RESOLUCIÓN 318 2005 SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS
Síntesis:
SE LE OTORGA UN SUBSIDIO A OLGA IGLESIAS - OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS - VÍCTIMAS DEL 30 DE DICIEMBRE DE 2004 - LOCAL BAILABLE - REPÚBLICA DE CROMAGNON - CROMAÑÓN - DECRETO 692-05
Publicación:
09/01/2006
Sanción:
26/12/2005
Organismo:
SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS
Visto el Decreto N° 692/05, las Resoluciones Nros. 53-SSDH/05, 54-SSDH/05 y el Registro N° 3.874-SSDH/05 de la Subsecretaría de Derechos Humanos dependiente de la Secretaría Jefe de Gabinete, y
CONSIDERANDO:
Que en el Registro señalado en el visto tramitan las solicitudes presentadas por la Sra. Iglesias, Olga Inés, DNI 13.915.213, quien requiere el subsidio único y especial destinado a las víctimas del 30 de diciembre de 2004, previsto en el artículo 1° del Decreto N° 692/05;
Que ha quedado acreditado el vínculo que la unía a su hija la Srta. Mendive, Estefanía Inés, DNI 33.192.017, víctima fatal de los hechos acaecidos en la fecha citada, en el local República de Cromagnón, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3° de la Resolución N° 54-SSDH/05;
Que el fallecimiento de la víctima se encuentra corroborado de conformidad a los prescripto por el artículo 2° de la Resolución N° 54-SSDH/05;
Que los presentes requerimientos fueron efectuados con posterioridad al plazo dispuesto por el Decreto N° 692/05;
Que, por lo expuesto, teniendo en cuenta el espíritu de la norma, las particularidades del caso y resultando atendibles las circunstancias alegadas a la madre de la víctima fatal mencionada, esta Subsecretaría resuelve otorgar excepcionalmente el subsidio establecido en el art. 4° del decreto aplicable;
Que la presente se firma en virtud de lo dispuesto por el artículo 9° del Decreto N° 692/05;
Por ello,
Artículo 1° - Otórgase a la Sra. Iglesias, Olga Inés, DNI 13.915.213, el subsidio de siete (7) cuotas mensuales, iguales y consecutivas desde el 1° de junio al 31 de diciembre de 2005, por el monto previsto en el artículo 4° del Decreto N° 692/05, de pesos un mil doscientos ($ 1.200).
Artículo 2° - Autorízase a la Dirección General de Contaduría a emitir las órdenes de pago mensuales por un monto de pesos un mil doscientos ($ 1.200), con sus correspondientes comisiones bancarias mensuales de pesos uno con veintiuno ($ 1,21).
Artículo 3° - El pago se realizará conforme lo establecido en la Resolución N° 53-SSDH/05.
Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase, para su conocimiento y demás efectos, a la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa, dependiente de la Secretaría Jefe de Gabinete, a las Direcciones Generales de Contaduría y de Tesorería, ambas dependientes de la Subsecretaría de Gestión y de Administración Financiera de la Secretaría de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese.