RESOLUCIÓN 2 2025 SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN HOSPITALARIA

Síntesis:

APRUEBA PROTOCOLO - ATENCIÓN INTEGRAL DE NEURODESARROLLO - SISTEMA PÚBLICO DE SALUD DE CABA - SUBSECRETARIAS - ATENCIÓN HOSPITALARIA - ATENCIÓN PRIMARIA AMBULATORIA Y COMUNITARIA - MINISTERIO DE SALUD

Publicación:

15/09/2025

Sanción:

11/09/2025

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN HOSPITALARIA


VISTO: Las Leyes 24.901/97, 153/99, y 6151, el Decreto 165/25 y EX-2025-37395583-

GCABA-SSAH

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto se propicia la aprobación del Protocolo de

Atención Integral de Neurodesarrollo en el sistema público de salud de CABA.

Que la ley 24.901, establece un sistema de prestaciones básicas para la rehabilitación

integral de personas con discapacidad. Busca garantizar la cobertura de las

necesidades de las personas con discapacidad, incluyendo acciones de prevención,

asistencia, promoción y protección.

Que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en el marco de las previsiones de la

Ley Básica de Salud 153 y su reglamentación, tiene la obligación de organizar y

optimizar el ordenamiento de los servicios de salud, de manera tal que los usuarios

tengan un fácil acceso a los mismos, en un marco de responsabilidad y seguridad

médica.

Que en este sentido se adhiere a un enfoque de atención primaria de la salud centrado

en la comunidad, con eje en la equidad, la accesibilidad y la integralidad, y se

promueven políticas públicas de salud que garanticen el desarrollo pleno de niños y

niñas desde una perspectiva de derechos.

Que la ley 6151 tiene por objeto impulsar la vigilancia del desarrollo infantil, incluyendo

una pesquisa de Trastornos del Espectro Autista, con el fin de lograr una detección

temprana.

Que la Red Integral de Cuidados Progresivos promueve un modelo de atención

centrado en la persona y su entorno, priorizando la inclusión activa de niños, niñas,

sus familias y comunidades, mediante estrategias de prevención, diagnóstico

temprano, tratamiento, seguimiento y abordaje interdisciplinario de las condiciones

vinculadas al neurodesarrollo

Que el abordaje integral del neurodesarrollo en el sistema público de salud resulta

fundamental para garantizar intervenciones tempranas, articuladas, accesibles y

centradas en las necesidades de la infancia, contribuyendo a una mejora sustancial en

su calidad de vida presente y futura.

Que el protocolo propuesto, identificado como IF-2025-37657920-GCABA-SSAH,

establece lineamientos técnicos y operativos comunes que permitirán estandarizar los

criterios de atención en todos los niveles del sistema, mejorando la calidad y equidad

en las intervenciones dirigidas a la población infantil con desafíos en su desarrollo.

Que la Dirección General Legal y Técnica ha tomado la debida intervención en el

ámbito de sus competencias.

Que dentro de las funciones de la Subsecretaría de Atención Primaria, Ambulatoria y

Comunitaria se encuentran "Implementar planes de desarrollo y fortalecimiento de los

establecimientos ambulatorios extra hospitalarios y centros de salud y acción

comunitaria (CESACs) que integran las áreas programáticas de salud del sistema

público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires"; "Diseñar y coordinar las acciones

necesarias para la articulación entre los distintos niveles de atención que integran la

Red de Cuidados Progresivos".

Que dentro de las funciones de la Subsecretaría de Atención Hospitalaria se

encuentran "Gestionar la articulación de los establecimientos hospitalarios como

Sistema Integrado y como parte de la Red de Cuidados Progresivos y Colaborar con la

planificación y dirección de las redes y programas del Ministerio"; "Administrar y

coordinar las actividades médicas de atención de los establecimientos hospitalarios del

sistema público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires".

Que conforme a lo expresado y en uso de las facultades conferidas por el Decreto

165/2025,

LA SUBSECRETARIA DE ATENCIÓN HOSPITALARIA

Y EL SUBSECRETARIO DE ATENCIÓN PRIMARIA,

AMBULATORIA Y COMUNITARIA

RESUELVEN:

Artículo 1°.- Aprobar el Protocolo de Atención Integral de Neurodesarrollo en el

sistema público de salud de CABA, que obra como Anexo I suscripto como IF-2025-

37657920- GCABA-SSAH y que forma parte integrante de la presente.

Artículo 2° .- Informar e Instruir a la Dirección General de Hospitales, Dirección

General de salud Comunitaria y todos los establecimientos hospitalarios dependientes

del Ministerio de Salud de la Ciudad de Buenos Aires a implementar el protocolo

aprobado.

Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Comunicar a los efectores de salud, la Dirección General de Hospitales y Dirección

General Sistema de Atención Médica de Emergencia. Cumplido, archivar. Battistella -

Cordero


ANEXOS

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7204

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Resolucion Conjunta 2- SSHA - 25 aprueba el Protocolo de Atención Integral de Neurodesarrollo en el sistema público de salud de CABA en el marco de la Ley 153 Ley Basica de Salud.</p>