DECRETO 1510 2000
Síntesis:
DESIGNA A LA LIC. CECILIA RODRÍGUEZ COMO DIRECTORA GENRAL ADJUNTA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA OFICINA DE GESTIÓN PÚBLICA Y PRESUPUESTO, DEPENDIENTE DE LA SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y FINANZAS
Publicación:
08/09/2000
Sanción:
31/08/2000
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto lo solicitado por la Subsecretaría de Gestión y Administración Financiera, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 1.361/2000 (B.O.C.B.A. N° 1000), se modificó a partir del 6 de agosto de 2000, la estructura organizativa del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobada por Decreto N° 12/96 (B.O.C.B.A. N° 1) y sus modificatorios;
Que por el Decreto citado en primer término, se aprobó entre otras la estructura organizativa de la Secretaría de Hacienda y Finanzas, en sus primeros Niveles;
Que en la misma, se encuentra contemplada la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto;
Que la referida Secretaría, solicita se designe a partir del 28 de agosto de 2000, a la Licenciada Cecilia Rodríguez, D.N.I. N° 14.445.489, CUIT. 27-14445489-3, ficha N° 336.493 como Directora General Adjunta del organismo que nos ocupa;
Que a efectos de proceder a la cobertura del mencionado cargo, resulta necesario dictar la norma legal que posibilite lo requerido;
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias (Arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),
Artículo 1° - Desígnase a partir del 28 de agosto de 2000, a la Licenciada Cecilia Rodríguez, D.N.I. N° 14.445.489, CUIT. 27-14445489-3, ficha 336.493, como Directora General Adjunta de la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Administración Financiera, de la Secretaría de Hacienda y Finanzas, partida 6017.0000.S.98 A.02, percibiendo el Adicional por Función Ejecutiva y el Adicional Selectivo y Transitorio por Función Superior (Art. 4° Decreto N° 480/GCBA/96).
Art. 2° - El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Hacienda y Finanzas y de Gobierno.
Art. 3° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Recursos Humanos.