DECRETO 351 2025
Síntesis:
DELEGA - SECRETARIO DE GOBIERNO Y VÍNCULO CIUDADANO - FACULTAD DE APROBAR PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y SUS CORRESPONDIENTES ANEXOS - LICITACIÓN PÚBLICA - CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO INTEGRAL DE ESPACIOS VERDES Y TAREAS COMPLEMENTARIAS
Publicación:
11/09/2025
Sanción:
09/09/2025
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: Las Leyes 2.095 y 6.684 (textos consolidados por la Ley 6.764), los Decretos
129/23 y 387/23 y modificatorios, la Disposición 333/DGCYC/23, el Expediente EX-
2025-38043875-GCABA-DGEVYA, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto, tramita la delegación de la facultad para
aprobar los pliegos correspondientes a la licitación pública para la contratación del
"Servicio de Mantenimiento Integral de espacios verdes y tareas complementarias", de
acuerdo a lo establecido en los artículos 28 y 32 de la Ley 2.095 y su Decreto
Reglamentario 129/23;
Que la Ley 2.095 establece las normas básicas para los procesos de compras y
contrataciones de bienes y servicios llevados a cabo por el Sector Público de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante el Decreto Reglamentario 129/23 se aprobó la reglamentación de la
citada Ley y se fijaron los niveles de decisión y el cuadro de competencias conforme
se detalla en sus Anexos II, III, IV, V y VI;
Que por la Disposición 333/DGCYC/23 la Dirección General de Compras y
Contrataciones, en su carácter de Órgano Rector del Sistema de Compras y
Contrataciones, y de acuerdo con las facultades otorgadas por el artículo 19, inciso j)
de la Ley 2.095, se aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales;
Que por la Ley 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, contemplando entre las Secretarías del Poder Ejecutivo a
la Secretaria de Gobierno y Vinculo Ciudadano;
Que por la citada Ley se faculta al Poder Ejecutivo a delegar en el Jefe de Gabinete de
Ministros, en los Ministros y en los Secretarios del Jefe de Gobierno, las facultades
relacionadas con las materias que les competen, de acuerdo con lo que se determine
expresa y taxativamente por Decreto;
Que por el Decreto 387/23 y sus modificatorios se aprobó la estructura orgánico
funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
contemplando a la Dirección General Espacios Verdes y Arbolado dependiente de la
Subsecretaría de Gestión Comunal de la Secretaría de Gobierno y Vínculo Ciudadano;
Que el citado decreto establece entre las responsabilidades primarias de la Dirección
General Espacios Verdes y Arbolado la de entender en las tareas y/o acciones que
provean al mantenimiento integral de los espacios verdes, entre otras;
Que el presupuesto oficial para la contratación del servicio se estima en la suma de
pesos doscientos cuarenta y tres mil setecientos cincuenta millones cuarenta y dos mil
setecientos veintitrés con 04/100 ($ 243.750.042.723,04);
Que atento el carácter altamente especializado de la contratación, resulta conveniente
delegar en el titular de la Secretaría de Gobierno y Vínculo Ciudadano la facultad de
aprobar los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones
Técnicas y sus correspondientes Anexos, efectuar el pertinente llamado a Licitación
Pública, emitir circulares con y sin consulta sobre la documentación que regirá la
contratación, designar a los miembros de la Comisión de Evaluación de Ofertas, dictar
los actos administrativos necesarios para adjudicar la licitación pública, la suscripción
del pertinente contrato, la ejecución del servicio hasta su finalización, la ampliación y/o
disminución del total adjudicado, las posibles prórrogas y continuidades del servicio,
las modificaciones contractuales que puedan suscitarse a lo largo de la ejecución
contractual, aplicación de penalidades, incluyendo la rescisión del contrato en caso de
corresponder, y en general cualquier otro acto que haga al cumplimiento del mismo,
todo ello en el marco de la normativa aplicable;
Que, atento a lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Delegar en el Secretario de Gobierno y Vínculo Ciudadano la facultad de
aprobar los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones
Técnicas y sus correspondientes Anexos, de la Licitación Pública para la contratación
del "Servicio de Mantenimiento Integral de espacios verdes y tareas complementarias",
efectuar el llamado a licitación pública, emitir circulares con y sin consulta que resulten
necesarias sobre la documentación licitatoria, designar a los miembros de la Comisión
de Evaluación de Ofertas, dictar los actos administrativos necesarios para adjudicar la
licitación pública, la suscripción del pertinente contrato, la ejecución del servicio hasta
su finalización, la ampliación y/o disminución del total adjudicado, las posibles
prórrogas y continuidades, las modificaciones contractuales que puedan suscitarse a
lo largo de la ejecución contractual, aplicación de penalidades, incluyendo la rescisión
del contrato suscripto en caso de corresponder, y en general cualquier otro acto que
haga al cumplimiento del mismo, todo ello en el marco de la normativa aplicable.
Artículo 2°. - El presente Decreto es refrendado por el Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Remitir a la
Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente de la Secretaría de
Gobierno y Vínculo Ciudadano, para la prosecución del trámite. Cumplido, archivar.
MACRI - Sánchez Zinny