RESOLUCIÓN 1596 2005 SUBSECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE

Síntesis:

AUTORIZA EL EMPLAZAMIENTO PROVISORIO DE CIENTO TREINTA Y TRES PUESTOS DE VENTA EN LA CALLE LISANDRO DE LA TORRE, ENTRE EL CLUB NUEVA CHICAGO Y LA AV. DIRECTORIO

Publicación:

09/01/2006

Sanción:

25/11/2005

Organismo:

SUBSECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE


Visto los Decretos N° 2.996/03, N° 92/04 y N° 2.055/04, el Expediente N° 5.570/05, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente de referencia, la Unidad Fuera de Nivel Ordenamiento del Espacio Público dependiente de esta Subsecretaría; la Dirección General de Defensa del Consumidor de la Subsecretaría de Producción y el Centro de Gestión y Participación N° 9 de la Secretaría de Descentralización y Participación Ciudadana, han elaborado un proyecto de intervención en el espacio público ubicado en el entorno del parque Alberdi;

Que la presente medida intenta solucionar una de las consecuencias que se manifestaron en el espacio público de la ciudad a partir de la crisis que sufrió el país en el año 2001, con la aparición de cuentapropistas, que se instalaron en parques y plazas, para con ello reemplazar los ingresos provenientes de sus salarios perdidos por el desempleo o por la desaparición de otras actividades formales que venían desarrollando y de las cuales fueron excluidos;

Que, por el artículo primero se facultó al señor Subsecretario de Medio Ambiente a otorgar permisos de uso precario y gratuito del espacio del dominio público del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires con fines sociales, culturales, turísticos y productivos, así como a seleccionar a las entidades de bien público a favor de las cuales se otorgarán los permisos;

Que, asimismo, por el Decreto N° 2.055/04 se estableció dentro de las responsabilidades primarias de la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor la administración y control dentro de sus competencias de las ferias itinerantes de interés social y de las actividades feriales en parques, plazas y paseos;

Que, actualmente, se instalan en parque Alberdi, cada fin de semana, cientos de puestos de venta de diversos artículos, que no cuentan con habilitación ni permiso alguno por parte del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, dicha ocupación de los espacios públicos, afecta gravemente el destino del predio como un área natural de esparcimiento y recreación de los vecinos y visitantes;

Que, en virtud de lo expuesto, resulta necesario tomar las medidas tendientes a normalizar la actual situación de ocupación irregular de dicho espacio público, permitiendo la recuperación del espacio verde para el uso de los vecinos del barrio, sin causar molestias a los frentistas, ni perjudicar la circulación peatonal y el tránsito vehicular, formalizando actividades informales que permitan su ordenamiento y control, evitando la competencia desleal;

Por ello, y en uso de las facultades otorgadas por el Decreto N° 92/04,

EL SUBSECRETARIO DE MEDIO AMBIENTE

RESUELVE:

Artículo 1° - Autorízase el emplazamiento provisorio de ciento treinta y tres (133) puestos de venta en la vereda de la calle Lisandro de La Torre, entre el Club Nueva Chicago y la Av. Directorio.

Artículo 2° - Las autorizaciones otorgadas en el primer artículo de la presente resolución podrán funcionar el día sábado 26 de noviembre del corriente año en el horario de 9 a 20 hs.

Artículo 3° - La instalación provisoria de puestos autorizada por el artículo 1° de la presente resolución son de carácter absolutamente precario, pudiendo ser revocados por la autoridad de aplicación sin expresión de causa, no dando lugar a reclamo alguno por parte de la permisionaria, ni de los denominados puesteros.

Artículo 4° - La presente autorización caducará inmediatamente si los emplazamientos no se hicieran en los lugares establecidos en la presente resolución o si se vendiera mercadería cuyo expendio esté prohibido en la vía pública.

Artículo 5° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia autenticada a las Direcciones Generales de Ordenamiento del Espacio Público, de Espacios Verdes, de Coordinación Técnica, Administrativa y Legal de la Secretaría de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable, al Centro de Gestión y Participación N° 9, al Ministerio Público, a las Subsecretarías de Seguridad Urbana, de Descentralización, de Cultura y de Tránsito y Transporte y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor para la prosecución de su trámite. Cumplido, archívese.