgano jurídico asesor para su examen, si se
producía alguna presentación tendiente a mejorar o ampliar los fundamentos
brindados;
Que por Resolución 655/MSEGC/25 se desestimó el recurso de reconsideración;
Que dicho acto se notificó a la interesada y, conforme a lo establecido en el artículo
111 de la Ley de Procedimientos Administrativos, las actuaciones fueron elevadas a la
Jefatura de Gobierno;
Que, conforme al mencionado marco normativo, se notificó oportunamente a la
recurrente la posibilidad de ampliar o mejorar los fundamentos del recurso jerárquico
subsidiario, dentro del plazo de cinco (5) días;
Que, cumplido el plazo legal citado, y no habiéndose realizado presentación alguna
tendiente a ampliar o mejorar los fundamentos expuestos en el recurso de
reconsideración, corresponde tener por reproducidos los fundamentos considerados
para el dictado de la Resolución 655/MSEGC/25;
Que, por lo expuesto, las constancias obrantes en el expediente, y lo aconsejado por
la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, corresponde
rechazar el recurso jerárquico en cuestión.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y el artículo 113 de la Ley de
Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Rechazar el recurso jerárquico, subsidiario del de reconsideración,
interpuesto por Sofía Lorena Romero (DNI 32.906.476) contra la Resolución
703/MJYSGC/17.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el Ministro de Seguridad y por el
Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notificar al
interesado con copia del Dictamen Jurídico IF-2025-21026877-GCABA-DGDIC,
dejando constancia de que el presente acto agota la instancia administrativa, sin
perjuicio de lo cual podrá interponer recurso de reconsideración en los términos del
artículo 123 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos
Aires (texto consolidado según Ley 6.764) y para su conocimiento y demás efectos
remitir al Ministerio de Seguridad. Cumplido, archivar. MACRI - Giménez - Sánchez
Zinny